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Deontologia Juridica


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2013  •  2.009 Palabras (9 Páginas)  •  349 Visitas

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La Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC), impulsada por la Organización de Estados Americanos (OEA), es un acuerdo establecido entre los Estados de América, cuyo objetivo es establecer lineamientos de conducta para los países miembro en torno a la prevención, penalización y fomento de la cooperación internacional en materia de lucha contra la corrupción.

Las principales medidas previstas en esta convención apuntan al establecimiento de estándares de transparencia en el sector público, tales como la creación de sistemas para la declaración de ingresos, activos y pasivos por parte de funcionarios públicos, sistemas para la contratación de funcionarios públicos y para la adquisición de bienes y servicios basados en la publicidad, equidad y eficiencia, la protección de funcionarios públicos y ciudadanos que denuncien actos de corrupción, así como mecanismos para promover la participación de la sociedad civil en la lucha contra la corrupción.

El fenómeno de la corrupción (ya sea en forma de tráfico de influencias, o en forma de obtención de favores ilícitos a cambio de dinero u otros favores) constituye una vulneración de los derechos humanos por cuanto que generalmente entraña una violación del derecho a la igualdad ante la ley, y en ocasiones, llega a suponer una vulneración de los principios democráticos, conduciendo a la sustitución del interés público por el interés privado de quienes se corrompen.

Como parte de la contextualización del marco en el cual opera la Convención Interamericana Contra la Corrupción (CICC) y las normas nacionales anticorrupción, cabe advertir que en el Paraguay todavía pueden observarse prácticas clientelares en la gestión pública y opacidad en el manejo de los recursos públicos. En este sentido, Paraguay sigue con índices negativos de percepción de corrupción, lo cual amerita una atenta mirada al funcionamiento real de los mecanismos incorporados y de los desafíos que siguen aún pendientes.

Avances y retrocesos en la aplicación de “LA CONVENCION INTERAMERICACNA CONTRA LA CORRUPCIÓN” en nuestro país.

Un aspecto diferencial de esta convención internacional anticorrupción, es que la misma se ha dotado de un mecanismo de seguimiento, denominado MESICIC (Mecanismo de Seguimiento de Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción). Dicho mecanismo facilita la cooperación técnica, así como el intercambio de información entre los Estados Parte. Adicionalmente, permite promover la implementación de la misma y llevar un seguimiento de los avances o dificultades de implementación en los distintos países.

El MESICIC se encuentra constituido por el Comité de Expertos (compuesto por técnicos gubernamentales y expertos designados por los Estados Parte), que se ocupa de evaluar la implementación de la convención; y por la Conferencia de Estados Parte, que es el órgano principal del Mecanismo y quién debe elaborar los lineamientos del mismo.

Para evaluar la implementación de la convención, el Comité de Expertos recolecta información (mediante la respuesta a un cuestionario) de dos fuentes del Estado Parte evaluado, un cuestionario es respondido por el Gobierno mientras que otro cuestionario similar es respondido por Organizaciones de la Sociedad Civil. El proceso de evaluación se realiza por Rondas, en las cuáles se responde acerca de determinados artículos de la convención.

El resultado de la contraposición de los distintos informes (Sociedad Civil - Gobierno) más el análisis de los expertos, se vuelca en un informe-país que da cuenta de los progresos / avances o retrocesos del Estado evaluado, en materia de implementación de la convención.

En cuanto a los avances desde la Implementación de la convención en nuestro país se destaca la creación de unidades de trasparencia, refuerzo de la secretaría de función pública y la contratación administrativa. Las lagunas persisten en el terreno normativo y en la implementación de las leyes

El informe Evaluación del Sistema Nacional de Integridad lanzado por la organización internacional cita los avances logrados en cuanto a la legislación contra la corrupción desarrollada en los últimos 20 años en Paraguay.

El documento destaca la creación de Unidades de Transparencia y el fortalecimiento de la Secretaría de la Función Pública, así como el sistema de contratación pública, una de las áreas más vulnerables a la corrupción debido a las sumas de dinero involucradas.

Sin embargo, existen también una serie de “lagunas” normativas para la prevención de la corrupción, además de un vacío importante a la hora de poner en práctica las leyes, explicó Alejandro Salas, director para las Américas de Transparency International.

Según el informe, la falta de leyes que garanticen el acceso a la información, la participación ciudadana y la reglamentación de conflicto de intereses, entre otras, son medidas pendientes.

El estudio igualmente identificó la necesidad de mayores recursos para instituciones claves para la lucha contra la corrupción. Además, resaltan la necesidad de reducir la interferencia política en estas instituciones que necesitan gozar de autonomía para ser efectivas.

Organizaciones de sociedad civil locales, entre las que se encuentran el Centro de Estudios Judiciales, Semillas para la Democracia, Gestión Ambiental y el Centro de Políticas Públicas de la Universidad Católica, presentaron a la par recomendaciones al Estado paraguayo en el marco de la Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Este documento, presentado a la OEA en Washington en septiembre pasado, destaca la necesidad de fortalecer las instituciones claves, además de la aprobación de un marco legal adecuado para promover la transparencia.

Durante la presentación de los informes, los participantes de los diversos sectores coincidieron en que el tema de la transparencia y anticorrupción puede ser una base transversal muy sólida para la construcción de una agenda país en vista a las próximas elecciones presidenciales.

En lo relacionado a este indicador, el Poder Judicial ha tenido algunos avances en la implementación de políticas de transparencia e integridad. Desde el Plan Nacional de Integridad, que emergió para el impulso de políticas de transparencia y la implementación de las convenciones de lucha contra la corrupción, internalizado por la Corte Suprema de Justicia en el año 2008, se ha creado en esta institución la Oficina de Integridad Institucional, por la acordada 472/2007, y posteriormente fusionada en la Dirección de Asuntos Internacionales e Integridad Institucional, con la acordada 616/2010. Desde esta dirección, y con la unidad de Integridad, se

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