Demanda De Juicio Ejecutivo Mercantil
Enviado por tuntunete • 14 de Octubre de 2013 • 758 Palabras (4 Páginas) • 471 Visitas
EDGAR ABDUL HERNANDEZ SEIJAS
VS
MARIA BEMBA AMADOR
EJECUTIVO MERCANTIL
C. JUEZ DE LO CIVIL
ELVER GALARGA , en mi carácter de endosatario, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en RIO IXTAPAN MANZANA 5 LOTE 16 A, de esta ciudad, y autorizando para oírlas en mi nombre y para recoger toda clase de documentación al C. Lic.HERNANDEZ NORBIT, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que en la vía ejecutiva mercantil y en ejercicio de la acción cambiaria directa, vengo a demandar a la señora MARIA BEMBA AMADOR, con domicilio ubicado en RIO TULA MANZANA 6 LOTE B, las siguientes prestaciones:
a. El pago de la cantidad de $65000 (SESENTA Y CINCO MIL PESOS), por concepto de suerte principal.
b. El pago de los intereses moratorios causados hasta la fecha, a razón del tipo legal, así como los que se sigan generando hasta la total solución del adeudo.
c. El pago de los gastos y costas que se originen en el presente juicio.
Fundo mi demanda en los siguientes hechos y preceptos legales:
HECHOS
1. Con fecha 20 DE ENERO DEL 2013 , la señora MARIA BEMBA AMADOR , como aceptante y el señor ELVER GALARGA como avalista, suscribieron una letra de cambio, cuyo original acompaño, comprometiéndose a pagar en fecha 20 DE AGOSTO , en esta ciudad, la cantidad de $65000 (SESENTA Y CINCO MIL PESOS).
2. Los demandados, no obstante al vencimiento de la letra de cambio base de la acción, se han abstenido de hacer el pago de la suma reclamada como suerte principal, razón por la que dicho documento se me ha endosado en procuración por la parte actora que proceda en al vía y forma que lo hago.
DERECHO
. I.- Son aplicables en el presente asunto los artículos 1, 2, 3, 33 y del 170 al 174 inclusive de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
II.- Por su parte en cuanto al procedimiento el mismo se norma por lo dispuesto en los artículos 1391 a 1414 del Código de Comercio.
III.- La competencia de su señoría se deriva de lo dispuesto por los artículos 1104 fracciones I y II del Código de Comercio.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ, atentamente pido se sirva:
PRIMERO. Tenerme por presentado con la personalidad que ostento, reclamando de los demandados las prestaciones que señalo.
SEGUNDO. Dictar auto con efectos de mandamiento en forma. A fin de que los demandados sean requeridos de pago inmediato de las cantidades que se les reclaman, y no haciéndolo en su momento de la diligencia, se les embarguen bienes de su propiedad suficientes para garantizar lo reclamado, ordenando se dejen en depósito de a persona
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