Derecho Notarial Trabajo 1
Enviado por alanpit4cruz • 7 de Febrero de 2014 • 542 Palabras (3 Páginas) • 833 Visitas
Definición de Derecho Notarial.
El concepto del Derecho Notarial como objeto de conocimiento, es todo aquello perceptible a través de nuestros sentidos, mientras se acontece, por ejemplo, las leyes, las escrituras, los registros, etcétera; se define, pues, como el conjunto de normas que regulan sistemáticamente el fenómeno notarial, el cual tiene, en principio, tres elementos: el subjetivo (agente notarial o escribano), el objetivo (documento notarial a tratar) y el dinámico (la técnica notarial empleada). De tal modo, el Derecho Notarial es el conjunto de normas que desarrollan y reglamentan la función notarial desde el punto de vista subjetivo (del agente), objetivo (del documento), y dinámico (de la técnica notarial).
Autonomía del Derecho Notarial.
Tiene un carácter autónomo dentro de la función notarial, ya que, en primer lugar, el notario es el único jurista no oficial, que confiere a sus documentos efectos de publicidad y de valor; tutela intereses de orden colectivo y privado; es de asistencia legal a la voluntad negocial, y tiene atribuciones de fe pública como eficacia del acto.
No se acepta una teoría de autonomía Notarial, ya que, e trata de una especialización y no de una autonomía. Ya que la ciencia ha evolucionado a tal grado que, abarcarla es de manera compleja, por lo que se divide a fin de estudiarla con detalle, es decir, se crean las especializaciones.
Objetividad del Derecho Notarial.
Tiene un régimen especial que es el de formación de la forma y reconstitución de la prueba; aplicando servicio de justicia y de fe pública.
Tiene por objetivo aquella forma pública intervenida por Notario, denominada, instrumento público.
Así como en el Derecho Real existe una relación entre la persona y la cosa, en el Derecho Notarial la persona es el Notario y la cosa el instrumento público.
Ubicación sistemática.
El Derecho Notarial, se ubica dentro de las formas escritas, ósea, documentales y funcionaristas del notario.
Quedan expulsadas, dentro del Derecho Notarial, las formas verbales u orales, las escritas que no constituyan documentos públicos y las públicas intervenidas por funcionario que no sean notarios como jueces, funcionarios administrativos, etcétera.
Relaciones con otras disciplinas jurídicas.
Otras disciplinas determinan una relación de dualidad entre los campos jurídicos y el Notariado, divididos en público y privados con respecto a sus actividades en la sociedad.
No se acepta una teoría sobre si existe o no, una relación ya que los interesados no estarán obligados a someterse a la relación notarial, ya que los preceptos que enumera la ley, tienen la finalidad solo con para con el instrumento público.
Contenido.
El instrumento público tiene de investidura analizar su jurisdicción, incompetencia,
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