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Devora Esther García García, promoviendo por mi propio derecho autorizando a los licenciados en Derecho Ivonne Fabian Miguel


Enviado por   •  11 de Febrero de 2018  •  Tarea  •  721 Palabras (3 Páginas)  •  126 Visitas

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DEVORA ESTHER GARCÍA GARCÍA        

VS                        

         JOSE CARLOS AMBRIZ FABIAN                

                                                        JUICIO: CONTROVERSIAS DEL ORDEN FAMILIAR        

C. JUEZ DE LO FAMILIAR

DEL DISTRITO FEDERAL

EN TURNO

PRESENTE

Devora Esther García García, promoviendo por mi propio derecho autorizando a los licenciados en Derecho Ivonne Fabian Miguel, Rubí Morales Martínez, Alan Boris Zavala Palma y Marco Antonio López Ramírez, con cedulas profesionales 1234567, 9458712, 6120984 y 6350789, respectivamente en términos del artículo 112, párrafo cuarto y párrafo quinto del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y a los C.C María Josefina López García, Maricela Cabral Cortes y Ernesto Cuevas Martínez y José Antonio Méndez Fabian, en términos del mismo artículo, octavo párrafo, del mismo ordenamiento legal, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Eje 9 Sur 623 Interior 82, Colonia Lomas Estrella tercera sección, CP 09880, Delegación Iztapalapa, Distrito Federal, ante usted con el debido respeto, comparezco para exponer.

Que en la vía Ordinaria Civil vengo a demandar al Señor José Carlos Ambriz Fabian, con domicilio ubicado en la Unidad Habitacional Sabadell #50 edificio 14, departamento  52, CP 09850, Delegación Iztapalapa, en México Distrito Federal; las siguientes:

PRESTACIONES

  1. Pensión Alimenticia para el menor Fabian Ambriz García hijo del demandado, quien tiene una discapacidad, para esto se solicita una pensión alimenticia del 50% del salario del demandado, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el articulo 311 BIS, del Código Civil para el Distrito Federal
  2. Pensión alimenticia del 30% del salario para la suscrita demandante, conforme a lo señalado en los artículo 291 QUINTUS y 302, en la Ley Sustantiva Civil de esta Ciudad.
  3. La indemnización que conforme a Derecho proceda para la demandante, lo anterior en atención a lo dispuesto en el artículo 291 BIS de la Ley Sustantiva ya mencionada
  4. El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine en términos de lo señalado en el artículo 140 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal

Fundo y motivo el presente en las siguientes consideraciones de hecho y derecho

1.- La suscrita demandante conoció al señor José Carlos Ambriz Fabian en Enero de 2005 dos mil cinco, lo que dio origen a una amistad entre los dos, derivado de esta a los 4 cuatro meses, el demandado decidió mantener una relación más formal por lo cual este le propuso ser su novio, a lo cual la suscrita accedió

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