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Derecho Bursatil


Enviado por   •  7 de Abril de 2015  •  716 Palabras (3 Páginas)  •  695 Visitas

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UNIVERSIDAD VALLE DEL GRIJALVA

CAMPUS CINTALAPA

LIC. MILTÓN MEZA MARIN

DERECHO BANCARIO Y BURSÁTIL

MARIA GUADALUPE MARTINEZ SOLIS

 NOCIONES GENERALES DEL DERECHO BANCARIO Y BURSÁTIL.

 FUENTES PRIMARIAS Y SUPLETORIAS DE LA LEGISLACIÓN BANCARIA Y BURSÁTIL.

MARZO/2015

NOCIONES GENERALES DEL DERECHO BANCARIO Y BURSÁTIL.

UBICACIÓN Y CONCEPTO

Derecho Bancario es el conjunto normativo, jurisprudencial y doctrinal que regula la estructura y funcionamiento de las Entidades de Crédito bancarias o entidades de depósito, así como las operaciones realizadas con el público en general, incluidos sus clientes, y con otras Entidades de Crédito.

Conjunto de normas de derecho público y privado, cualquiera que sea su distinción entre ambas; en las que se distinguen disposiciones sobre concesión, organización, e inversión de reservas, publicidad de balances, fiscalización, etc., de las instituciones de crédito, particular y pública, y normas relativas a contratos y operaciones de crédito.

La mayoría de las normas que se aplican a los intermediarios financieros son de naturaleza pública, en razón de que reciben los fondos del público, mismos que son invertidos en formas distintas.

Respecto a las normas de carácter privado, las entidades financieras en su aspecto institucional, están sometidas a normas jurídicas privadas; son las que regulan la constitución y el funcionamiento.

LA AUTONOMÍA DEL DERECHO FINANCIERO

La doctrina ha distinguido que para considerar que una disciplina jurídica es autónoma, y se clasifica de la siguiente manera:

Legislativa, sustancial, científica y didáctica.

Legislativa.- en esta disciplina el legislador consideró que, dado a sus características era necesaria una reglamentación específica, por lo que se expidió en 1892, la primea Ley sobre compañías de Seguros, para que años después se convirtiera en Ley General de Instituciones de Crédito.

Sustancial.- esta debe entenderse en el sentido de que las legislaciones financieras siempre se sostendrán con principios generales propios.

Científica.- se refiere a las legislaciones que integran el derecho financiero, ya que cada una de ellas, tienen un sistema ordenado e independiente, agrupado de manera sistemática.

Didáctica.- esta autonomía didáctica se ha hecho necesaria, en cuanto a que su conocimiento y estudio reclama una sistematización especial de sus principios.

FUENTES PRIMARIAS Y SUPLETORIAS DE LA LEGISLACIÓN FINANCIERA

FUENTES PRIMARIAS Y SUPLETORIAS

Se entiende por estas, los medios por los que se generan las normas

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