Demanda Contra Imss
Enviado por martindemetrio • 13 de Mayo de 2013 • 3.321 Palabras (14 Páginas) • 2.625 Visitas
Julián, RODRIGUEZ VERA.
VS.
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y OTROS.
JUNTA __________.
EXP. NO. _______/2012.
H. JUNTA FEDERAL DE
CONCILACION Y ARBITRAJE.
JULIAN RODRIGUEZ VERA, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en AVENIDA BAJA CALIFORNIA 160, INTERIOR 404, COLONIA HIPODROMO CONDESA, C. P. 06170, DELEGACION CUAUHTEMOC, EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO DISTRITO FEDERAL, designando y facultado para tales efectos a los CC. RICARDO LÓPEZ ALONSO, ALFREDO CRUZ PERALTA, FRANCISCO JAVIER VAZQUEZ GUZMAN, LILIANA DEL ORBE SAUCEDO, FLORENCIA ROJAS SANCHEZ, DIEGO ZUÑIGA RONQUILLO, DANIELA RAMIREZ COLCHADO, ITZEL ALBARRAN UGALDE, ALEJANDRO GARCIA CHAVEZ, GIOVANNI PEREZ BURGOS, REBECA MENDOZA CORTEZ Y ALVARO ROBLES BAUTISTA, de manera indistinta a quienes otorgo poder en los términos más amplios para que en mi nombre y representación, conjuntamente o separadamente, actúen en todas y cada una de las etapas del procedimiento, en los términos del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, ante este H. Tribunal, autorizándoles a sustituir el poder que se les otorga, respetuosamente comparezco y expongo:
Que vengo a demandar de las siguientes personas:
I.- INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.
Con domicilio en AVENIDA INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL NUMERO 5421, EDIFICIO 3, PLANTA BAJA, COLONIA MAGDALENA DE LAS SALINAS, DELEGACION GUSTAVO A. MADERO, MÉXICO DISTRITO FEDERAL, por lo que solicito sea notificado el mismo.
El pago y cumplimiento de las siguientes:
PRESTACIONES.
a) DE ESTA H. JUNTA SE DEMANDA LO SIGUINTE:
1.1.- Se determine correctamente la pensión del actor por Cesantía en Edad Avanzada, ya que en fecha 04 de abril de 2011 le fue otorgada dicha pensión, sin embargo la misma no fue calculada con base al total de las semanas cotizadas que realmente acumuló el suscrito ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, y de igual manera tomando el salario que realmente debió cotizar ante dicho instituto.
Lo anterior con base en la Ley del Seguro Social de 1973, ya que esta Ley fue la que eligió el suscrito para el otorgamiento de su pensión.
b) DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SE DEMANDAN LAS SIGUINTES PRESTACIONES:
2.1.- El otorgamiento de la pensión de Vejez con el monto correcto, con base a las semanas de cotización que realmente acumuló el suscrito y tomando en cuenta el salario con el cual cotizó el actor.
Debiéndose tomar en cuenta los siguientes datos para la correcta determinación de mi pensión.
NOMBRE: JULIAN RODRIGUEZ VERA.
FECHA DE NACIMIENTO: 01 DE FEBRERO DE 1948.
FECHA DE OTORGAMIENTO DE LA PENSIÓN: 04 DE ABRIL DE 2011.
CONCEPTO POR EL CUAL SE OTORGÓ LA PENSIÓN: CESANTIA EN EDAD AVANZADA.
ASIGNACIÓN FAMILIAR: TENGO DERECHO A RECIBIR LA ASIGNACIÓN FAMILIAR EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 164 FRACCIÓN IV DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DE 1973.
SALARIO PROMEDIO DE COTIZACIÓN REGISTRADO: $871.00 PESOS DIARIOS.
SEMANAS RECONOCIDAS POR EL IMSS EN LA RESOLUCIÓN DE OTORGAMIENTO DE PENSIÓN: 655 SEMANAS.
SEMANAS COTIZADAS REALMENTE: 1300 SEMANAS.
FECHA DE ALTA ANTE EL IMSS: 20 DE SEPTIEMBRE DE 1986.
FECHA DE BAJA ANTE EL IMSS: 01 DE FEBRERO DE 2011.
NÚMERO DE SEGURIDAD SOCIAL: 0669516100-7.
CURP: ROVE480201HDFZSR01.
Como resultado de lo anterior se reclama la determinación del monto de la pensión otorgada a favor del suscrito para que sea aumentada con base a la edad que tengo al momento de quedar firme la resolución de H. Junta en este sentido y reclamo de igual manera a mi favor el pago retroactivo desde el 04 de abril de 2011, fecha en que me fue otorgada la pensión respectiva, a la fecha en que sea pagada la pensión con el monto correcto al suscrito, de las diferencias en el cálculo y liquidación de las mensualidades vencidas de dicha pensión, entre la pensión que me ha venido cubriendo y las que me debió pagar correctamente el Instituto demandado, cantidad que asciende a $245,667.00 (Doscientos cuarenta y cinco mil seiscientos sesenta y siete pesos 00/100 M. N.), en virtud de los cálculos que mas adelante se efectúan.
Mas el incremento del 5% de la pensión que se le debió de haber entregado con base en lo dispuesto en el artículo 172 párrafo segundo de la Ley del Seguro Social de 1973, siendo dicha cantidad acumulada desde el 04 de abril de 2011 a octubre de 2012, por el monto de $22,210.50 (Veintidós mil doscientos diez pesos 50/100 M. N.), reclamo que se efectúa para que la cantidad mencionada le sea cubierta al actor, con base en el calculo que se menciona en el capitulo de hechos.
2.2.- ADCAUTELAM se reclama el 20% más de la pensión que le corresponde al actor en virtud de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley dl Seguro Social de 1973, ya que por la situación física del actor y por la edad que tengo será necesario la asistencia permanente y continúa par mi subsistencia.
2.3.- SE RECLAMA EL INCREMENTO DE LA ASIGNACIÓN QUE SE LE DETERMINO AL ACTOR DEL 15% DEL MONTO DE LA PENSIÓN DE CESANTIA, en la misma proporción en que se le incremente la pensión que se le determine conforme a los datos proporcionados.
2.4.- SE RECLAMA QUE LA PENSIÓN QUE LE SEA ASIGNADA AL HOY ACTOR, se designe en virtud de lo dispuesto por el artículo 169 de la Ley del Seguro Social de 1973 que dice a la letra “LA SUMA DE LA PENSIÓN QUE SE OTORGUE POR INVALIDEZ, VEJEZ O CESANTIA DE EDAD AVANZADA Y DEL IMPORTE DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES Y AYUDAS ASISTENCIALES QUE SE CONCEDAN, NO EXCEDERA DEL OCHENTA Y CINCO PORCIENTO DEL SALARIO PROMEDIO QUE SIRVIO PARA FIJAR LA CUANTIA DE LA PENSIÓN, SI ESTA SE GENERO CON MENOS DE MIL QUINIENTAS SEMANAS DE COTIZACIÓN ACREDITADAS. SI FUERA ENTRE MIL QUINIENTAS Y DOS MIL SEMANAS DE COTIZACIÓN EL LIMITE DE LA CUANTÍA DE LA PENSIÓN MAS LAS ASIGNACIONES Y LA AYUDA EXISTENCIAL SERA DEL NOVENTA PORCIENTO Y DEL CIEN PORCIENTO COMO MÁXIMO SI LAS SEMANAS RECONOCIDAS FUERAN DOS MIL O MAS”.
Con lo anterior, le solicito al Instituto Mexicano del Seguro Social que:
a).- Proporcione dicho Instituto con base en mi número de seguridad social que es 0669516100-7 y que me asigno el propio Instituto Mexicano del Seguro Social, el número de semanas cotizadas por el suscrito ante dicho Instituto desde la fecha antes indicada, así como el patrón que a lo largo de mi vida laboral me registro como trabajador.
b).- Proporcione el listado correspondiente a los últimos cinco años cotizados como asegurado de dicho Instituto, por lo que pido me indique dentro de dicho periodo, los salarios bajo los cuales coticé las últimas 250 semanas durante dicho periodo, así como las fechas en las cuales se dieron dichos movimientos.
c).- Solicito me sea indicado, cual es el promedio del salario con el cual coticé los últimos 5 años o las últimas 250 semanas como asegurado del Instituto Mexicano del Seguro Social;
e).- Razones antes expuestas por las cuales la pensión del actor, no puede ser determinada menor al 85%, del último salario devengado en los cinco años anteriores, conforme a lo estipulado por el cálculo de la sección octava de la cuantía de las prestaciones establecidas en los artículos 167 al 171 de la Ley del Seguro Social de 1973, por lo que solicito de la manera más atenta y breve que:
1.- Sean reconocidos mis derechos como afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social, y que coticé 1,300 semanas con el número 0669516100-7.
2.- Sea regularizado el monto de la pensión a recibir con base al salario que corresponde del promedio de los últimos 5 años cotizados ante Instituto Mexicano del Seguro Social, más la asignación familiar del 15% por no tener cónyuge, hijos ni ascendientes que dependan de mi y la ayuda para asistencia, y con base en esto sea calculado mi pago mensual en un 110% del salario promedio diario que no podrá ser menor a $871.00 pesos diarios, es decir, mensualmente $22,210.50 pesos, dicha cantidad por el 110% que es el monto que debo percibir como pensión, el cual según cálculo deberá ser de no menos de $24,431.55 salvo error de carácter u omisión aritmética, sin perjuicio del incremento periódico que deberá sufrir la misma con base en la sección novena y lo contenido en los artículos 172 y 173 de la Ley del Seguro Social de 1973.
Se funda el reclamo de las anteriores prestaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social con base en la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, artículo 123 apartado A fracción XXIX y su Ley reglamentaria, LA LEY DEL SEGURO SOCIAL DE 1973, artículos 7, 11 fracción III, 17 fracciones II, III, IV, V y VI, 19 fracciones I, II y III, 20, 21, 25 fracciones I, III, IV, V y VIII, 75, 121, 122, 125, 137 fracciones I, II, III y IV, 138, 139, 141, 143, 144, 145 fracciones I, II y III, 147, 167, conforme a lo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 1996, respecto de la reforma a la Ley del Seguro Social en sus transitorios TERCERO Y CUARTO, y los demás ordenamientos relativos y aplicables al caso.
HECHOS.
1.- El que suscribe manifiesto bajo protesta de decir verdad, que actualmente gozo de una pensión por CESANTIA EN EDAD AVANZADA del Instituto Mexicano del Seguro Social, en términos de la Ley del Seguro Social de 1973 vigente hasta el 30 de junio
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