EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA
Enviado por yuliannymajano • 17 de Marzo de 2012 • Documentos de Investigación • 9.978 Palabras (40 Páginas) • 481 Visitas
REPÚBLICA DE VENEZUELA
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA 1961
Y LAS REFORMAS DE 1983
Cortesía de:
http://marval.tripod.com.ve
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA
Requerido el voto de las Asambleas Legislativas de los Estados Anzoátegui, Apure, Aragua, Barinas, Bolívar, Carabobo, Cojedes, Falcón, Guárico, Lara, Mérida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta, Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo, Yaracuy y Zulia, y visto el resultado favorable del escrutinio.
En representación del pueblo venezolano, para quien invoca la protección de Dios Todopoderoso; Con el propósito de mantener la independencia y la integridad territorial de la Nación, fortalecer su unidad, asegurar la libertad, la paz y la estabilidad de las instituciones; Proteger y enaltecer el trabajo, amparar la dignidad humana, promover el bienestar general y al seguridad social; lograr la participación equitativa de todos en el disfrute de la riqueza, según los principios de la justicia social, y fomentar el desarrollo de la economía al servicio del hombre; Mantener la igualdad social y jurídica, sin discriminaciones derivadas de raza, sexo, credo o condición social; Cooperar con las demás naciones y, de modo especial, con las Repúblicas hermanas del continente, en los fines de la comunidad internacional, sobre la base del recíproco respeto de las soberanías, la autodeterminación de los pueblos, la garantía universal de los derechos individuales y socia- les de la persona humana, y el repudio de la guerra, de la conquista y del predominio económico como instrumento de política internacional; Sustentar el orden democrático como único e irrenunciable medio de asegurar los derechos y la dignidad de los ciudadanos, y favorecer pacíficamente su extensión a todos los pueblos de la tierra; Y conservar y acrecer el patrimonio moral e histórico de la Nación, forjado por el pueblo en sus luchas por la libertad y la justicia y por el pensamiento y la acción de los grandes servidores de la Patria, cuya expresión más alta es Simón Bolívar, el Libertador.
Decreta la siguiente:
CONSTITUCIÓN
TÍTULO I
DE LA REPÚBLICA, SU TERRITORIO Y SU DIVISIÓN POLÍTICA
Capítulo I
Disposiciones fundamentales
Art. 1. La República de Venezuela es para siempre e irrevocablemente libre e independiente de toda dominación o protección de potencia extranjera.
Art. 2. La República de Venezuela es un estado federal, en los términos consagrados por esta Constitución.
Art. 3. El gobierno de la República de Venezuela es y será siempre democrático, representativo, responsable y alternativo.
Art. 4. La soberanía reside en el pueblo, quien la ejerce, mediante el sufragio, por los órganos del Poder Público.
Art. 5. La bandera nacional, con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional, "Gloria al bravo pueblo", y el escudo de armas de la República, son los símbolos de la patria. La ley determinará sus características y reglamentará su uso.
Art. 6. El idioma oficial es el castellano.
Capítulo II
Del territorio y la división política
Art. 7. El territorio nacional es el que correspondía a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada en 1810,, con las modificaciones resultantes de los tratados celebrados válidamente por la República. La soberanía, autoridad y vigilancia sobre el mar territorial, la zona marítima contigua, la plataforma continental y el espacio aéreo, así como el dominio y explotación de los bienes y recursos en ellos contenidos, se ejercerán en la extensión y condiciones que determine la ley.
Art. 8. El territorio nacional no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado ni en forma alguna enajenado, ni aun temporal o parcialmente, a potencia extranjera. Los Estados extranjeros sólo podrán adquirir, dentro del área que se determine, mediante garantías de reciprocidad y con las limitaciones que establezca la ley, los inmuebles necesarios para sedes de sus representaciones diplomáticas o consulares. La adquisición de inmuebles por organismos internacionales sólo podrá autorizarse mediante las condiciones y restricciones que establezca la ley. En todos estos casos quedará siempre a salvo la soberanía sobre el suelo.
Art. 9. El territorio nacional se divide, para los fines de la organización política de la República, en el de los Estados, el Distrito Federal, los Territorios Federales y las Dependencias Federales.
Art. 10. Los Estados podrán fusionarse, modificar sus actuales límites y acordarse compensaciones o cesiones de territorio mediante convenios aprobados por sus Asambleas Legislativas y ratificados por el Senado.
Las modificaciones de límites, compensaciones o cesiones de territorio entre el Distrito Federal o los Territorios o Dependencias Federales y los Estados podrán realizarse por convenios entre el Ejecutivo Nacional y los respectivos Estados, ratificados por las correspondientes Asambleas Legislativas y por el Senado.
Art. 11. La ciudad de Caracas es la capital de la República y el asiento permanente de los órganos supremos del Poder Nacional. Lo dispuesto en este artículo no impide el ejercicio transitorio del Poder Nacional en otros lugares de la República. Una ley especial podrá coordinar las distintas jurisdicciones existentes dentro del área metropolitana de Caracas, sin menoscabo de la autonomía municipal.
Art. 12. El Distrito Federal y los Territorios Federales serán organizados por leyes orgánicas, en las cuales se dejará a salvo la autonomía municipal.
Art. 13. Por ley especial podrá darse a un Territorio Federal categoría de Estado, asignándole la totalidad o una parte de la superficie del Territorio respectivo.
Art. 14. Son Dependencias Federales las porciones del territorio de la República no comprendidas dentro de los Estados, Territorios y Distrito Federal, así como las islas que se formen o aparezcan en el mar territorial o en el que cubra la plataforma continental. Su régimen y administración serán establecidos por la ley.
Art. 15. La ley podrá establecer un régimen jurídico especial para aquellos territorios que, por libre determinación de sus habitantes y con la aceptación del Congreso, se incorporen al de la República.
Capítulo III
De los Estados
Art. 16. Los Estados son autónomos e iguales como entidades políticas. Están obligados a mantener la
...