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Eduardo García Maynez.


Enviado por   •  23 de Agosto de 2016  •  Apuntes  •  1.360 Palabras (6 Páginas)  •  436 Visitas

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Eduardo García Máynez

(1908/01/11 - 1993/09/02)

Nació en la ciudad de México el 11 de enero de 1908. Estudió derecho en la Escuela Nacional de Jurisprudencia y filosofía en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional Autónoma de México UNAM. En 1932 y 1933 siguió varios cursos de materias jurídicas y filosóficas en las universidades de Berlín y Viena.

Fue profesor en la Escuela Nacional Preparatoria y en diversas facultades de la UNAM, director de la Facultad de Filosofía y Letras (1940-1942), secretario general e investigador Bemérito del Instituto de Investigaciones Filosóficas, así como también director del Instituto Tecnológico de México (1946-1952) y de la revista Filosofía y Letras.

Obtuvo una beca de la Fundación Guggenheim y fue catedrático honorario fundador de la Facultad de Humanidades de la Universidad de San Carlos de Guatemala y de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Carlos de Lima. Además, impartió conferencias y cursillos en las principales universidades del país y en las de San Carlos de Guatemala, Autónoma de El Salvador, en la Universidad de La Habana, en la Universidad de Costa Rica y en la de Montevideo.

El 7 de octubre de 1987 recibió la medalla Belisario Domínguez y, en 1976, el Premio Nacional de Ciencias y Artes (Filosofía).

El Dr. Eduardo García Máynez murió el 2 de septiembre de 1993

Aportaciones y Obras.

Es autor de El problema filosófico-jurídico de la validez del derecho (1935), El derecho natural en la época de Sócrates (1939), Introducción al estudio del derecho (1940), Libertad como derecho y como poder (1941), Caso (1943), Ética (1944), Definición del Derecho (1948), Una discusión sobre el concepto jurídico de libertad (1949), Diálogo sobre las fuentes formales del derecho (1949), Introducción a la lógica jurídica (1951), Los principios de la ontología formal del derecho y su expresión simbólica (1953), Lógica del juicio jurídico (1955) y Lógica del raciocinio jurídico (1964), Doctrina aristotélica de la justicia (1973), Diálogos jurídicos (1978). También es autor de numerosos artículos publicados en revistas especializadas del país y del extranjero, así como de varias traducciones del inglés, francés y alemán.

En su obra propone una definición del derecho, con apoyo de una teoría fenomenológica de los valores, como un orden normativo concreto, un orden del cual un elemento esencial es la relación de la conducta real de los que se rigen por las normas y las normas mismas; sus investigaciones se encuentran en las disciplinas de filosofía del derecho, ética y axiología.

Las aportaciones de Eduardo García Máynez a la ciencia del derecho como profesor e investigador son muchas. Sin embargo, habrá que comenzar esta parte por recordar que, además, con hechos y no nada más con palabras, contribuyó a la creación de condiciones que propiciarían el desarrollo no sólo de una filosofía científica en México, sino también a la profesionalización del quehacer filosófico, en general, y filosófico-jurídico; en particular.

Con los basamentos que cimentó se generarían espacios para futuras generaciones de quienes podrían considerarse sus discípulos indirectos, dentro y fuera de la UNAM.

De igual forma, como autor de más de quince libros y de un centenar de artículos es tanto creador de una obra propia como transmisor del pensamiento de otros, al exponer, difundir y criticar sus ideas. Asimismo es un gran divulgador del conocimiento filosófico-jurídico, por medio de sus comentarios y críticas es estudios preliminares, prólogos, recensiones y reseñas bibliográficas, pero sobre todo al traducir al español varias obras desde el alemán, francés, inglés e italiano.

Entre sus méritos están el aplicar los adelantos filosóficos en algunas materias del derecho. Así, a partir de la axiología, en general, y de la filosofía de los valores, en concreto, es de los primeros en desarrollar una axiología jurídica y abogar por un objetivismo axiológico-jurídico; con aquella como punto de partida, llega a elaborar, primero, una axiomática jurídica; después, con el apoyo tambié de los avances de la ontología y la lógica –como dos disciplinas filosóficas

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