Dictamen Para Efectos Fiscales
Enviado por M CAPUCHINO • 4 de Marzo de 2015 • 1.706 Palabras (7 Páginas) • 290 Visitas
DICTAMEN PARA EFECTOS FISCALES
El dictamen fiscal surgió en 1959, simultáneamente al establecimiento de la Administración Fiscal Federal, y como una opción para: “evitar molestias innecesarias o infundadas a los contribuyentes cumplidos”, con el fin de “permitir al fisco orientar su acción contra los defraudadores que ocasionan problemas de trascendencia para el desarrollo de nuestra economía” y no, como imprecisamente señala la exposición de motivos de la iniciativa presidencial presentada el 8 de septiembre de 2013, “como medio para facilitar a la autoridad hacendaria la fiscalización”.
De acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT) están activos 8,052 contadores que revisan a 92,750 contribuyentes. Conservadoramente, podemos decir que existen alrededor de 56,000 profesionistas independientes dedicados a la emisión de dictámenes fiscales, si asumimos que cada contador requiere, al menos, un equipo de seis personas.
Como resultado del trabajo de esas personas, el fisco recibió de 2005 a 2010 un promedio anual de $17,910 millones, según datos proporcionados por el SAT.
Resulta interesante destacar el año 2010. Este fue el último año en que la autoridad dio información sobre lo recaudado por el dictamen fiscal y el primer año en que fue opcional dictaminar, ya que hasta 2009 era obligatorio para determinados contribuyentes dictaminar sus estados financieros.
Lo interesante de ese año fue una reducción importante en la recaudación por dictamen con respecto al año anterior; desafortunadamente, no tenemos más análisis de esto, pero todo parece indicar que el cliente corrige su situación fiscal antes de presentar el dictamen fiscal, para que no existan observaciones de parte del contador y esto es lo que da lugar al incremento en la recaudación por dictamen. Por su parte, el SAT cuenta con 9,451 empleados encargados de fiscalizar a 38.4 millones contribuyentes, de los cuales 1.5 millones son personas morales.
A todas luces, el músculo fiscalizador de la autoridad es insuficiente, no solo para fiscalizar a los contribuyentes registrados, sino, lo más apremiante, para regularizar a los participantes en la economía informal, que crece geométricamente, para llegar, en la actualidad a representar 60% de la población económicamente activa. Por lo tanto, eliminar el dictamen fiscal en nada ayudará en a mejorar la recaudación fiscal.
El dictamen fiscal de estados financieros será opcional, pero sólo para quienes tengan ingresos gravables superiores a 100 millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior y para sujetos con activos superiores a 79 millones de pesos, o un mínimo de 300 empleados al mes, según el dictamen aprobado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público en la Cámara de Diputados.
En él, se adecúa el marco sancionatorio al quitar el registro por tres años a aquellos Contadores Públicos cuyas contribuciones dictaminadas presenten una diferencia superior a 15 por ciento, respecto a las determinaciones de la autoridad obtenidas en auditoría.
Pablo Puga, de la Comisión Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), dijo que se mantiene el esquema de transición para los dictámenes presentados en términos de la legislación fiscal vigente al 31 de diciembre de este año, a los que les serán aplicables las disposiciones en vigor hasta esa fecha.
En el dictamen de la Comisión de Hacienda en la Cámara de Diputados se destaca, en materia del Código Fiscal de la Federación (CFF), la incorporación de la facultad de la autoridad fiscal de generar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con base en la CURP.
En cuanto a la responsabilidad penal de administradores, contadores y profesionistas prevalecen los supuestos de omisión y la propuesta de acción que conduzca al delito dentro de las responsabilidades penales, “pero acotadas, y sin estigmatizar”.
Además, se eliminan las propuestas de responsabilidad penal de las personas morales; no se aprueba la propuesta del Ejecutivo en cuanto a la cláusula anti-elusión y se establece una transitoriedad para aplicar la notificación mediante buzón electrónico. Para las personas morales será desde el 30 de junio de 2014 y para las físicas desde el 1 de enero de 2015.
Puga consideró preocupante que en la reforma al CFF y en la hacendaria, la definición de muchos conceptos se deja en manos de la autoridad.
“La reforma establece principios, reglas y obligaciones, y en la definición de muchos temas se deja que la autoridad mediante reglas de carácter general, los defina posteriormente en la miscelánea”.
La eliminación del dictamen fiscal propuesta en la iniciativa de reforma hacendaria enviada por el Ejecutivo, podría disminuir la recaudación tributaria en por lo menos 18 mil millones de pesos, afirmó el presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Carlos Cárdenas. “Esa es la cifra de ingresos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha registrado en promedio en los últimos 5 años para los meses en que se ha presentado el dictamen fiscal, pero faltaría agregar lo que no queda registrado”, indicó. Explicó que si al hacer una auditoría, se detecta que un contribuyente hizo una operación con un tratamiento incorrecto, porque no cumple con lo que la Ley marca, el auditor le pide corregir y en la mayoría de los casos se hace el cambio, sin que quede registro de ello. Entrevistado por El Financiero, dijo que con el dictamen fiscal el SAT “tiene a su servicio toda una fuerza, una contabilidad pública certificada, haciendo un trabajo de revisión del cumplimiento de obligaciones fiscales que no
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