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El Comercio


Enviado por   •  8 de Julio de 2014  •  8.303 Palabras (34 Páginas)  •  137 Visitas

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El Derecho Comercial, es una ciencia dinámica, en permanente progreso, dado que se ha constituido y desarrollado sobre las bases de las necesidades económicas.

Concepto de comercio

" Es toda aquella actividad de mediación entre la oferta y la demanda hecha con el propósito de lucrar y destinada a realizar, promover y facilitar el cambio de bienes elaborados o no".

DEFINICIÓN DE DERECHO COMERCIAL

"Como la rama del derecho que estudia los principios reguladores del ordenamiento de las Instituciones y de las relaciones jurídicas que se refieren al comercio".

El origen y evolución del Derecho Comercial no es otra cosa que historiar el desarrollo del comercio a través de los tiempos.

Breve reseña histórica; la idea primaria fue el trueque, de los excedentes de la riqueza o de la producción, ha sido practicado desde los comienzos de la humanidad cuando el hombre, luego de satisfacer sus propias necesidades en los bienes provenientes de la caza, de la pesca o de cualquier otra forma de producción, colocaba el sobrante a cambio de otros bienes que eran igualmente de suma necesidad. Esto es lo que se ha dado en llamar la economía de consumo practicada por todos los pueblos primitivos. A ella sucedió la economía de mercado o economía de producción, que es aquella que tiene por fin producir y colocar el excedente mediante la venta, la circulación y la distribución de la riqueza.

El desarrollo del comercio se profundiza con la incorporación de la moneda, instrumento que facilita considerablemente los intercambios comerciales y señala el camino de la organización crediticia por medio de las instituciones bancarias, que se convierten en verdaderos intermediarios en el mercado del dinero.

Como consecuencia de la incorporación de la moneda y las instituciones bancarias en la actividad comercial, los intercambios entre estados y comunidades se hicieron cada vez más frecuentes y el comercio se convirtió en factor de desarrollo de los pueblos, marcando el camino para los grandes intercambios intelectuales y científicos que llevaron a la humanidad al estado actual de tecnificación y progreso.

Sin duda alguna las características especiales de la actividad mercantil, llevaron al establecimiento de normas particulares que constituyeron las bases del Derecho Comercial, entre las cuales jugaron un papel preponderante los USOS y COSTUMBRES aplicados a dicha actividad. Pero es con el Código Comercial que el derecho Comercial se independiza como norma del Derecho al reunir en un conjunto leyes, referidas a la actividad comercial.

Así nace en 1807 el Código de Comercio Francés, al cual le siguen los de Holanda y Bélgica (1826), el de España (1829) etc.; hasta llegar el Código de Comercio que rige en nuestro país, que fue redactado el año 1857 por los doctores: Dalmacio Vélez Sarfield y Eduardo Acevedo, por encargo del gobierno de la provincia de Buenos Aires, y comenzó a regir en 1859, siendo luego incorporado como Código para toda la nación Argentina en 1862.

CLASIFICACIÓN DEL COMERCIO

Los distintos aspectos que comprende el comercio en cuanto a las actividades que abarca, pueden ser:

1) Según su OBJETO: vestimenta, alimentación, automotores. Artículos para el hora etc.

2) Según su VOLUMEN: por mayor, por menor.

3) Según su NATURALEZA JURÍDICA: compra-venta, comisión, depósito, transporte, bancos, seguros, etc.

4) Según el LUGAR DONDE SE REALIZA: interno. Internacional (importación, exportación, transito).

5) Según el MEDIO DE TRANSPORTE UTILIZADO: Terrestre. Fluvial. Marítimo. Aéreo.

Actos de comercio

En el análisis de los actos de comercio debemos comenzar por aprender la materia mercantil.

La materia comercial está constituida por todo supuesto o hecho que la ley declare mercantil. El supuesto comprende desde los sujetos, objetos, relaciones y negocios, sometidos a la disciplina del derecho comercial.

CONCEPTO DE ACTOS DE COMERCIO

“Rocco define al acto de comercio como: TODO LO QUE REALIZA O FACILITA LA INTERPOSICIÓN EL CAMBIO".

Además, los actos de comercio constituyen el objeto (prestación) de la actividad económica, cuyo sujeto está representado por el comerciante.

Tales actos han sido definidos por nuestro Código de Comercio en general a:

1) Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre ella, para lucrar con su enajenación, bien sea en el mismo estado que se adquirió o después de darle otra forma de mayor o menor valor.

2) La transmisión a que se refiere el inciso anterior.

3) Toda operación sobre letras de cambio, banco, corretaje o remate

4) Toda negociación sobre letras de cambio o de plaza, cheques o cualquier otro género de papel endosable o al portador.

5) Las empresas de fábricas, comisiones, mandatos comerciales, depósitos o transportes de mercaderías o de personas por agua o por tierra.

6) Los seguros y las sociedades anónimas, sea cual fuese su objeto.

7) Los flotamientos, construcciones, compra o venta de buques, aparejos, provisiones y todo lo relativo al comercio marítimo.

8) Las operaciones de los factores tenedores de libros y ortos empleados del comerciante, en cuanto concierne al comercio del negociante de quien depende.

9) Las convenciones sobre salarios de dependientes y otros empleados de los comerciantes

10) Las cartas de créditos, fianza, prenda y demás accesorios de una operación comercial.

11) Los demás actos especialmente legislados por este código.

No obstante la enumeración a que se refiere el artículo ocho del Código de Comercio; nuestra ley dispone que los actos de los comerciantes se presumen siempre actos de comercio, salvo prueba en contrario, principio que ratifica en su artículo 7° al decir:

"Si un acto es comercial para una de las partes, todos los contrayentes quedan por razón de él, sujetos a la ley mercantil,...".

De la misma forma el Código de Comercio señala, los actos que no se consideran mercantiles, al detallar en su artículo número 452.

No se consideran mercantiles:

1) Las compras de bienes raíces y muebles accesorios. Sin embargo, serán comerciales las compras de cosas accesorias al comercio, para prepararlo o facilitarlo, aunque sean accesorias a un bien raíz.

2) Las de objetos destinados al consumo del comprador, o de la persona para cuyo encargo se haga la adquisición.

3) la venta que hacen los labradores y hacendados de los frutos de sus cosechas y ganados.

4) Las que hacen los propietarios y cualquier clase de persona, de los frutos y efectos que perciban por razón de renta, donación, salario, emolumento u otro cualquier

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