Derecho de la Haya
Enviado por juanda0317 • 14 de Marzo de 2017 • Documentos de Investigación • 874 Palabras (4 Páginas) • 565 Visitas
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Derecho de la Haya[pic 7]
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El derecho de la haya tiene sus raíces en 1868 con la declaración de San Petersburgo donde se restringe el uso de ciertas armas durante un conflicto bélico.
Poco después en 1899 se ejecutó la primera convención oficial de la haya, inspirados en la conferencia de 1874 propuesta por el zar Alejandro II y se trató la limitación de armamentos. Aunque no se alcanzó a resolver el tema de armamento se lograron concluir temas como la creación de un tribunal internacional de arbitraje.
A raíz de que no se concluyó el tema de la limitación de armamento, surgió la necesidad de una segunda conferencia, por lo que en 1904 se le sugirió al presidente Theodore Roosevelt empezar a convocar los contactos para una segunda conferencia.
La conferencia se pudo llevar a cabo 3 años después en 1907, dado los invidentes ocurridos, como la guerra ruso-japonesa en 1905, y fue en 1906 cuando el gobierno ruso mediante su consejero privado el profesor Martens convoca una segunda conferencia, con el fin de tratar los temas que no se alcanzó en la primera conferencia (1899)
Fue así como el 15 de junio de 1907 se dio inicio a la segunda conferencia de la haya, donde se trataron temas como Los derechos y deberes de los países neutrales, el bombardeo naval, la colocación de minas submarinas de contacto automático, las costumbres y las condiciones en virtud de las cuales los navíos mercantes podían pasar a ser barcos de guerra.
Esta conferencia tuvo la participación de 41 naciones de todo el mundo, y es en esta conferencia donde se consolida la clausula Martens.[pic 9][pic 10]
La Clausula Martens se introdujo en la segunda convención de la haya sobre leyes y costumbres de la guerra terrestre, La cláusula tomó su nombre de una declaración leída por Fyodor Fyodorovich Martens, el delegado ruso en las Conferencias de Paz de La Haya del año 1899 y se basó en sus palabras:
“Hasta que un Código más completo de las Leyes de guerra se emita, las Altas Partes Contratantes juzgan oportuno declarar que, en los casos no incluidos en las disposiciones reglamentarias adoptadas por ellas, las poblaciones y los beligerantes quedan bajo la protección y el imperio de los principios del derecho internacional, tal como resultan de los usos establecidos entre naciones civilizadas, de las leyes de la humanidad y las exigencias de la conciencia pública”
Convención con respecto a las leyes de la guerra terrestre (la Haya II), 29 de julio del año 1899.
La cláusula Martens permite ir más allá del derecho convencional y de la costumbre para invocar los principios de humanidad y los dictados de la conciencia pública.
Esta interpretación cuenta con el apoyo del Comité de Derecho Internacional, que declara la cláusula Martens estipula que, incluso en los casos no contemplados por acuerdos internacionales específicos, las personas civiles y los beligerantes permanecen bajo la garantía y el régimen de los principios del derecho internacional preconizados por los usos establecidos, los principios de humanidad y los dictados de la conciencia pública” [14 ] .
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