Derecho .¿Es un acto jurídico que el poder legislativo decrete una ley?
Enviado por Laurisgc • 5 de Noviembre de 2015 • Apuntes • 760 Palabras (4 Páginas) • 236 Visitas
P r e g u n t a s
1.¿Es un acto jurídico que el poder legislativo decrete una ley? (Confrontar art. 61 Fracción V de la Ley de Amparo con el art. 103 fracción 1a, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).
Artículo 61. El juicio de amparo es improcedente:
V. Contra actos del Congreso de la Unión, su Comisión Permanente o cualquiera de sus cámaras en procedimiento de colaboración con los otros poderes que objeten o no ratifiquen nombramientos o designaciones para ocupar cargos, empleos o comisiones en entidades o dependencias de la Administración Pública Federal, centralizada o descentralizada, órganos dotados de autonomía constitucional u órganos jurisdiccionales de cualquier naturaleza;
Artículo 103.- Los Tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite:
I. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas para su protección por esta Constitución, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte
No considera que sea un acto jurídico como tal el hecho de que, el congreso de la Unión decrete leyes, pero si bien es cierto podría atacarse dicho acto simplemente como un acto de autoridad que al momento de ser aplicada puede causar un agravio o un perjuicio a una o varias personas; de esto modo podría atacarse como una norma autoaplicativa que causa perjuicio con el primer acto de aplicación, a través del juicio de amparo ya que como bien establece el artículo 103 que los tribunales de la federación conocerán de "toda" controversia que se suscite, esto quiere decir que no cabe excepción alguna mientras una autoridad de cualquier naturaleza se vea implicada en la controversia.
2.¿Hasta qué grado la defensa de un requisito de forma puede afectar el esclarecimiento de hechos notoriamente delictivos? (Confrontar art. 20 apartado B, Fraccion 1a, con el art. 1o, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).
Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
B. De los derechos de toda persona imputada:
I. A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa;
Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas
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