Derecho Internacional
Enviado por Yos20 • 30 de Mayo de 2015 • 1.101 Palabras (5 Páginas) • 149 Visitas
Concepto características e importancia Derecho Internacional
El derecho internacional está formado por las normas jurídicas internacionales que regulan las leyes de los Estados. Los acuerdos y tratados internacionales, las notas diplomáticas, las enmiendas y los protocolos forman parte de esta rama del derecho. El propósito es armonizar sus relaciones, construyendo un ideal de justicia mutuamente acordado por ellos, en un marco de certeza y seguridad que permita realizarla.
El derecho internacional puede dividirse en público y privado.
El derecho internacional público supone el conjunto de principios que regulan las relaciones jurídicas de los Estados entre sí. Los individuos, por lo tanto, no son sujetos inmediatos de sus normas.
El derecho internacional privado, por su parte, tiene como principal objetivo la resolución de conflictos de jurisdicción internacional. Se encarga de definir cuál es la ley aplicable y de determinar la condición jurídica de los extranjeros
Características del Derecho Internacional Privado
Rige relaciones particulares (personas naturales y jurídicas).
Sus normas son territoriales, obligan a todos los que habitan o residen en un territorio determinado.
Sus normas son positivas.
Sus normas son de carácter atributivo, porque la regla de conflicto atribuye competencia a una determinada ley.
Sus normas son de remisión.
Características del Derecho Internacional Público:
Constituye un orden jurídico autónomo, tanto por sus fuentes como por sus destinatarios
Es un derecho en desarrollo.
En el Derecho Internacional el Estado no es sólo el destinatario de las normas sino su principal promotor.
Es un orden abierto, sujeto a evolución de manera constante
Tiene sus propios medios de realización o de aplicación para lograr la eficacia de sus normas.
Tiene un grado de relativismo. Quiere decirse con esto que a veces una determinada norma obliga a unos sujetos pero no a otros.
Legislación aplicable al comercio exterior.
Artículo 131.
Es facultad privativa de la federacion gravar las mercancias que se importen o exporten, o que pasen de transito por el territorio nacional, asi como reglamentar en todo tiempo y aun prohibir, por motivos de seguridad o de policia, la circulacion en el interior de la republica de toda clase de efectos, cualquiera que sea su procedencia; pero sin que la misma federacion pueda establecer, ni dictar, en el distrito federal, los impuestos y leyes que expresan las fracciones vi y vii del articulo 117.
El ejecutivo podra ser facultado por el congreso de la union para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportacion e importacion expedidas por el propio congreso, y para crear otras, asi como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el transito de productos, articulos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economia del pais, la estabilidad de la produccion nacional, o de realizar cualquiera otro proposito en beneficio del pais. el propio ejecutivo, al enviar al congreso el presupuesto fiscal de cada año, sometera a su aprobacion el uso que hubiese hecho de la facultad concedida.
Ley
...