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EL NUEVO CASO GESTION OPERATIVA DEL COMERCIO


Enviado por   •  19 de Diciembre de 2015  •  Ensayo  •  409 Palabras (2 Páginas)  •  343 Visitas

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Nombre: Celina Esmeralda Ascencio Renderos.

Edad: 27 años.

Formación Universitaria: MBA + Master en Comercio Internacional.

Experiencia: 2 Años y medio en elaboración de planes financieros de compras, reabastecimiento de productos, análisis de inventarios, tendencias de ventas de moda y básicos para la empresa retail (Siman).

¿Por qué RST no quiere aceptar la venta en condiciones EXW?  

Debido a que RST desea tener mas control sobre las condiciones, entrega de productos/mercancías, transporte, etc ya que EXW solamente tendría responsabilidad del embalaje. Además debido a que el vendedor se desliga de todos los problemas logísticos esto nos ayuda suponer que se podría vender a un precio inferior. También cuando se establecen los términos entre ambas partes (EXW), en muchas ocasiones el exportador asume la responsabilidad de  la carga  en sus instalaciones, por tanto, si se tiene una carga incorrecta y se estiba la mercancía y sufre daño, será responsabilidad del vendedor asumir dicha responsabilidad.

¿Algún comentario respecto a los documentos requeridos por EAV para aceptación  del pago?  El cliente como vendedor elige de medio de pago un CD (crédito documentario) emitido por el BIAT con pagos aplazados a los 120 días de la entrega de la mercancía. Este es un medio de pago seguro y eficiente ya que brindan confianza y seguridad para ambas partes. Además hay otro aspecto que se emiten  por la compañía una vez  que las mercancías han sido cargadas, esto es el recibo “bill of landing”  que  sirve como prueba de seguros de envió, bajo los incoterms como  CFR y FOB, lo que permite que el que posea dicho recibo acredita  la posesión  de la mercancía. Además cabe mencionar que en el CD se encontró una no conformidad         con la fecha de envío ya que fue tardía, sin embargo  el comprador fue avisado y él acepto realizar la operación fuera de la fecha acordada.

¿Tiene razón EAV en su reclamación?  

No la tiene, ya que la compra-venta se realizó FOB Barcelona y la mercancía fue embarcada correctamente y los daños que se causaron fueron luego cuando ya era  responsabilidad absoluta del comprador.

¿Cuál sugieren que sea/n el/los Incoterms más apropiado/s a utilizar, para evitar que  se pueda presentar una situación como esta?

Podría sugerir utilizar un incoterm  que incluya un seguro  como el CIP o CIF y así poder tener un respaldo económico ante cualquier pérdida.

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