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Derecho penal, la dogmática jurídico penal y sus elementos


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2022  •  Ensayo  •  4.078 Palabras (17 Páginas)  •  52 Visitas

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UNIVERSIDAD DE SUCRE

Profesor: Harold Ardila zapata

Alumno: Jose Alejandro Bertel Bertel

Área: derecho penal

Fecha: 15/11/2022

Adjunto al presente les suministro documento del Dr. Carlos Arturo Gómez Pavaejau el cual hace un contexto muy amplio y fácil de entender con relación a la dogmática jurídico penal como abrebocas al tema principal de los esquemas del delito.

Con dicho escrito deberán leerlo de la página 1 a la 71 (primer párrafo de esta última página) y en el cual deberán realizar un trabajo concerniente a un extracto (resumen) de dicha lectura en la cual expliquen:

  1. La dogmática jurídico penal y sus elementos

la dogmática jurídico penal y sus elementos

a continuación, la dogmática jurídico-penal es una obra del llamado positivismo jurídico se deduce, resumiremos el tema de la dogmática jurídico penal, abarcando distintos enfoques con un mismo objetivo, tratar de explicar de manera general que es la dogmática jurídico penal o donde nace, que busca, que bases tiene, que reglas tiene.

Ahora bien, la dogmática es un movimiento que nace y se inscribe principalmente en el ámbito del positivismo jurídico. La dogmática está referida, sobre todo según cuentan en los inicios, a la ley positiva del estado, a la norma penal. Esto teniendo unas razones históricas y filosóficas. Lo que quiere decir, que la dogmática penal es, algunos hablan de una técnica, algunos dicen que es una ciencia, especialmente en su nacimiento y evolución se hace con pretensiones científicas, otros dicen que es una metodología a partir de la cual se sientan los presupuestos de la responsabilidad penal, a través de una interpretación racional de la ley que permita la construcción sistemática de la teoría del delito,

Cabe aclarar, que la palabra dogmática viene de dogma y ese dogma estaba referido al dogma de la ley. Cabe resaltar, que la dogmática implica que la construcción de la teoría del delito debe hacerse a partir de la norma penal vigente en el estado, por eso debe quedar claro que el pensamiento dogmático siempre implica un pensamiento sistemático, pero no todo pensamiento sistemático significa que nos estemos ubicando en la dogmática penal. Entonces la dogmática es la construcción sistemática a partir de la norma positiva del estado. Lo que se busca con la dogmática jurídico penal es que las decisiones judiciales no sean azarosas, que las decisiones judiciales que tienen que ver con un sistema sean predecibles y que la decisión sobre un caso que tome un juez por ejemplo de la guajira citan, y un juez de las amazonas, sea, guardada las proposiciones, la misma. Siendo así, la dogmática jurídico penal cumple una importantísima misión en orden de garantizar la seguridad jurídica. Ahora sí, la dogmática jurídico penal dicen los autores que han trabajado que hablar de dogmática en serio, se remonta a partir del año 1865, cuando se presenta una importantísima discusión entre unos autores de derecho penal y otros de derecho civil, principalmente, puesto que la dogmática como tal resulta como un instrumento, sin duda alguna, de manera consistente, porque va definiendo de una manera muy clara que es lo que resulta relevante para el derecho penal, que es lo que resulta contrario o no a derecho, y que es lo que resulta reprochable desde un punto de vista ético-jurídico. Citando, una definición que complementa de gran manera lo que se ha dicho anteriormente, “Es una ciencia que busca la interrelación orgánica de las normas, la sistematicidad de los conceptos a partir de la lógica formal, pero también a partir de la lógica material como modernamente debe ser entendida. Entonces ya no es cada quien resuelve su caso por su lado, caso por caso, por medio de la intuición, lo que conduce, sin duda alguna, a las decisiones “secundum marranus”, “según el marrano”, sino que de una u otra forma la dogmática obliga a que de manera irrefutable el juez tenga que justificar sus decisiones de una manera muy clara, no de la perspectiva meramente casuística, sino de perspectivas que introduzcan racionalidad a la decisión judicial. Y la mayor racionalidad se introduce a través del sistema, aun cuando, como modernamente se ha entendido y para aspectos ya de justicia material, también las soluciones tópicas son necesarias; no opera solamente la sistematicidad, sino que también existe una constelación de casos que nos dicen cómo se solucionan los problemas.” (pag.  33, 34) lo que quiere decir que la dogmática es un instrumento antes que cualquier disquisición sobre el mismo, una herramienta para los jueces.

La dogmática jurídico penal tiene como bases en su origen, en lo que se conoce como la jurisprudencia de conceptos principalmente, y en la jurisprudencia de interés que tuvo gran influencia en una época posterior a la teoría de la jurisprudencia de conceptos. Podríamos decir que la sistemática es la base fundamental sobre la cual se soporta la dogmática, y que sin sistemática no puede existir dogmática, resaltando que el dogma de la ley, a partir de la norma, se inscribió también el positivismo jurídico.  

En concordancia, la dogmática jurídico penal tiene tres (3) reglas:

la primera regla es la sujeción a la ley. Para hacer dogmática, sin duda alguna, tenemos que partir de la ley.          

La segunda regla, la dogmática busca, sin duda alguna, la justicia del caso; servir para que en la praxis judicial la justicia aplique esos institutos vertidos posteriormente en reglas, en orden a obtener decisiones judiciales.

La tercera regla, la dogmática implica la sistematicidad del derecho. Cuando hablamos de la sistematicidad del derecho, obviamente, lo que estamos diciendo es que una cosa es la ley y otra cosa es lo que surja de la ley por medio del ejercicio dogmático que de la misma se haga. Entonces como reglas dogmáticas tenemos como primera, la sujeción a la ley, la justicia del caso y la sistematicidad del derecho.

Elementos o criterios básicos: estos son algunos criterios, que sirven de elementos de la dogmática jurídico penal, puesto que le da fundamentación son los siguientes, y tratan de esto.

Primero elemento utilidad; es útil a la labor de los fiscales y los jueces, sirve como herramienta.  

Segundo elemento consistencia: significa que los fallos judiciales y la definición de los conflictos se enmarcan dentro de los criterios racionales y razonables y no dependientes de la intuición. Consistente porque va definiendo de una manera muy clara que es lo que resulta relevante para el derecho penal, que es lo que resulta contrario o no a derecho, y que es lo que resulta reprochable o no reprochable desde un punto de vista ético-Jurídico.  

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