Derecho Esclavista
Enviado por yenilde • 21 de Mayo de 2014 • 2.037 Palabras (9 Páginas) • 516 Visitas
Derecho Esclavista: Podemos comenzar diciendo, que confirmaba la explotación y la falta de derechos de los esclavos; su esencia consistía en que expresaba la voluntad de los poseedores de los medios de producción, de los esclavistas erigida en LEY. Se caracteriza fundamentalmente por su manifiesta orientación clasista y al declarar que los esclavos cosas son (serví res sunt) los excluye como sujetos suyos y los relega a la categoría de cosa, de objeto de su actividad. El esclavo es de esta manera objeto y no persona, se le trataba como un instrumento de trabajo parlante, Considerado como objeto, cosa, el esclavo, por ser el elemento decisivo en el proceso de la producción y constituir la principal fuerza productiva de la sociedad esclavista, no era una simple cosa, sino una cosa de gran valor para un dueño. Además, y siendo propietario del esclavo, su dueño gozaba de su goce, uso y disfrute, es decir, podía usarlo en cualquier faena o capricho, venderlo o hasta matarlo. Desde el punto de vista laboral, el esclavo estaba obligado a trabajar para su dueño -que disponía a su antojo del producto excedente o plus producto creado por el duro esfuerzo físico de sus esclavos, además de satisfacer las necesidades personales de sus señores, a cambio únicamente de lo mínimo indispensable para existir y para mantener la fuerza de trabajo.
Como primer tipo del Derecho explotador, tiene sus propias fuentes y procedimientos de legalización de las normas jurídicas. La costumbre jurídica constituye la fuente más antigua del Derecho y fue en esta forma en la que se refrendaron por primera vez los principios del Derecho Esclavista. Al crecer la complejidad de la Sociedad Clasista, y acelerarse el ritmo del desarrollo social, cobran difusión en los Estados Esclavistas las fuentes escritas del Derecho. Las Leyes, emanadas directamente del poder del Estado (ejemplos de ellas tenemos las decisiones normativas generales en Atenas, los actos del poder monárquico en el Imperio Romano, etc.). Las decisiones judiciales constituyeron también fuente del Derecho Esclavista, dictaminadas en relación a casos o situaciones concretas, adquirían a menudo carácter de regla de conducta reconocida por el conglomerado. Las tesis doctrinales científicas formuladas por determinados juristas, característico de la Antigua Roma en donde los hombres más destacados del Derecho estaban facultados para brindar consultas (Jus Respondendi), que tenía carácter obligatorio.
En Roma, con la prosperidad de las relaciones esclavistas y el progreso de los conocimientos jurídicos especializados, se afianzo la concepción del Derecho como sistema, lo que a su vez influyó sobre la actividad práctica del ordenamiento jurídico: se elaboro la división del Derecho en público y privado, se introdujo el concepto de Institutos Jurídicos (personas, cosas, compromisos, contratos, sucesiones, etc.)
El Día Internacional del Recuerdo de la Trata de Esclavos y de su Abolición se celebra el 23 de agosto, mientras que el Esclavitud se celebra el 2 de diciembre. Los tratados internacionales contemporáneos (Convención sobre la Esclavitud, 1926) recogen la prohibición de la esclavitud, que se considera como un crimen contra la humanidad. No obstante, sigue existiendo arraigada culturalmente en determinados países (India, Sudán, Mauritania) y ha reaparecido en otros bajo ciertas condiciones excepcionales, como es el caso de la mano de obra infantil esclava en el Sudeste asiático o determinados tipos de prostitución en todo el mundo, muy a pesar de todos los esfuerzos que se han hecho para abolir la esclavitud, esta condición sigue existiendo, dañando y oprimiendo al mas débil e indefenso.
Sociedad Feudal: La aparición del feudalismo fue un fenómeno natural del desarrollo económico social. Se desarrolla durante un largo período y para el caso de Europa duró más de mil años, época a que suele dársele el nombre de Edad Media. Restos de Feudalismo lo encontramos aún en nuestra sociedad salvadoreña (Colonos, Aparceros, etc.).
El tipo feudal de Estado nació del modo feudal de producción, caracterizado como ya lo habíamos expresado en la combinación de la gran propiedad agraria de los señores feudales y la pequeña economía natural de los campesinos siervos A fines del primer milenio de nuestra era, la esclavitud va transformándose en freno del desarrollo económico y llega a la decadencia, dando paso a las formas feudales de explotación, es innegable que el modo de producción feudal aseguró el incremento de las fuerzas productivas de la sociedad y constituyó un paso más en la Historia Humana. Tal incremento repercutió ostensiblemente en todas las ramas de la economía, tanto rural como urbana, debido al perfeccionamiento de los medios de producción y el aumento de la división del trabajo; los adelantos logrados en la técnica, en la minería, en la siderurgia, en la producción de energía y otras ramas de la producción ejercieron gran influencia en el desarrollo de las fuerzas productivas.
Conforme avanza la técnica las relaciones de producción del régimen feudal comienzan a rezagarse de las fuerzas productivas y a convertirse en una traba para ellas. Entran en conflicto las fuerzas productivas y las relaciones de producción, creando las condiciones para una revolución económica social a fin de reemplazar el modo de producción feudal por otro más progresivo. Estas contradicciones económicas -la contradicción entre la índole natural de la producción feudal y su mercantilización, fruto del desarrollo de la división del trabajo y del aumento de la producción, trajeron consigo los antagonismos de la Sociedad Feudal, el mayor de los cuales lo constituyó la lucha entre las dos clases fundamentales: los señores feudales (propietarios de los medios de producción) y los productores directos (campesinos y artesanos), que vivían en condiciones de subordinación personal de los señores.
Lenin indicaba: "Si el terrateniente no hubiera dispuesto de autoridad directa sobre la persona del campesino, no habría podido obligar a trabajar para sí a un hombre dotado de tierra y dueño de su economía.
El Estado Burgués, protege por todos los medios a su alcance la propiedad privada capitalista, favoreciendo con ello la formación de un abismo insalvable y profundísimo entre el capital y el trabajo, basado en la desigualdad social y económica, al concentrar colosales riquezas por un lado y miserias y privaciones por el otro. Y por si esto fuera poco, en virtud de toda una serie de limitaciones y procedimientos jurídicos (elecciones, etc.), las
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