Derecho Mercantil
Enviado por masavi91 • 10 de Junio de 2013 • 599 Palabras (3 Páginas) • 216 Visitas
Características del Derecho Mercantil
Existen cuatro características definitorias básicas del Derecho Mercantil:
• Es un Derecho profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la actividad propia de los empresarios.
• Relacionado con lo anterior, es un Derecho consuetudinario ya que, a pesar de estar codificado, se basa en la tradición, en la costumbre de los comerciantes en el ejercicio de su profesión.
• Es un Derecho progresivo. Al mismo tiempo que evolucionan las condiciones sociales y económicas el Derecho mercantil ha de ir actualizándose.
• Es un Derecho global o internacionalizado; las relaciones económicas cada vez son más internacionales por lo que este Derecho ha tenido que hacerlo también, para lo cual diversos organismos trabajan en su normativización y armonización internacional. Así, tenemos a UNCITRAL, de las Naciones Unidas; UNIDROIT y la Cámara de Comercio Internacional de París que desarrolla los Incoterm (cláusulas que con carácter internacional se aplican a las transacciones internacionales), la Asociación Legal Internacional y el Comité Marítimo Internacional. De hecho, algunos contratos bancarios son regulados siguiendo usos internacionales, es el caso, por ejemplo, del crédito documentario.
• Tiene una subdivisión, es el Derecho Bancario, que rige las relaciones de los comerciantes que operan como sociedades nacionales de crédito (bancos, sociedades financieras), tanto en sus relaciones con los particulares como con el Estado y entre sí o a través de los organismos comunes a esos comerciantes, como es el caso de la Comisión Nacional Bancaria.
ACTOS ABSOLUTAMENTE MERCANTILES
Tienen ese carácter o naturaleza que lo determina el mismo Código de Comercio, además son aquellos que están previstos en el artículo 75 del Código de Comercio y otros están en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y unos ejemplos de ellos son; contrato de reporto, contrato de apertura de crédito, contrato de deposito bancario, contrato de habilitación, contrato de fideicomiso, contrato de cuenta corriente y contrato de depósito de títulos,
Usos y costumbres mercantiles.
Son el resultado de la práctica que de ellos hacen los comerciantes, por lo que pueden llegar a ser considerado como verdadero Derecho. La práctica uniforme y de duración continuada hacen que se observen como reglas de derecho vigente, sin embargo no pueden derogar a las propias leyes mercantiles y ser contrarios a los principios de orden público.
Los usos, son disposiciones autónomas e independientes. Se clasifican en:
* Convencionales nos permiten conocer la voluntad de las partes en las relaciones comerciales (Contratos)
* Normativas implican el resultado de la práctica habitual de los comerciantes.
Los usos nos sirven como
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