Derecho Internacional Privado
Enviado por ALEJOTA2010 • 4 de Diciembre de 2014 • 210 Palabras (1 Páginas) • 179 Visitas
Otra institución general de la disciplina es el denominado orden público en
el Derecho Internacional Privado, figura que “constituye una excepción a la
normal aplicación del Derecho extranjero a una relación con elementos de
extranjería, cuando ese derecho extranjero sea ´manifiestamente incompatible´
con los principios fundamentales del ordenamiento jurídico venezolano”
En el sistema venezolano de Derecho Internacional Privado el orden
público se regula de manera mixta, es decir, considerándolo en sus dos
concepciones: a priori y a posteriori.
la LDIP venezolana consagran la figura desde la concepción a posteriori, es decir, el orden público interviene después de que actúa la norma de conflicto. Es posterior a la determinación del Derecho extranjero aplicable, y se activa cuando, al cotejar los resultados de su aplicación con los principios esenciales del Derecho del foro, se comprueba la manifiesta incompatibilidad entre ellos. Esto trae como consecuencia la desaplicación de tal Derecho extranjero.
Ante este problema, el sistema venezolano de Derecho Internacional
Privado permite que el juez determine el Derecho aplicable a la cuestión
incidental, bien recurriendo a sus propias normas de conflicto (Lex fori), bien
recurriendo a las normas de conflicto del Derecho que rige la cuestión principal
(Lex causae). Así se reconoce tanto en la Convención Interamericana sobre
Normas Generales de Derecho Internacional Privado como la LDIP.
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