Derecho Mercantil
Enviado por vanessa • 27 de Abril de 2015 • 1.750 Palabras (7 Páginas) • 194 Visitas
República bolivariana de Venezuela
Ministerios del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad de Falcón (UDEFA)
Punto Fijo- Edo –Falcón
Derecho Mercantil
Abg. Marcos Leidenz
Punto Fijo; Marzo del 2015
Tarea. Desarrollo de Glosario
El estudiante deberá realizar un glosario de términos del contenido programático de los temas 4, 5 y 6. (No menos de veinte y cinco términos).
A
Acción: Título que establece la participación proporcional que su poseedor tiene en el capital de una empresa. Como tal, la acción convierte a su titular en propietario y socio capitalista de la firma en proporción al monto de acciones que ha suscrito. En la misma medida le confiere el derecho a votar en las asambleas generales de la empresa y a recibir los dividendos que le corresponden de acuerdo a las ganancias que se hayan obtenido. La clase y el número de acciones que posee una persona definen sus derechos y la magnitud de su propiedad.
Acciones: Las acciones son verdaderos títulos de crédito, se trata de documentos que presumen la existencia de los derechos literales, patrimoniales y autónomos que en ellos se consiguen; y en función de la incorporación del derecho en el título, éste resulta necesario para exigir los expresados derechos. Es el titulo que representa una porción determinada del Capital Social, que da derecho a una parte proporcional en las ganancias y que participa en las pérdidas al solo importe del valor que expresa. Por lo tanto, su poseedor tiene un derecho patrimonial igual a la fracción de capital que representa, participando de todos los derechos y deberes que le son inherentes.
Administración: La administración de la sociedad estará a cargo de uno o varios administradores, quienes podrán ser socios o personas extrañas a ella. Su nombramiento se hará por mayoría de votos de los socios en una asamblea y respaldado por el acta constitutiva de la compañía.
C
Capital Social: La ley no fija un mínimo de capital. El capital social esta representado por la suma de aportaciones que en dinero o en especie efectúen los socios. El capital debe dividirse, según la responsabilidad de los socios, separando el capital comanditado del capital comanditario.
Causas de Separación en las Sociedades: Como en otros tipos de sociedades si un extraño fuere nombrado administrador y el socio no esta de acuerdo puede solicitar su separación de la sociedad, o si existen modificaciones en los estatutos que no convenga a los intereses de los socios este puede solicitar su separación por así convenir a sus intereses personales.
El contrato es definido en el Código Civil venezolano C.C. (Art. 1133) como “Una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico”.
Contrato: El contrato es definido en el Código Civil venezolano C.C. (Art. 1133) como “Una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico”.
Contratos Mercantiles: El contrato es una especie del convenio que produce o transfiere derechos y obligaciones, así que podemos afirmar que el contrato mercantil es el acuerdo de dos o más voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones de naturaleza mercantil en la cual existe, en una de las partes, la presencia de un comerciante, ya que su fin es la industria o el comercio o por el carácter mercantil del objeto sobre el que recae, es decir, es un negocio jurídico bilateral que tiene por objeto un acto de comercio.
Cuota: Importe que periódicamente abona el prestatario de un préstamo y que comprende el capital y los intereses correspondientes. Estos pagos pueden ser mensuales, trimestrales o semestrales y se realizan durante la vida del préstamo.
Cuota Constante: Cuando el importe de la cuota a pagar es siempre el mismo, siempre y cuando no varié el tipo de interés.
Cuota Creciente: Cuando se establece un porcentaje a pagar, a partir del cual la cuota va aumentando periódicamente. Al inicio de la amortización del préstamo, se paga menos, pero los intereses son, al final del periodo de amortización, sustancialmente mayores al de los demás sistemas de amortización.
Cuota Decredente: Cuando el capital amortizado es siempre el mismo, reduciéndose constantemente los intereses, y así, la cuota a pagar.
F
Fusión: Proceso por el cual se integran los patrimonios de dos o más entidades para crear una nueva que adquiera por sucesión universal los derechos y obligaciones de las entidades fusionadas. Los accionistas de las entidades fusionadas recibirán, a cambio de sus acciones, nuevas acciones de la nueva sociedad, en proporción a su participación y al patrimonio integrado de la entidad fusionada.
Fusión de Sociedades: Forma especial de unión de sociedades, mediante la cual una de ellas se extingue por la transmisión total de su patrimonio a otra sociedad preexistente, cuyo patrimonio generalmente se acredita; o bien, se contempla como la creación de una nueva empresa con las aportaciones de los patrimonios de dos o más sociedades que en ella se fusionan.
Q
Quiebra: Para la economía; Quiebra significa la situación en que se encuentra un patrimonio que es incapaz de satisfacer las deudas que pesan sobre él; por lo que, la expresión "estar en quiebra" quiere decir no poder pagar íntegramente a todos los que tienen derecho a ser pagados: es un estado de desequilibrio entre los valores realizables y los créditos por pagar. La Quiebra
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