Ejecucion De Sentencia
Enviado por DAMISES • 24 de Octubre de 2012 • 294 Palabras (2 Páginas) • 627 Visitas
Estimado desorientado:
Inserto posteriormente el artículo 1079 del Código de Comercio donde se advierte claramente en su fracción VI que indica categóricamente que el término para el ejercicio del derecho de ejecución de sentencia en los juicios ejecutivos es de TRES AÑOS y no de DIEZ AÑOS como se sostiene, espero que lo corrobores y determines la posición del legislador, a saber:
Artículo 1079.- Cuando la ley no señale término para la práctica de algún acto judicial, o para el ejercicio de algún derecho, se tendrán por señalados los siguientes:
I. Ocho días, a juicio del juez, para que dentro de ellos se señalen fechas de audiencia para la recepción de pruebas, reconocimiento de firmas, confesión, posiciones, declaraciones, exhibición de documentos, juicio de peritos y práctica de otras diligencias, a no ser que por circunstancias especiales, creyere justo el juez ampliar el término;
II. Nueve días para interponer el recurso de apelación contra sentencia definitiva, seis días cuando se trate de interlocutoria o auto de tramitación inmediata, y tres días para apelar preventivamente la sentencia interlocutoria o auto de tramitación conjunta con la definitiva, en los términos del artículo 1339 de este Código;
III. Tres días para desahogar la vista que se les dé a las partes en toda clase de incidentes que no tengan tramitación especial;
IV. Tres años para la ejecución de sentencias en juicios ejecutivos y demás especiales que se prevean en las leyes mercantiles y de los convenios judiciales celebrados en ellos;
V. Cinco años para la ejecución de sentencias en juicios ordinarios y de los convenios judiciales celebrados en ellos, y
VI. Tres días para todos los demás casos.
VII. (Se deroga).
VIII. (Se deroga).
Los actos procesales no interrumpen el término que transcurre.
Esperando que te sirva esta información despejante de dudas, reitero la más distinguida de mis consideraciones.
...