EL PARENTESCO
Enviado por cecyliarob • 22 de Noviembre de 2011 • 425 Palabras (2 Páginas) • 2.272 Visitas
1.- ¿Qué relación hay entre el parentesco y el matrimonio y el parentesco y la adopción?
• Relación entre parentesco y el matrimonio (art 271 C.C.CHIHUAHUA) la relación que existe es el PARENTESCO DE AFINIDAD,); que es el que se contrae por el matrimonio entre el varón y los parientes de la mujer, y la mujer con los parientes del varón.
• Relación entre parentesco y la adopción (art 272 C.C.CH.), es el PARENTESCO CIVIL el cual nace de la adopción entre el adoptado, el adoptante y los parientes de éste
2.- ¿Cuándo hay parentesco consanguíneo en Chihuahua?
Existe entre personas que descienden de un mismo progenitor (art 270 C.C.CH.)
3.- ¿Cuándo hay parentesco por afinidad? Mencione un ejemplo
El parentesco por afinidad es el que se contrae por el matrimonio, entre el varón y los parientes de la mujer , y entre la mujer y los parientes del varón, un ejemplo de ello serían los cuñados, suegros, tíos políticos.
4.- ¿Cuándo hay parentesco civil, de conformidad con la legislación local? Mencione un ejemplo
La adopción establece parentesco llamado “parentesco civil” o por adopción entre el adoptado y el adoptante, así como entre el adoptado y la familia del adoptante
A este parentesco se le llama civil porque surge con independencia de la consanguinidad, es creado exclusivamente por el derecho.
5.- ¿Qué tipo de relación parental existe entre el marido y mujer? ¿Por qué?
En nuestra legislación no existe ningún tipo de relación parental entre marido y mujer, porque lo único que existe es un contrato de matrimonio.
PROBLEMA 1
Las personas A y B deciden vivir en unión libre y tener un hijo. ¿Qué relación jurídica existe entre B y la familia de A? Cualquiera que sea su respuesta, explíquela
No existe ninguna relación jurídica, toda vez de que el Código Civil de nuestro Estado no contempla parentesco alguno, ya que como lo menciona el artículo 271 de Código Civil de nuestro Estado, el parentesco por afinidad se da únicamente cuando se contrae matrimonio y como en el caso de A y B no se ha cumplido con la exigencia que menciona dicho artículo, entonces tenemos que no existe relación jurídica alguna entre B con la familia de A.
Sin embargo, pienso que aun y cuando en teoría no existe el parentesco por afinidad, en la práctica si se aplica, pues aunque no se cumpla con el requisito del matrimonio tal y como lo contempla el artículo 271 del Código Civil del Estado de Chihuahua, por tradición, o por costumbre se da el parentesco por afinidad, en este caso de B en relación con la familia de A
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