ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Civil


Enviado por   •  23 de Enero de 2015  •  506 Palabras (3 Páginas)  •  138 Visitas

Página 1 de 3

1.- ELABORE UN MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS TIPOS DE CONTRATO CONTRATO DEFINICION

LAPALABRA CONTRATO PROVIENE DEL LATIN “CONTRACTUS” DERIVADO DE “CONTRAHERE” QUE SIGNIFICA, CONCERTAR, LOGRAR.

GRAMATICALMENTE, LOS CONTRATOS PUEDEN DEFINIRSE COMO ACUERDOS DE VOLUNTADES O CONVENIOS ENTRE PERSONAS QUE SE OBLIGAN EN MATERIA O COSA DETERMINADA Y A CUYO CUMPLIMIENTO PUEDEN SER COMPELIDAS. OTRO ASPECTO SALTANTE DE LA DEFINICION ES EL RELATIVO AL CARÁCTER ESTRICTAMENTE PATRIMONIAL DE LA RELACION. ESTE ES IGUALEMENTE UN ASPECTO MUY DISCUTADO EN LA DOCTRINA COMTEMPORANEA Y RESPONDE A LA CONCEPCION DE QUE EL CONTRATO O TIENE UN CONTENIDO JURIDICO PATRIMONIAL O SE RESUELVE SIEMPRE EN LA OBLIGACION DE INDEMNIZAR LOS DAÑOS O PERJUICIOS. (1)

EL CODIGO CIVIL PERUANO DEFINE A LOS CONTRATOS DE LA SIGUIENTE MANERA:

CONTRATOS EN GENERAL

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1351.- NOCIÓN DE CONTRATO

EL CONTRATO ES EL ACUERDO DE DOS O MÁS PARTES PARA CREAR, REGULAR, MODIFICAR O EXTINGUIR UNA RELACIÓN JURÍDICA PATRIMONIAL.

ARTÍCULO 1352.- PERFECCIÓN DE CONTRATOS

LOS CONTRATOS SE PERFECCIONAN POR EL CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES, EXCEPTO AQUELLOS QUE, ADEMÁS, DEBEN OBSERVAR LA FORMA SEÑALADA POR LA LEY BAJO SANCIÓN DE NULIDAD.

ARTÍCULO 1353.- RÉGIMEN LEGAL DE LOS CONTRATOS

TODOS LOS CONTRATOS DE DERECHO PRIVADO, INCLUSIVE LOS INNOMINADOS, QUEDAN SOMETIDOS A LAS REGLAS GENERALES CONTENIDAS EN ESTA SECCIÓN, SALVO EN CUANTO RESULTEN INCOMPATIBLES CON LAS REGLAS PARTICULARES DE CADA CONTRATO.

ARTÍCULO 1354.- CONTENIDO DE LOS CONTRATOS

LAS PARTES PUEDEN DETERMINAR LIBREMENTE EL CONTENIDO DEL CONTRATO, SIEMPRE QUE NO SEA CONTRARIO A NORMA LEGAL DE CARÁCTER IMPERATIVO.

ELEMENTOS DEL CONTRATO

A.- ACUERDO DE DOS O MAS PARTES.

EN EL CONTRATO HAY ACUERDO DE LAS PARTES PARA VOLUNTARIAMENTE LLEGAR A UNA CONSECUENCIA. ES UN ACTO JURIDICO, EN LA CUAL NO PUEDE FALTAR LA MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD, Y NO UN HECHO JURIDICO, EN EL QUE SI PUEDE FALTAR ESTE ELEMENTO. NO CABE HABLAR DE CONTRATO SIN LA NOCION DE BILATERALIDAD, PERO BILATERALIDAD NO SIEMPRE IMPLICA LA CONCURRENCIA DE DOS O MAS PERSONAS, SINO CORRELACION DE OBLIGACIONES Y DERECHOS. EN RESUMEN, SIENDO EL CONTRATO UN ACTO JURIDICO PLURILATERAL, O SEA QUE INTERVIENEN DOS O MAS PARTES EN LA DECLARACION DE VOLUNTAD, DESTINADO A CONSTITUIR, MODIFICAR, TRANSMITIR Y EXTINGUIR UNA RELACION JURIDICA PATRIMONIAL, ES NECESARIO PARA QUE EXISTA CONTRAO, QUE SE CUMPLA CIERTTOS REQUISITOS.

B.- PARTES O PERSONAS FISICAS JURIDICAS

LA PERSONA FISICA O NATURAL, ES EL HOMBRE INDIVIDUALMENTE CONSIDERAO. POR TANTO, EL CONTRATO PUEDE CELEBRASE ENTRE LAS PERSONAS NATURALES O JURIDICAS O TAMBIEN SOLAMENTE ENTRE LAS PRIMERAS O LAS SEGUNDAS.

C.- CONSECUENCIAS JURIDICAS

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com