ESPACIO AÉREO ESPACIO AEREO
Enviado por jazyaz • 23 de Marzo de 2015 • 795 Palabras (4 Páginas) • 374 Visitas
Con respecto al espacio aéreo una disquisición común es la de diferenciar aire de espacio aéreo. El aire posee una naturaleza etérea, fluida, inmensa y móvil que determina su imposibilidad de aprehensión física. Ya los romanos lo consideraban “res communis omnis”, y vendría a constituir un contenido. El espacio aéreo es un continente cuyo contenido es la atmósfera terrestre. Lo cierto es, que el espacio aéreo es un ámbito en el que se desarrollan actividades humanas, siendo la aviación una de ellas.
Algunos autores entienden que el espacio aéreo no es un bien, porque no es físicamente apropiable, pero la mayoría considera al espacio aéreo como un bien o cosa, que tiene una medida de valor, y es susceptible de propiedad, y pasible objeto de soberanía.
En general es aceptado el hecho de que todo Estado se compone de tres elementos: población, territorio y poder soberano.
Es comprobable que a lo largo de la historia, el escenario en que se ha movido el Estado ha ido cambiando, es así que de un territorio unidimensional que caracteriza a la llamada ciudad-estado, se pasa al territorio bi-dimensional, cuando el mar deja de ser considerado res nulius.
Es a fines del siglo XVIII (1782) cuando aparecen los globos de aire caliente, los artefactos de los hermanos Montgolfier, que comienza a surgir la idea de dominio vertical de los Estados, y se empieza a hablar de territorio tridimensional (tierra-aire-mar).
El tratamiento del espacio aéreo y su régimen jurídico tiene connotaciones que involucran al Derecho Público, al Derecho Privado con temas como la extensión de los derechos del propietario del suelo sobre el espacio aéreo que se encuentra sobre sus fundos o las limitaciones al derecho de propiedad en beneficio de la seguridad y regularidad del transporte aéreo, existiendo ciertas áreas que tocan ambas ramas del Derecho.
En el espacio aéreo impera el principio de soberanía.
La falta de una definición o delimitación del espacio aéreo puede dar lugar a una incertidumbre jurídica respecto al derecho a aplicar: el Derecho Aeronáutico o el Derecho Espacial.
Ni la Convención de París de 1919, ni el Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago de 1944) definen o señalan los límites de soberanía o las fronteras.
El Artículo 1º del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago de 1944), ratificado por nuestro país por ley 12.018 de 4 de noviembre de 1953 establece la soberanía plena y exclusiva de los Estados en el espacio aéreo situado sobre su territorio, mientras que el Artículo 2º del citado instrumento se refiere a los límites horizontales de la soberanía estatal, pero no a los verticales.
LA SOBERANIA SOBRE EL ESPACIO AEREO
Debido a la naturaleza especial del espacio aéreo, hay quienes consideran que debería hablarse de jurisdicción aérea (imperio)
...