Derecho Aduanero
Enviado por janetteneria • 5 de Junio de 2013 • 487 Palabras (2 Páginas) • 319 Visitas
. Fundamentos Constitucionales
Artículos 29,31 Fracción IV; 32,49 73 Fracciones VII, XXIX y XXX; 89 Fracción XIII; 117 Fracciones IV, V, VI y VII; 118 Fracción I y 131 de la Constitución General de la República.
• Facultades del Poder Legislativo en materia Aduanera. (Art. 73 ).
- Ley de Ingresos de la Federación anual.
- Impuestos de comercio exterior a la importación y la exportación
- Derechos por prestación de servicios.
- Aprovechamientos
- Expedir leyes para hacer cumplir lo anteriormente señalado.
- Este último es el fundamento para la Ley Aduanera y las Leyes del Impuesto General de Importación y Exportación.
• Prohibiciones a los Estados ( Art. 117, y 118 Fracción I ).
- Prohibiciones para abolir prácticas de restricciones.
- Regular el Tránsito de Mercancías.
- No gravar la mercancía que entra o sale. (pues es facultad federal)
- Gravar el consumo (localmente)
- Exigir documentos
• Facultades del Poder Ejecutivo (Art, 42,29,131 y el 89)
- Art. 49 : división de Poderes.
- Facultades del Presidente (casos de invación, perturbación de la paz pública )
- Facultad de la federación Gravar las mercancías que se importen o exporten o que pase de tránsito por el territorio nacional.
- Aumentar, suprimir o disminuir las cuotas de las tarifas expedidas por el Congreso.
- Modificar una ley formal expedida, como la de los impuestos generales.
- La ley reglamentaria tiene por objeto regular y promover el comercio exterior, la economía del país y la estabilidad de la producción nacional.
• Obligaciones y prerrogativas de los mexicanos (Art. 31 Fracc. IV y 32)
- Contribuir para gastos públicos de la federación, Estado y municipio.
- Impuestos aduaneros: van a la federación. (Ley de tarifas de import. y exportación)
- Agentes aduanales: mexicanos por requisito de nacimiento.
3.4. Fuentes del Derecho Aduanero
Clasificación de las fuentes.
La clasificación que podríamos denominar de clásica por ser la que mayoritariamente los autores han adoptado, es la que divide a las fuentes del derecho en: Históricas, materiales y formales.
• HISTORICAS.
Son los medios por los cuales se obtiene el conocimiento histórico del derecho. Son los elementos que nos permiten conocer el derecho anterior para comprender el derecho presente y proyectar el futuro.
• MATERIALES (racionales o reales)
Consisten en un conjunto de hechos que determinan el contenido de las normas jurídicas. Por lo tanto son todos los fenómenos de carácter social, económico, político, étnico religioso o técnico que van a producir la norma jurídica.
...