Derecho Internacional Privado
Enviado por bachu • 3 de Junio de 2013 • 598 Palabras (3 Páginas) • 278 Visitas
EL MATRIMONIO
EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Introducción
14ta Clase EL MATRIMONIO
1.- NOCIONES
- Art., 41, C. de Familia, en Bolivia el matrimonio es una institución; la ley reconoce solo el matrimonio civil,
- En el contexto internacional, la Convención sobre el Consentimiento para el Matrimonio, la Edad Mínima para contraer Matrimonio y el Registro de los Matrimonios, adoptada en Nueva York, 1962, otorga el marco jurídico conceptual del matrimonio internacional:
a) No se podrá contraer matrimonio sin pleno consentimiento y cumplido los requisitos de acuerdo a ley,
b) Todo matrimonio debe ser inscrito en un registro oficial
2.- EL MATRIMONIO EN EL AMBITO INTERNACIONAL
- En el ámbito internacional, son tres los aspectos esenciales a tomarse en cuenta:
-Uno, la ley relativa a la capacidad de las personas, la ley personal, nacionalidad y domicilio y, la ley del lugar de la celebración
-Dos, la ley relativa a la forma del acto del matrimonio
- Tres, la ley que regula los bienes
a.- Efectos del Matrimonio
- Los efectos del matrimonio son dos:
a.- Establecer una familia
b.- Establecer la sociedad de bienes, que nace por el hecho de haberse celebrado el matrimonio
b.- Nulidad del Matrimonio
- Según la legislación boliviana, el matrimonio es nulo:
1.- Si no ha sido celebrado por el oficial del registro civil,
2.- Sin del mismo sexo
c.- La Anulabilidad
1.- Puede ser Absoluta, art., 80 y ss. Código de Familia;
a) Cuando el varón tiene menos de 16 años y la mujer menos de 14 años; art 44 C.F.,
b) No puede contraerse matrimonio, sin haberse disuelto el anterior; art., 46 C.F.,
c) Cuando ha sido condenada por homicidio consumado contra el cónyuge; art., 50 C.F.,
d) Cuando se violan formalidades prescritas en la celebración del matrimonio, art., 67, 68 C.F.
2.- Puede ser Relativa, art., 84 y ss del Código de Familia;
a) Por falta de voluntad y privación del ejercicio de facultades mentales, art. 84 C.F,
b) Por interdicción, art 85 C.F.,
c) Por violencia y error, art., 86 C.F.,
d) Por falta de asentimiento, art., 87 C.F.,
e) Por impotencia para generar o concebir, art., 88 C.F.
3.- EL MATRIMONIO EN EL CONTEXTO CONVENCIONAL
- Tratado de Montevideo, 1889;
- La capacidad de las personas para contraer matrimonio, se rige por la ley del lugar de la celebración del mismo
- Si los cónyuges mudaran sus domicilio, se regirá por las leyes del nuevo domicilio
.- Código Bustamante, 1928;
- Los contrayentes estarán sujetos a la ley personal en todo lo que se refiera a la capacidad para celebrar el matrimonio
4.- EL MATRIMONIO EN EL CONTEXTO NORMATIVO BOLIVIANO
- Legislación Boliviana, 1988 C.F;
- Art.
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