Derecho 2
Enviado por TRENDYRA • 21 de Abril de 2015 • 2.129 Palabras (9 Páginas) • 230 Visitas
TRASLATIVOS DE DOMINIO
3.1.- OBJETIVOS PARTICULARES:
Al finalizar esta Unidad el estudiante será capaz de:
Definir los elementos fundamentales del Contrato de Compraventa, para diferenciarlos del contrato de mutuo, donación, permuta.
3.2.- TEMAS Y SUBTEMAS:
3.1.- CONTRATO DE COMPRAVENTA (Primera Parte)
3.1.1.- DEFINICIÓN
3.1.2.- EVOLUCIÓN HISTÓRICA
3.1.3.- ELEMENTOS DE EXISTENCIA
3.1.4.- REQUISITOS DE VALIDEZ
3.2.- CONTRATO DE COMPRAVENTA ( Segunda Parte)
3.2.1.- OBLIGACIONES DEL VENDEDOR
3.2.2.- OBLIGACIONES DEL COMPRADOR
3.2.3.- MODALIDADES DE LA COMPRAVENTA
3.2.4.- OTRAS MODALIDADES
3.3.- CONTRATO DE PERMUTA
3.3.1.- DEFINICIÓN
3.3.2.- CLASIFICACIÓN
3.3.3.- DISTINCIÓN CON OTRAS FIGURAS JURÍDICAS
3.3.4.- ELEMENTOS
3.3.5.- FORMALISMOS
3.3.6.- PERMUTA DE COSA AJENA
3.3.7.- LA EVICCIÓN
LICENCIATURA EN DERECHO
FACULTAD DE DERECHO 92
3.4.- CONTRATO DE DONACIÓN.
3.4.1.- DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN
3.4.2.- ESPECIES
3.4.3.- ELEMENTOS
3.4.4.- OBLIGACIONES DEL DONANTE Y DONATARIO
3.4.5.- REVOCACIÓN Y REDUCCIÓN DE LAS DONACIONES
3.4.6.- EFECTOS REGISTRALES
3.5.- CONTRATO DE MUTUO
3.5.1.- DEFINICIÓN
3.5.2.- CLASIFICACIÓN
3.5.3.- ESPECIES
3.5.4.- ELEMENTOS
3.5.5.- OBLIGACIONES DEL MUTUANTE Y MUTUATARIO
3.5.6.- MUTUO CON INTERESES
3.5.7.- DISPOSICIONES COMPLEMETARIAS
LICENCIATURA EN DERECHO
FACULTAD DE DERECHO 93
TEMA 3.1.- CONTATOS TRASLATIVOS DE DOMINIO:
EL CONTRATO DE COMPRAVENTA
(PRIMERA PARTE)
SUMARIO
3.1.1.- DEFINICIÓN
3.1.2.- EVOLUCIÓN HISTÓRICA
3.1.3.- ELEMENTOS DE EXISTENCIA
3.1.4.- REQUISITOS DE VALIDEZ
OBJETIVO ESPECÍFICO:
Al finalizar esta unidad, el alumno deberá;
- Definir al Contrato de Compraventa
- Comprender la Evolución Histórica de la Compraventa
- Precisar los Elementos Esenciales del Contrato de Compraventa
- Explicar los Elementos de Validez del Contrato de Compraventa
- Distinguir la Forma en los Contratos de Compraventa
3.1.1.- DEFINICIÓN
La compraventa es un contrato por virtud del cual uno de los contratantes llamado vendedor, se obliga a transferir la propiedad de una cosa o la titularidad de un derecho a otro llamado comprador, quien está obligado a pagar un precio cierto y en dinero.
En nuestro derecho, lo anterior significa que el contrato de compraventa es obligacional y no real. La finalidad del contrato es, como arriba se señala, crear la obligación de transferir la propiedad mediante el pago de un precio cierto y en dinero.
Estas características hacen que la compraventa se distinga de otro tipo de contratos. Por ejemplo, en el arrendamiento se transmite el uso de un bien en forma temporal, a través de una contraprestación normalmente cubierta en dinero; en la permuta sí se transmite la propiedad, pero no se paga un precio cierto, sino como contraprestación se entrega otro bien.
Antes de estudiar los elementos de existencia y validez del contrato de compraventa, examinaremos la transmisión de la propiedad y su relación con los contratos traslativos de dominio, lo cual permitirá esclarecer el contenido y las modalidades en los contratos.
3.1.2.- EVOLUCIÓN HISTÓRICA
Es sin duda muy importante analizar la evolución histórica de la transmisión de la propiedad en el contrato de compraventa, pues ello da pauta para constatar que transmisión de la propiedad. Concluido este estudio, se podrá aclarar si ésta es objeto o efecto de dicho contrato y así tomar una posición frente a la venta de cosa ajena, de cosa esperada, de esperanza y de cualesquiera otras modalidades.
- Derecho Romano. En el derecho romano se distinguen dos períodos: Clásico y Justinianeo. Existe también uno posterior a éste, al cual denominaremos derecho romano moderno, en el que se desarrollaron prácticas jurídicas en los países de Europa hasta las primeras codificaciones.
- Derecho Clásico. En este período se manifestaron tres modos de transmitir la propiedad: la mancipatio, la in-jure cessio y la traditio.
En Roma las personas se obligaban por los nudos pactos: éstos no trasmitían la propiedad, únicamente creaban obligaciones. Para su transmisión se requerían actos extracontractuales.
La mancipatio consistía en un procedimiento comercial que sólo lo efectuaban los ciudadanos romanos. Tenía por objeto la transmisión de la res mancipi, es decir, fundos itálicos, esclavos y animales de tiro o carga; se celebraba en presencia de cinco testigos ciudadanos romanos y en el acto se utilizaban una
portabalanza, una balanza y un trozo de bronce (randusculum). El adquirente, como símbolo del precio (mancipio accipiens) golpeaba uno de los platos de la balanza con el trozo del bronce y al mismo tiempo pronunciaba una fórmula solemne afirmando que la cosa la hacía suya. Si la cosa era mueble, debía estar presente; si era inmueble, se utilizaba algo que lo simbolizase; una teja, un terrón,
etc. Este requisito desapareció más tarde.
La in jure cessio, tuvo origen procesal. Se trataba de un juicio “ficticio”, tanto el enajenante como el adquirente, comparecían ante el pretor del tribunal de Roma, y del presidente en las provincias. El adquirente ponía la mano sobre la cosa y afirmaba ser su propietario. Si no había oposición, el magistrado lo declaraba propietario.
En resumen, la in jure cessio no es más que la imagen de un proceso de reivindicación bajo las acciones de la ley; proceso ficticio, en que las partes están de acuerdo y donde todo se termina in jure, por la adhesión del demandado, es decir, del cedente, a las prestaciones del demandante.
A su vez, la traditio, consistía en la entrega de la posesión física de la cosa enajenada, con la intención de las partes: una de transmitir y otra de adquirir la propiedad.
En esta figura existían tres elementos: la entrega física de la cosa; la intención del enajenante de transmitir su propiedad y el adquirente de adueñársela; y, la existencia de una causa justa o eficiente de la transmisión, que normalmente era
un contrato.
- Derecho Justinianeo. Siguiendo las características del derecho clásico, en
este período se conserva la traditio como modo de adquirir la propiedad.
Cuando la posesión se entregaba jurídica pero no físicamente, la traditio se
conocía como la “traditio breve mano y larga mano”.
- Derecho Romano Moderno. En este último período de la evolución
...