ENSAYO SOBRE LAS DEDUCCIONES PERSONALES DE PERSONAS FISICAS.
Enviado por sayrafernanda • 26 de Junio de 2017 • Ensayo • 584 Palabras (3 Páginas) • 967 Visitas
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN
FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA Y ADMINISTRACIÓN
PERSONAS FISICAS TOPICOS FISCALES
PROFESOR: DANIEL O. FLORES
EVIDENCIA 4: ENSAYO SOBRE LAS DEDUCCIONES PERSONALES DE PERSONAS FISICAS.
SAYRA FERNANDA ZAPATA MORALES
1693020
8 "U"
5/MAYO/2017.
DEDUCCIONES PERSONALES DE LAS PERSONAS FISICAS.
Las personas físicas que se mencionan en los capítulos del Título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta tienen derecho, aparte de las deducciones que aplican en su capítulo, a deducir algunos gastos personales que tuvieron durante el ejercicio.
En el artículo 151 se desglosan las siguientes deducciones:
- Los gastos médicos (hospitalarios, dentales y gastos por servicios médicos de nutrición y psicológicos que se realicen durante el año a favor del contribuyente, su esposo(a) o con quien viva en concubinato así como sus hijos o padres siempre y cuando estas personas no reciban en el año ingresos mayores a 1 UMA elevada al año que es igual a $27,553.85. Además de esos requisitos se le pide al contribuyente que se tenga la respectiva factura electrónica y que no esté pagada en efectivo a menos que sea una población rural en los que no hay acceso a otras formas de pago. Dentro de esta deducción también están los gastos médicos derivados de una incapacidad ya sea temporal o parcial y en la factura electrónica tiene que especificar que los gastos que se encuentran desglosados están relacionados con la atención de la incapacidad. Los gastos derivados de la incapacidad no entran dentro del límite de las deducciones que se mencionará más adelante.
- Los gastos funerarios que no excedan de 1 UMA elevada al año ($27,553.85) y que sean gastos de las personas familiares mencionadas en el párrafo anterior (cónyuge o concubino(a), padres o hijos)
- Los donativos que no sean onerosos ni remunerativos, que el monto total del donativo no exceda del 7% de los ingresos acumulables que se usaron para el cálculo del impuesto anual del ejercicio anterior.
- Intereses reales (sin el efecto de la inflación) de créditos hipotecarios que se pagaron en el ejercicio, solo cuando se trata de casa habitación y el monto total del crédito otorgado no debe ser mayor a 750,000 udis ($4,309,278.75 aprox.), la institución que otorga el crédito debe de expedir el comprobante fiscal con los intereses reales.
- Las aportaciones complementarias y voluntarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro que no excedan del 10% de los ingresos acumulables del contribuyente o de 5 UMAS elevadas al año ($137,769.35)
- Primas por seguros de gastos médicos en las que el beneficiario sea el contribuyente, su cónyuge, concubina(o), ascendientes o descendientes en línea recta
- Los gastos de transportación escolar que sean obligatorios o que se incluyan ya en la colegiatura, poniendo como requisito que no esté pagada en efectivo.
- Pago del impuesto local sobre ingresos por salarios siempre y cuando la tasa del impuesto no exceda del 5%
El tope de deducciones personales que marca la Ley de ISR es la cantidad que resulte menor entre 5 UMAS elevadas al año ($137,769.35) o el 15% de los ingresos totales que obtenga el contribuyente (incluye también los ingresos que no son acumulables para el impuesto)
Dentro de los estímulos fiscales, se encuentran:
- En el artículo 185, Los depósitos a cuentas personales especiales para el ahorro, primas por seguros de planes de pensiones.
- Pagos de colegiaturas que van desde preescolar hasta bachillerato y existe una deducción anual máxima para cada nivel de estudios por cada alumno porque se pague y se debe de pagar con cheque, transferencia, tarjeta de crédito o débito.
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