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Describe La Importarcia Del Nacionalismo Que El Estado Desarrollista Manejó.


Enviado por   •  17 de Mayo de 2013  •  1.019 Palabras (5 Páginas)  •  465 Visitas

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EL ARTÍCULO 3° DE LA CONSTITUCIÓN

Se manifiesta la necesidad del Congreso Constituyente de 1917 de plantear el papel de la educación y de que se permitiera cumplir los objetivos emanados de la lucha revolucionaria.

Las posiciones expresadas en torno al artículo 3° y su concepción educativa pueden ser contrastadas con los enfoques teóricos que sobre el hecho educativo.

CARACTERÍSTICAS DE LA EDUCAIÓN PUÚBLICA EN MÉXICO

La creación de un estado de derecho basado en la soberanía del pueblo, la subordinación de todo ejercicio del poder de la ley, formación de un régimen de libertades para los individuos, constituían una serie de principios que para establecerse, suponían la abolición de un orden social de privilegios concentrados en las dos entidades detectadoras del poder social: la iglesia y el ejército.

Durante la época colonial la instrucción había correspondido a los planes de enseñanza concebidos desde la metrópoli para la totalidad de los territorios dominados. Los objetivos religiosos determinan su contenido de acuerdo básicamente a dos principios:

a) Proporcionar la formación teológica prevaleciente en la España de la época.

b) Formar raíces tendientes a mantener una organización social legitimada sobre una concepción sobrenatural del poder y de la sociedad.

“ La instrucción como necesaria a todos los ciudadanos debe ser favorecida por la sociedad con todo su poder”.

El proyecto político ideado por José María Luisa Mora supone cambios tendientes al establecimiento de una sociedad libre colocada por el privilegio del clero y la milicia, movida hacia su transformación pública, independiente de la Iglesia y capaz de extenderse a las más amplias clases populares.

La idea de Mora acerca de la educación aparece íntimamente vinculada a su concepción de la política. Entiende que no es posible pensar en la formación de una sociedad de hombres libres sin un proceso previo.

La noción de la educación pública tiene para el Dr. Mora un interés sobresaliente. Le preocupa que los establecimientos educativos preparen al individuo en el aprendizaje de sus deberes religiosos, pero “nada se le hala de la patria, de deberes civiles, de los principios de la justicia y del honor; no se le instruye en la historia ni se le hacen lecturas de la vida de los grandes hombres, a pesar de que todo se halla mas en relación con el género de vida a que están destinados la mayor parte de los educandos”.

Señala la existencia de las necesidades sociales que no resultan satisfechas debido a la carencia de individuos capacitados para atenderlas. Los tres principios expuestos por Mora, en los cuales se baso la acción educativa del gobierno de Farías, que orientaron las importantes decisiones políticas de la pre reforma en materia educativa fueron los siguientes:

1. Destruir cuanto era inútil y perjudicial a la educación y enseñanza.

2. Establecer esta conformidad con las necesidades determinadas por el nuevo estado social; y

3. Difundir entre las masas los medios más precisos en indispensables de aprender.

La educación, era entendida como el motor fundamental para la formación de la sociedad civil.

APECTOS DEL ARTÍCULO 3° CONSTITUCIONAL

“ Art. 3°. La enseñanza es libre. La ley determinará qué profesiones necesitan titulo para su ejercicios y con qué requisitos se deben expedir.”

1. El derecho universal

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