Derecho Romano
Enviado por Misa12345 • 15 de Mayo de 2014 • 731 Palabras (3 Páginas) • 238 Visitas
I. Obligaciones en general
Derecho Romano: Conjunto de principios de Derecho que han regido a la sociedad romana en las distintas épocas desde su origen hasta la muerte del emperador Justiniano.
Surgimiento del Estado: Surgió hace 5000 años aproximadamente, Egipto fue el primer Estado.
El Estado tiene dos elementos: El Material y el Formal, el primero comprende la población y el territorio, el segundo comprende al poder público o gobierno.
Utilidad Histórica: Nuestro Derecho está influido por la costumbre y el Derecho Romano. El Derecho romano debe ser estudiado como un modelo ya que los romanos tuvieron una aptitud especial para el Derecho.
Noción del Derecho: En los primeros siglos de Roma el Derecho estuvo íntimamente unido y subordinado a la región y tuvieron expresiones diferentes para designar a las instituciones.
¿Qué son los derechos reales?
Es un concepto derivado de la doctrina clásica y son derechos oponibles a terceros, que facultan a su titular para que saque provecho de una cosa en la forma máxima que permite el Derecho y hay dos formas de sacarle provecho a la cosa: forma máxima y forma mínima, la forma máxima es la propiedad y la forma mínima es el derecho de hipoteca o usufructo.
La palabra derechos reales deriva de: res, que significa cosa en latín, que son elementos corpóreos o incorpóreos del mundo exterior que pueden producir una satisfacción al hombre, los cuales a su vez pueden estar fuera o dentro del comercio. Una cosa puede estar fuera del comercio por razones físicas o razones jurídicas, las últimas pueden ser de Derecho humano o divino.
De Derecho humano son:
La res pública, que se encuentran fuera del comercio, porque deben estar a disposición del público en general, por lo tanto, se consideran de derecho privado aunque están celebradas por el Estado a una función pública, pero una vez que son desafectadas, es decir, separadas del fin público al que fueron originalmente destinadas.
Las Res Communes (Omnium iure naturali) que pertenecen a todos los ciudadanos, el Estado puede reglamentar su uso, para que la conducta de uno no impida el goce al que los demás tienen derecho ej. Una fábrica que contamina, el Estado le puede impedir que siga funcionando porque daña a la comunidad.
La Res Universitatum, que es una corporación pública inferior al Estado (municipio). Ese municipio no era del pueblo romano sino de los miembros de la corporación pública.
Existen otras cosas que se encuentran fuera del comercio por razones diversas establecidas en el Derecho positivo con fundamento en consideraciones morales. En Roma las partes separadas del organismo vivo si podían estar en el comercio, no se podían vender los cadáveres para investigaciones médicas.
La Res Sacrae, que se refería a los templos, Las Res Religiosae, que se refería al culto de los dioses domésticos
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