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Derecho latino Trabajo practico CBC 2015


Enviado por   •  22 de Agosto de 2015  •  Trabajo  •  772 Palabras (4 Páginas)  •  220 Visitas

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DEBATE PARLAMENTARIO LEY 24788: Prohibición de Expendio Bebidas Alcohólicas Menores 18 años.

El análisis del proyecto comenzó el 17/07/1996 en la cámara de senadores y se comienza la sesión con el dictamen de la comisión que sintetiza todos los artículos del proyecto. El fundamento principal es impedir que los locales vendan bebidas alcohólicas a menores. En caso de reincidencia, la clausura del local será definitiva. Se da por sancionado el proyecto de ley y se envía el mismo a la cámara de Diputados.

Es tratado el 28/11/1996. Las comisiones a cargo, consideran necesario hacer modificaciones para que sea más abarcadora sobre el tema. Se debatió los siguientes art. Antes de la votación. Art 5: Boero propone que la leyenda adviertan que el abuso, de alcohol, puede ser negativo para la salud y las mujeres embarazadas. Córtese: Sugiere que, la leyenda, exprese que la ingesta en exceso puede ser perjudicial, pero no en dosis moderadas. Se aprobó el artículo, pero sin modificaciones. Art 12: Polino propone que se incorpore a las entidades de medicina prepaga. Se vota afirmativamente con las modificaciones. Art 17: Bullrich considera que el art. modifica la ley 24.449 (ley de transito). Por cuestiones culturales, propone que el límite de 5 g por cada 1000 cm cúbicos, sea elevado a 8 g por 1000 cm cúbicos. Para Corchuelo no hay que privilegiar a temas culturales, sino prevenir los accidentes de tránsito. Propone que se mantenga la redacción del artículo. Se aprueba sin modificaciones. Art 22: Alvarez propone modificar la redacción, que la ley tenga vigencia en todo el país, con la excepción del art. 17, a la cual cada provincia adherirá conforme al art. 91 de la ley 24.419. Polino Propone incluir la palabra "y la ciudad de Buenos Aires". Se aprueba junto con las modificaciones

Una vez consideradas todas estas variaciones y sometidas a votación el Sr Presidente (López Arias) da por sancionado el proyecto de ley.

El tema fue tratado el día 05/03/1997 en la cámara de senadores se procedió a leer el proyecto enviado por ellos en 1996 a la cámara de Diputados y luego el que esta devolvió con todas sus modificaciones. Finalizada la lectura se dio lugar a un debate iniciado por Branda, senador de Formosa, sostiene que el alcoholismo es un flagelo superior que la drogadicción, además explica que pone al individuo en una situación marginal, esta situación se agrava cuando el que consume es un menor. Considera que se deben prevenir los accidentes de tránsito, por tal motivo en el art. 17 queda prohibido conducir a aquellos que hayan ingerido grandes cantidades de alcohol. El bloque de la Unión Cívica Radical anticipa su voto positivo pero sin embargo hace referencia a los lugares

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