EMPRESAS DE PRODUCCION SOCIAL
Enviado por marymdenez • 14 de Mayo de 2014 • 1.876 Palabras (8 Páginas) • 183 Visitas
3. DEFINICIÓN
Según el decreto 1480 de 1989, las asociaciones mutuales se definen como personas jurídicas de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas libre y democráticamente por personas naturales, inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales y satisfacer sus necesidades de seguridad social.
4. PRINCIPIOS DEL MUTUALISMO
El mutualismo hace parte de la economía solidaria que corresponde al grupo de empresas que se organizan para ayudar mediante la prestación de servicios sin ánimo de lucro. Cada modalidad de empresa solidaria tiene su misión propia y sus propósitos específicos que le determinan su modo de funcionamiento, y los cuales constituyen sus principios.
Los principios que guían las mutuales se derivan de su devenir histórico y del papel que buscan cumplir hacia el futuro.
Concepto.
"Son asociaciones mutuales las constituidas libremente sin fines de lucro por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales o de concurrir a su bienestar material y espiritual, mediante una contribución periódica." (art. 2°, ley 20.321).
El mutualismo se trata de un sistema solidario, cuya base está en la asociación de personas que comparten los mismos objetivos, y cuyo fin principal es atender las necesidades del hombre.
Fundamentos del mutualismo
El sistema mutual fue creado para que las personas, ante una emergencia o necesidad de algún bien o servicio, al que no pueda tener acceso en forma individual, lo pueda hacer mediante la ayuda mutua. Precisamente el valor más importante que sostiene al mutualismo es la Solidaridad. Además de asistir a sus componentes ante una emergencia, tiene como propósito contribuir al logro su bienestar material y espiritual.
Son entidades sin fines de lucro. Se constituyen libremente por personas inspiradas en la solidaridad.
Se financian mediante el aporte de una contribución periódica. Llamada generalmente cuota social, que se abona mensualmente.
Con esta cuota, la Mutual brinda los servicios esenciales a quienes los necesiten. De tal manera, cada asociado, debe pensar que su aporte es absolutamente solidario, porque no lo hace esperando algo a cambio. Sino que será recibido en servicios o bienes por otros asociados que lo necesiten.
De la misma manera, cuando cualquiera de los asociados que no utilicen ningún servicio de la Mutual, necesiten recurrir a ella para ser atendidos, las contribuciones o cuotas sociales del resto, permitirán que el servicio le sea brindado.
Los servicios que brindan pueden ser propios o contratados a terceros a través de convenios.
Características de los grupos sociales
Podríamos afirmar que generalmente, se tratan de grupos de afinidad los que forman parte del grupo de asociados. Es decir, un grupo de personas que tienen una característica común, como por ejemplo desempeñarse laboralmente en algún organismo del Estado o empresa privada; tener la misma profesión o cualquier otra característica que posibilite que el grupo actúe, además de compartir los principios del Mutualismo, con alguna condición común a todos que los identifique. A este tipo de Mutuales, suele llamárselas “cerradas”, puesto que para asociarse, generalmente en sus estatutos se establece como condición que trabajen en el mismo organismo o empresa.
No obstante, también existen las Mutuales que tienen asociados que se desempeñan en diferentes establecimientos, públicos o privados, y también que tienen diferentes profesiones o especialidades. A este tipo de Mutuales se las suele denominar “abiertas”, es decir que no exigen ninguna condición de carácter laboral para asociarse.
Organizaciones con Fines Sociales
La denominación más adecuada y que permite una mayor comprensión de los propósitos que animan a este tipo de entidades es la de Organizaciones con Fines Sociales.
Pues la tradicional denominación de entidades sin fines de lucro, provoca una confusión entre quienes no conocen la esencia del sistema. Muchas veces se cree que tienen la obligación de brindar servicios en forma gratuita y que no pueden tener excedentes. Cuando precisamente, una de las características principales que tienen las Mutuales, es que pueden tener excedentes con la condición de no distribuirlos entre sus asociados e invertirlos en nuevos servicios o mejorar los servicios que ya presta.
En la República Argentina, las Mutuales están reguladas por la Ley 20.321 y una gran cantidad de resoluciones emanadas del organismo de contralor, que a través de los últimos años ha sido denominado de tres maneras diferentes: INAM – Instituto Nacional de Acción Mutual; INACyM – Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual e INAES – Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
Funcionamiento
La Mutual es una de las organizaciones más democráticas, pues todos los socios cumpliendo con algunos requisitos establecidos en el Estatuto Social, puede desempeñar cualquier puesto en los órganos que la conducen y controlan.
Ante cualquier duda o necesidad de resolver alguna situación, es conveniente recurrir a lo que establece el estatuto de la Mutual de que se trate. Generalmente ahí está todo contemplado. De faltar algo, se suple con lo establecido en la Ley de Mutualidades Nº 20.321 o en las resoluciones del organismo de contralor.
Los órganos que la administran y controlan son:
- La Comisión Directiva.
- La Junta Fiscalizadora.
- La Asamblea de Asociados.
Las decisiones de cada uno de estos tres cuerpos están claramente determinadas en los Estatutos y en la Ley 20.321.
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social –INAES- es el organismo del Estado que tiene como funciones: Otorgar la personería jurídica (comúnmente llamada Matrícula); controlar su funcionamiento; disponer el nombramiento de veedurías; disponer intervenciones; rubricar sus libros; aprobar los reglamentos de los servicios que brinda; controlar toda la documentación relativa a las asambleas; retirarle la personería jurídica con justa causa, etc.
Categorías de socios.
ACTIVOS
PERSONAS MAYORES DE 21 AÑOS QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LOS ESTATUTOS SOCIALES, LOS QUE TENDRÁN DERECHO A ELEGIR E INTEGRAR LOS ORGANOS DIRECTIVOS.
ADHERENTES
PERSONAS MAYORES DE 21 AÑOS QUE CUMPLAN LOS
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