Derecho Romano
Enviado por lamena • 8 de Mayo de 2014 • 2.062 Palabras (9 Páginas) • 610 Visitas
1.- CONCEPTO DE SUCESIÓN?
R.- PROVIENE DEL LATIN SUCESSION, SE USA PRECISAMENTE PARA DESIGNAR LA TRANSFORMASION QUE TIENE LUGAR A LA MUERTE DE UNA PERSONA.
2.- VÍAS DE LA SUCESION?
R.- SUCESION O VIA DE SUCESION TESTAMENTARIA, SEGUNDO DE SUCESION O VIA LEGITIMA O OB INTESTATO
SUCESION LEGITIMA.- TIENE LUGAR CUANDO NO TIENE TESTAMENTO, O CUANDO HABIENDO NO FUERA VALIDO O EL HEREDERO TESTAMENTARIO NO QUISIERA O NO PUDIERA ACEPTAR LA HERENCIA COMO EN EL CASO DE QUE HUBIERA MUERTO ANTES DEL TESTADOR.
- SUCESION O VIA TESTAMENTARIA: TAMBIEN SE PODIA DEFINIR SIGUIENDO LA VOLUNTAD DEL CAUSANTE DE ACUERDO CON LO QUE HUBIERA DISPUESTO EN SU TESTAMENTO QUE SE PUEDE DEFINIR COMO EL ACTOJURIDICO SOLEMNE DE ULTIMA VOLUNTAD POR EL CUAL UNA PERSONA INSTITUIA HEREDERO O HEREDEROS, ISPONE DE SUS BIENES PARA DESPUES DE SU MUERTE, Y TAMBIEN PODIA INCLUIR OTRAS DISPOSICIONES,TALES COMO LEGADOS, FIDEICOMISOS, MANUMISIONES Y NOMBRAMIENTOS DE TUTORES
3.- EXPLIQUE LA SUCESION LEGITIMA EN EL DERECHO ANTIGUO?
R.- LAS XII TABLAS DISPONIAN QUE SI EL CAUSANTE MORÍA INTESTADO SE LLAMARAB A LOS SIGUIENTES HEREDEROS.
PRIMERO A LOS HEREDES SUI: OSEA LOS DESENDIENTES DEL DE CUIUS, QUE ESTUVIERAN BAJO SU POTESTAD AL MOMENTO DE SU MUERTE,INCLUYENDO A QUI A LOS POSTUMOS; ES DECIR A LOS SUIS NACIDOS DESPUES DE MUERTO EL CAUSANTE,LAMUJER DEL DIFUNTO, QUE HUBIERA ENTRADO ASU FAMILIA POR UNA CONVENTIO IN MANUM, OCUPABA EL LUGAR DE UNA HIJA (LOCO FILIAE) LA NUERA IN MANU, EL DE NIETA (LOCO NEPTIS) POR LO QUE A LA HERENCIA SE REFIERE.
4.- EXPLIQUE LA SUCESION LEGITIMA EN EL DERECHO HONORARIO?
R.- ORDENADA POR EL PRETOR LLAMABA A LOS SIGUIENTES HEREDEROS: EN PRIMER LUGAR A LOS LIBERI: OSEA LOS DESENDIENTES DEL DIFUNTO; TANTO LOS SUI COMO LOSQUE LO HUBIERAN SIDO DE NO HABER SALIDO DE LA FAMILIA, Y SIEMPRE QUE NO ESTUVIERAN BAJO LA POTESTAD DE OTRO; DE ESTA MANERA QUEDABAN INCLUIDOS TAMBIEN LOS EMANCIPADOS.
5.- EXPLIQUE LA SUCESION LEGITIMA DEL DERECHO IMPERIAL?
R.- DOS SENADOCONSULTOS, ELTERTULIANO Y EL ORFIVIANO, DEL SIGLO II DE NUESTRA ERA, JUNTO CON DOS CONSTITUCIONES POSTERIORES,UNA VALENTINIANA Y OTRA ANASTASIANA, CONTINUARON LA TENENCIA INICIADA POR EL PRETOR, DE INCLUIR A LOS COGNADOS TOMANDO EN CUENTA EL PARENTESCO DE SANGRE, QUE NO TUVO MAYOR RELEVANCIA EN EL ANTIGUO DERECHO CIVIL.
EL SENADOCONSULTO TERTULIANO LE DIO DERECHOS A LA MADRE EN LA SUSECION DE LOS HIJOS Y EL ORTIFICIANO OTORGO ESTA MISMA FACULTAD LOS HIJOS EN RELACION CON LA SUCESION DE LA MADRE.
LA CONSTITUCION VALENTINIANA; ADMITIO LA CONCURRENCIA DE LOSNIETOS NACIDOS DE UNA HIJA PREMUERTA, LA CONSTITUCION ANASTASIANA LLAMABA A LAS HERMANAS Y HERMANOS EMANCIPADOS A LA SUCESION DE HERMANO FALLECIDO.
6.- ¿SUCESION EN EL DERECHO JUSTINIANEO?
R= JUSTINIANO REGLAMENTO CASI TODO LO RELATIVO A ESTA MATERIA EN SUS NOVELAS 118 Y 127, SUSTITUYENDO A LA AGNACIÓN, EQUIPRANDO EN ESTE ASPECTO A HOMBRES Y MUJERES, TOMO EL PARESNTESCO POR AMBAS LINEAS.
ESTABLECIÓ CUATRO ORDENES DE HEREDEROS
EN PRIMER LUGAR A LOS DESCENDIENTES, EN SEGUNDO LUGAR LLAMABA AL PADRE O A LA MADRE, A LOS DEMAS ASCENDIENTES O A LOS HOMBRES CARNALES.
LA VIUDA (O) QUEDARON INCLUIDOS EN LA NOVELA 53, SIEMPRE QUE NO HUBIERA HABIDO DIVORCIO Y A FALTA DE LOS DEMAS FAMILIARES.
EN LA NOVELA 89 INCLUYO A LOS HIJOS NATURALES Y A LA CONCUBINA, CONCEDIENDOLES UNA SEXTA PARTE DE LA HERENCIA A CONDICIÓN DE QUE NO HUBIERA VIUDA, NI DESCENDIENTES EGÍTIMOS, EN CUYO CASO SOLO TENDRIAN DERECHO A UNA PENSIÓN ALIMENTIA.
7.- ¿SUCESION LEGITIMA DE LIBERTO?
R=ESTA SUCESIÓN SIEMPRE FUE OBJETO DE UNA REGLAMENTACIÓN ESPECIAL.
LAS XII TABLAS DISPONIAN QUE SI EL LIBERTO MORIA INTESTADO, LA HERENCIA PASARA A LOS HEREDES SUI Y DE NO TENERLOS PASARIA AL PATRONO, A SU DESCENDIENTES, A SUS AGNADOS MAS PRÓXIMOS O A LOS GENTILES DEL PATRONATO.
EL PRETOR DISPUSO QUE LA HERENCIA DE LIBERTO SE OFRECIERA PRIMERO A SUS DESCENDIENTES, EN SGUNDO TÉRMINO AL PATRONO Y A SUS AGNADOS Y GENTILES, EN TERCER LUGAR A LOS COGNADOS DEL LIBERTO, EN CUARTO TÉRMINO A LOS DEMAS FAMILIARES DEL PATRONO, NO INCLUIDOS EN EL SEGUNDO ORDEN, EN QUINTO LUGAR AL PATRONO DEL PATRONO, EN SEXTO A LA VIUDA (O) Y EN SÉPTIMO A LOS COGNADOS DEL PATRONO.
CON JUSTINIANO SE FIJO EL SIGUIENTE ORDEN:
EN PRIMER LUGAR LOS DESCENDIENTES DEL LIBERTO, EN SEGUNDO LUGAR EL PATRONO Y A SUS PARIENTES, EN TERCER LUGAR LOS COGNADOS DEL LIBERTO Y EN CUARTO Y ÚLTIMO EL CONYUGE SUPERVIVIENTE.
8.- EXPLIQUE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA.
R=LA SUCESIÓN SE PODÍA DEFINIR SIGUIENDO LA VOLUNTAD DEL CAUSANTE, DE ACUERDO CON LO QUE HUBIERA DISPUESTO EN SU TESTAMENTO, QUE SE PUEDE DEFINIR COMO EL ACTO JURÍDICO SOLEMNE, DE ÚLTIMA VOLUNTAD, POR EL CUAL UNA PERSONA INSTITUÍA HEREDERO O HEREDEROS, DISPONÍA DE SUS BIENES PARA DESPUÉS DE SU MUERTE, Y TAMBIÉN PODÍA INCLUIR OTRAS DISPOSICIONES, TALES COMO LEGADOS, FIDEICOMISOS, MANUMISIONES Y NOMBRAMIENTOS DE TUTORES Y DE CURADORES. PARA LOS ROMANOS EL TESTAMENTO CONSTITUYÓ UN ACTO MUY IMPORTANTE; EL HEREDERO TESTAMENTARIO NO SÓLO SUCEDÍA AL DE CUIUS EN SUS DERECHOS, SINO QUE DE ALGÚN MODO LO SUCEDÍA TAMBIÉN EN SUS RELACIONES SOCIALES Y RELIGIOSAS. POR ESO LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA PREVALECIÓ SIEMPRE SOBRE LA LEGÍTIMA, Y LA DOCTRINA ACONSEJÓ SIEMPRE LA INTERPRETACIÓN FAVORABLE – FAVOR TESTAMENTI – DE LA VOLUNTAD DEL TESTADOR EN CASO DE DUDA ACERCA DE LAS DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS, PARA NO RESTARLE VALIDEZ AL TESTAMENTO. EN ROMA EL TESTAMENTO REVISTIÓ DIVERSAS FORMAS, QUE FUERON VARIANDO SEGÚN LAS DISTINTAS FASES DE EVOLUCIÓN DEL DERECHO. EL DERECHO ANTIGUO RECONOCIÓ TRES FORMAS DE TESTAMENTARIAS, EL TESTAMENTO CALATIS COMITIS, REALIZADO ANTE LOS COMICIOS; EL TESTAMENTO IN PROCINCTU, FRENTE AL EJÉRCITO, EL TESTAMENTO PER AES ET LIBRAM O TESTAMENTO MANCIPATORIO.
9.- EXPLIQUE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA EN EL DERECHO HONORARIO.
R=LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA EN EL DERECHO HONORARIO, BONORUM POSSESSIO SECUNDUM TABULAS, EL PRETOR REDUJO LAS FORMALIDADES EXIGIDAS POR EL DERECHO CIVIL, Y ASÍ APARECIÓ EL TESTAMENTO PRETORIO, QUE DEBÍA CONSTAR EN UN DOCUMENTO QUE CONTUVIERA LA SIGNACIÓN DEL HEREDERO Y LOS SELLOS DE SIETE TESTIGOS, SIN EXIGIRSE YA EL RITO DE LA MANCIPATIO. EL BONORUM POSSESSOR TENÍA UNA EXCEPTIO DOLI FRENTE AL HEREDERO CIVIL INTESTADO QUE RECLAMA LA HERENCIA.
10.- EXPLIQUE LA ASOCIACION TESTAMENTARIA EN EL DERECHO IMPERIAL
R=DOS SENADOCONSULTOS, EL TERTULIANO Y EL ORFIOLIANO, DEL SIGLO 11 DE NUESTRA ERA, JUNTO CON DOS CONSTITUCIONES POSTERIORES , UNA VALENCIANA Y LA OTRA ANESTESIAN, NO EXISTIÓ EN EL DERECHO ANTIGUO LA SUCESIÓN GRADÚAN O SUCESIÓN ENTRE VARIOS GRADOS LA PORCIÓN QUE EL EMANCIPADO DEBÍA PROMETER SEGÚN EL CASO , DEBIENDO IGUALAR A LA
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