Demanda Laboral Contra Imss
Enviado por yesicanajeli • 3 de Noviembre de 2012 • 1.730 Palabras (7 Páginas) • 11.813 Visitas
H. JUNTA ESPECIAL NÚMERO 24 DE LA FEDERAL
DE CONCILIACION Y ARBITRAJE:
LIC. WALTER GONZALO COVARRUBIAS MARTINEZ, abogado, mexicano, casado, mayor de edad, señalando como domicilio legal para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en la calle Ramón López Velarde numero 203 interior 2 en el centro de esta ciudad, y con el carácter de Apoderado Legal de la C. GLORIA ARENAS PEREZ según lo acredito con la carta poder que se acompaña a la presente demanda de conformidad con la fracción I del artículo 692 y 696 de la Ley Federal del Trabajo, con todo respeto comparezco ante esa H. Autoridad para exponer:
Que con las facultades ya mencionadas vengo a promover formal demanda en favor de mi representada, en contra del INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL quien tiene su domicilio en la Avenida la Alameda número 704 de la Colonia Del Trabajo de esta Ciudad y a la empresa HERCO, S.A. DE C.V., quienes tienen su domicilio en la calle Gregorio Ruiz Velasco número 201 de la en la Ciudad Industrial de esta Ciudad, reclamándose el pago y cumplimiento de las siguientes:
P R E S T A C I O N E S:
A. Por el reconocimiento a favor de la actora de una INCAPACIDAD PERMANTE Y TOTAL al cien por ciento derivada de una enfermedad de trabajo sufrido por dicha actora durante todo el tiempo que trabajó para la empresa HERCO, S.A. DE C.V.
B. Por el otorgamiento de una pensión a favor de la actora por un cien por ciento a razón de $63.87 tomando como base el último salario diario que devengó la actora en la empresa HERCO, S.A. DE C.V., con todos sus incrementos que se generen hasta el día que se comience a otorgar dicha pensión.
C. Para que se le reconozca el estado de invalidez debido a los padecimientos que actualmente tiene y de acuerdo a lo que establece el artículo 116 de la Ley del Seguro Social, en donde se dispone que los asegurados pueden gozar de las pensiones de invalidez y riesgos o enfermedades de trabajo en forma conjunta, lo anterior sin que las dos rebasen más del 100%.
D. Para que como consecuencia de lo anterior se le otorgue una pensión por invalidez una vez que le sea reconocida la misma a partir del momento en que sea presentada esta demanda y de acuerdo al sueldo que ganaba a razón de $63.87 tomando como base el último salario diario que devengó la actora en la empresa HERCO, S.A. DE C.V., con todos sus incrementos que se generen hasta el día que se comience a otorgar dicha pensión.
E. Para que le sean pagadas todas las cantidades que se vayan generando en todo el transcurso de este juicio con todos sus incrementos hasta el día en que los demandados cumplan en forma total con el laudo a que sean condenados en autos, respecto de las pensiones que han de otorgarle y que se reclaman en esta demanda, y de acuerdo al sueldo que ganaba a razón de $63.87 tomando como base el último salario diario que devengó la actora en la empresa HERCO, S.A. DE C.V., con todos sus incrementos que se generen hasta el día que se comience a otorgar dichas pensiones.
H E C H O S:
1. Los demandados contrataron a la actora el día 11 de septiembre del año de 1984, firmando contrato individual de trabajo por escrito para laborar en el puesto de Ayudante General en el Área de Pintura en la fuente de trabajo ubicada en la calle Gregorio Ruiz Velasco número 201 de la Ciudad Industrial de esta Ciudad, labores que consistieron en pintar seguetas, entre otras actividades, estando la actora expuesta a inhalar gases y vapores de solventes orgánicos (pintura, tiner, etc.), así mismo la actora dentro de su trabajo realizaba esfuerzos físicos tales como levantar y empujar cajas y productos propiedad de la empresa patrona, mayores a los que debía realizar por sus condiciones físicas y por ser mujer, en virtud de que pesaban alrededor de veinte a treinta kilos. Es por lo anterior, que la actora durante toda su vida laboral en la empresa HERCO, S.A. DE C.V., estuvo padeciendo enfermedades y riesgos de trabajo, empresa que dedica a la fabricación de herramientas , estando subordinada y recibiendo ordenes directas del dueño y patrón, el C. Carlos González de Cosió.
2. El ultimo salario diario que devengó la actora lo fue a razón de $63.87 (SESENTA Y TRES PESOS 87/100 M. N.), el cual le era pagado al firmar la nomina y el recibo semanal, documentos que obran en poder de los demandados, desde luego sin incluir el tiempo que estuvo incapacitada por el IMSS.
3. El ultimo horario de labores en donde desempeñó su trabajo la actora lo fue de en dos turnos, el primero lo era las 07:00 horas a las 15:30 horas de lunes a sábados, y el segundo de las 15:30 horas a las 23:00 horas de lunes a sábados, para lo cual la actora siempre checaba las tarjetas y los controles de asistencia, documentos que la empresa patrona y demanda tiene en su poder.
4. La empresa demandada HERCO, S.A. DE C.V., con número de registro patronal A012091910 3 siempre tuvo registrada a la actora con número de afiliación de trabajador 5173560950 8 ante el Instituto Mexicano del Seguro Social con un salario
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