ENFOQUE CRÍTICO DE LA MIRADA POSITIVISTA Y CIENTÍFICA
Enviado por bretner • 12 de Diciembre de 2011 • 3.488 Palabras (14 Páginas) • 10.499 Visitas
EL POSITIVISMO
Es una corriente o escuela filosófica que estudia lo variable y lo tangible, rechazando lo metafísico y sobre natural. Afirma que es el único conocimiento autentico es el conocimiento científico y que tal conocimiento surge de la afirmación positiva de las teoría a través del método científico. Esta epistemología surge en Francia en inicios del siglo XIX, de la mano de Augusto Comte y John Stuard Mill.
EL CONOCIMIENTO CIENTÍFICO
Es una aproximación crítica a la realidad, apoyándose en el método científico que fundamentalmente trata de percibir y explicar desde lo esencial hasta lo más prosaico.
EL POSITIVISMO CIENTÍFICO EN EL CAMPO DEL DERECHO
Es denominado positivismo jurídico o inspositivismo y no tiene relación directa con el positivismo filosófico sino con el concepto de derecho positivo; y este se pasa en la consideración del derecho como creación del ser humano.
El derecho positivista científico a su vez deriva, La verdad verdadera se basa en hechos y la verdad absoluta se pasa en las pruebas. Un ejemplo en particular del conocimiento científico en el derecho: éste se basa en los avances tecnológicos con los que el mismo cuenta actualmente así como las pruebas de dactiloscopia para el reconocimiento de cadáveres los cuales no se encuentran identificados, así como pruebas de balísticas, entre otros.
MIRADA DEL PODER
Según Weber el poder es la capacidad relacional que permite a un actor social influir de forma asimétrica en las decisiones de otros actores sociales de modo que se favorezcan la voluntad, los intereses y los valores del actor que tiene el poder. El poder se ejerce mediante la coacción y/o mediante la construcción de significado partiendo de los discursos a través de los cuales los actores sociales guían sus acciones.
La capacidad relacional significa que el poder no es un atributo sino una relación. Asimétrica significa que si bien la influencia en una relación es siempre recíproca, en las relaciones de poder siempre hay un mayor grado de influencia de un actor sobre el otro. Sin embargo, no hay nunca un poder absoluto, de aquellos sometidos al poder respecto a los que ocupan posiciones de poder.
Siempre existe la posibilidad de resistencia que pone en entredicho la relación de poder. Cuando la resistencia y el rechazo se vuelven considerablemente más fuertes que el cumplimiento y la aceptación, las relaciones de poder se transforman: las condiciones de la relación cambian, el poderoso pierde poder y al final hay un proceso de cambio institucional o cambio estructural, dependiendo de la amplitud de la transformación de las relaciones de poder. De lo contrario, las relaciones de poder se convierten en relaciones no sociales.
Poder se entiende como cada oportunidad o posibilidad existente en una relación social que permite a un individuo cumplir su propia voluntad, según Max Weber. Estas distinciones están relacionadas con los trabajos de Foucault, quien, siguiendo a Maquiavelo, ve al poder como "una compleja situación estratégica en una determinada sociedad".
* El poder coercitivo: Un agente A impone su voluntad a través de amenazas o castigos a un agente B. B es consciente de que A puede infringirle sanciones negativas.
* El poder por recompensa: utiliza recursos que B desea y valora positivamente. Genera un aumento de la atracción hacia el poder y disminuye la resistencia.
* El poder legítimo: es aquel que por un conjunto de normas establecidas y conocidas de antemano impone ese poder sin discusión por su posición – organización, familia, sociedad – definiéndose como autoridad. B cree legítimo el poder de A.
* El poder del experto lo ejerce quien es reconocido por el grado de conocimientos, habilidades, autoridad que posee sobre un tema. Este tipo de poder es muy específico. Suele producir escasas resistencias por parte de B, si este reconoce la pericia de A.
* El poder referente se ejerce en base a los sentimientos de respeto, admiración, confianza y lealtad hacia quien ejerce el poder. B se siente identificado por A.
ORATORIA
La oratoria es el arte del bien hablar, el convencer a los receptores a través de la buena conducción de los tonos y acentos de la palabra, por medio de la palabra se puede lograr convencer a los oidores.
DERECHO
Es la argumentación establecida en los códigos, leyes e inclusive reglamentos, de tal manera que la norma se vuelve más convincente.
Pero, ¿de qué manera influye o construye la oratoria al Derecho?
La oratoria es fundamental al momento de creación de la norma jurídica. Una propuesta de ley es discutida primero en la tribuna antes de que se consense su creación por el órgano legislativo competente. Por otra parte el operador jurídico también utiliza el arte de la elocuencia al momento en que se discuten los distintos proyectos de resolución.
En el género judicial se ocupa de acciones pasadas y lo califica un juez o tribunal que establecerá conclusiones aceptando lo que el orador presenta como justo y rechazando lo que presenta como injusto.
Entre los aspectos que le restan relevancia a una presentación o exposición al hablar en público se encuentra el mal uso de la mirada. No solamente las palabras y la expresión corporal son importantes para lograr mantener la atención del público y para persuadir a la audiencia, también la mirada constituye parte importante de una oratoria elocuente y de una buena exposición. La combinación armoniosa de las palabras, la expresión gestual y la mirada harán que tu mensaje sea captado con mayor intensidad por tu público. De ésta forma se determinará el poder que tenemos sobre nuestro escenario.
MIRADA DE LA COLONIALIDAD
Puede hablarse de colonialismo cuando un pueblo o gobierno extiende su soberanía y establece un control político sobre otro territorio o pueblo extranjero como fuente de riqueza y de poder. Esta relación concluye cuando el pueblo subyugado alcanza su soberanía o cuando se incorpora a la estructura política de la potencia colonial en igualdad de condiciones.
La estructura política y social de España tenía una jerarquía muy organizada establecieron dos virreinatos en América del Sur.
LA AUDIENCIA: La Real Audiencia era el supremo tribunal de justicia durante la época colonial fue creada el 6 de julio de 1786, en la ciudad de Santiago de León de Caracas. Fue un organismo político-administrativo que residía en las principales ciudades de América. Formado por cuatro oidores
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