EL NUEVO CASO GESTION OPERATIVA DEL COMERCIO
Enviado por Celina Ascencio • 19 de Diciembre de 2015 • Ensayo • 409 Palabras (2 Páginas) • 343 Visitas
Nombre: Celina Esmeralda Ascencio Renderos.
Edad: 27 años.
Formación Universitaria: MBA + Master en Comercio Internacional.
Experiencia: 2 Años y medio en elaboración de planes financieros de compras, reabastecimiento de productos, análisis de inventarios, tendencias de ventas de moda y básicos para la empresa retail (Siman).
¿Por qué RST no quiere aceptar la venta en condiciones EXW?
Debido a que RST desea tener mas control sobre las condiciones, entrega de productos/mercancías, transporte, etc ya que EXW solamente tendría responsabilidad del embalaje. Además debido a que el vendedor se desliga de todos los problemas logísticos esto nos ayuda suponer que se podría vender a un precio inferior. También cuando se establecen los términos entre ambas partes (EXW), en muchas ocasiones el exportador asume la responsabilidad de la carga en sus instalaciones, por tanto, si se tiene una carga incorrecta y se estiba la mercancía y sufre daño, será responsabilidad del vendedor asumir dicha responsabilidad.
¿Algún comentario respecto a los documentos requeridos por EAV para aceptación del pago? El cliente como vendedor elige de medio de pago un CD (crédito documentario) emitido por el BIAT con pagos aplazados a los 120 días de la entrega de la mercancía. Este es un medio de pago seguro y eficiente ya que brindan confianza y seguridad para ambas partes. Además hay otro aspecto que se emiten por la compañía una vez que las mercancías han sido cargadas, esto es el recibo “bill of landing” que sirve como prueba de seguros de envió, bajo los incoterms como CFR y FOB, lo que permite que el que posea dicho recibo acredita la posesión de la mercancía. Además cabe mencionar que en el CD se encontró una no conformidad con la fecha de envío ya que fue tardía, sin embargo el comprador fue avisado y él acepto realizar la operación fuera de la fecha acordada.
¿Tiene razón EAV en su reclamación?
No la tiene, ya que la compra-venta se realizó FOB Barcelona y la mercancía fue embarcada correctamente y los daños que se causaron fueron luego cuando ya era responsabilidad absoluta del comprador.
¿Cuál sugieren que sea/n el/los Incoterms más apropiado/s a utilizar, para evitar que se pueda presentar una situación como esta?
Podría sugerir utilizar un incoterm que incluya un seguro como el CIP o CIF y así poder tener un respaldo económico ante cualquier pérdida.
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