Derecho Claudia es dueña de un perro Shar Pei de nombre Pantuque
Enviado por jorgefercho • 6 de Diciembre de 2017 • Tarea • 2.393 Palabras (10 Páginas) • 1.249 Visitas
DERECHO PENAL
DR. JORGE MOSTAJO
CASOS DEL DERECHO PENAL
ACCION
1.- CASO 1
CASO 1.- Claudia es dueña de un perro Shar Pei de nombre Pantuque, ella
deja a su perro en la calle de 07:00 a 21:00, hora en la cual ella llega a su casa.
El día 11 de agosto el perro Pantuque muerde a un niño de 11 años. El Fiscal
Brutus Tontinis inicia un proceso penal contra Claudia la dueña del perro por el
delito de lesiones gravísimas al niño de 11 años.
¿Claudia tiene responsabilidad penal?
Primero Debemos que establecer la normativa penal establece que la acción es una conducta humana voluntaria. Es así porque sólo el humano, como tal, puede determinarse en su conducta a través de normas. En consecuencia, sólo él puede ser destinatario de la norma penal. Por tal rzon al ser una exclucion de la acción o responsabilidad penal el echo cometido por animales en si la dueña del can no tiene una responsabilidad penal ya que no lo esta haciendo de forma voluntaria el ataque, no busca dañar a la persona, ya que el perro por actos reflejos o conductas propias cuando se siente amenazado o en diferentes situaciones reacciona.
Pero debemos recordar que la Ley 700 de Protección a los animales da un cierto tipo de responsabilidad al dueño de cualquier can que provoque daños y lesiones a cualquier ser humano siendo responsabilidad entregar los carnet de vacunación contra la rabia canina o en otro caso realizar el pago de curaciones de los afectados.
CASO 2.- La periodista Liliam fue invitada por el Almirante Carbajal Comandante de la Armada de Bolivia para viajar en una de sus embarcaciones en la Hidrovía Paraguay - Panama. Producto del mal tiempo y el fuerte oleaje el barco se hunde y Liliam muere ahogada.
¿El Almirante Carbajal tiene responsabilidad penal?
Respuesta:- el Almirante no tiene ningún tipo de responsabilidad ya que la acción es voluntaria y cuando se refiere que ha muerto a causa de el fuerte oleaje o mal tiempo existente , las personas no pueden controlar el clima o las situaciones naturales que existen en el planeta que se da por cuestiones de la naturaleza, al no ver intención de matar a la periodista y al ser un hecho fortutio el Almirante no tiene ningún tipo de responsabilidad penal
II. TIPICIDAD
TIPO OBJETIVO
Caso 3.- Mario es dueño de una Armería en la Ciudad de Santa Cruz. Jaime acude a la armería de Mario y compra una escopeta, apenas llega a su casa la carga y le dispara en la cabeza a su esposa, cometiendo el delito de feminicidio. El Fiscallgnorantus imputa a Mario por feminicidio porque dice que si no le vendía el arma a Jaime no se hubiera producido el delito.
¿Mario tiene responsabilidad penal?
Respuesta:- ACCIÓN: La acción es una conducta humana voluntaria, Mario vende el Arma a Jaime es una acción voluntaria ya que el mismo vende armas de fuego a diferentes personas als misma que deben presentar requisitos exigibles por ley, las cuales debería de haber verificado antes de entregar el arma a Jaime.
TIPICIDAD:
TIPO OBJETIVO
El feminicidio es un delito tipificado en el código penal.
El Sujeto Activo de la Acción es: Jaime (quien comete el supuesto delito)
El Sujeto Pasivo de la Acción es: esposa de Jaime (víctima)
Se pretende relacionar a Mario que es un vendedor de Armas legalmente autorizado con el resultado final que es el feminicidio de la esposa de Jaime quien fue el que la mato.
1. Acción: mario vende arma a Jaime
1. Resultado: Jaime recibe el Armas
2. Hecho: Jaime Llega a casa y carga el Arma
2. Resultado: muerte de la esposa de Jaime
La acción de Mario vendedor de armas tendría que vers el nexo de la acción ya que mario no sabe para que va utilizar el Arma que vendio ajamie le no quiere que se produzca la muerte de la Esposa de Jaime solo es un vendedor que exigió todos los requisitos para vender un arma el sujeto activo y único responsable es Jaime quien cometio el hecho criminal.
Caso 4.- Rodrigo estaba conduciendo su automóvil por la autopista La Paz - El Alto a una velocidad prudente de 30 Km/H (dentro del límite permitido por el Código de Transito). Sebastián sin ninguna precaución pasa corriendo por medio de la autopista (y por debajo de la pasarela que debía utilizar), sin embargo, Rodrigo a pesar de frenar no puede evitar atropellarlo y matarlo.
¿Rodrigo tiene responsabilidad penal?
Respuesta:- ACCIÓN: La acción es una conducta humana voluntaria, Rodrigo es conductor del vehículo esta conduciendo a la velocidad permitida en la autopista donde Sebastián de manera imprudente y sin seguir las norma de transito cruza y no puede evitar se atropellado , la acción de muerte en Accidente de transito esta .cometida por Rodrigo, pero se personal de transito con los exámenes periciales establecerá la responsabilidad del conductor y del fallecido en el hecho ya que en todo caso de transito participan los tres actores: Vehículo , vía y peatón.
TIPICIDAD:
TIPO OBJETIVO
El homicidio en accidnete de transito es un delito tipificado en el código penal.
El Sujeto Activo de la Acción es: Rodrigo (quien comete el supuesto delito)
El Sujeto Pasivo de la Acción es: Sebastian (víctima)
El Hecho de transito es un delito culposo ya que son fortuito donde se quiere dar responsabilidad a Jaime por la Muerte de Sebastián
1. Acción: Rodrigo conduce su vehículo
1. Resultado: Sebastián cruza imprudentemente y es atropellado
2. Hecho: Rodrigo trata de frenar
2. Resultado: muerte de Sebastián
TIPO SUBJETIVO
Culpa.- La muerte en accion de Transito en una situación culposa ya que el conductor en este caso Rodrigo conducia como indica el código de Transito en una via expresa y según lo establecido por ley, pero Sebastián de manera irresponsable y dolosamente y temeraria, cruza sin mirar por tal razón el conductor trata de evitar el daño pero atropella a Sebastián y este muere, la responsabilidad es enteramente de Sebastián quien de manera consiente cometer infracciones a la normativa de transito acerca de peatones, situación que deberá ser corroborada por peritajes del personal de la División Accidentes de Transito de la Policia Boliviana.
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