El Derecho
Enviado por lanza • 2 de Abril de 2013 • 2.452 Palabras (10 Páginas) • 287 Visitas
LA SENTENCIA (DECISION QUE PONE FIN A LA DEMANDA)
Definición: La Sentencia es un acto jurisdiccional que emana de un juez que pone fin al proceso o a una etapa del mismo, la cual tiene como objetivo reconocer, modificar o extinguir una situación jurídica así como formular ordenes y prohibiciones. Esta es regida por normas de derecho público, ya que es un acto emanado por una autoridad pública en nombre del Estado y que se impone no solo a las partes litigantes sino a todos los demás órganos del poder publico; y por normas de derecho privado en cuanto constituye una decisión respecto de una controversia de carácter privado, cuyas consecuencias se producen con relación a las partes litigantes.
CLASIFICACION DE LAS SENTENCIAS Y RECURSOS CONTRA LAS MISMAS
1. Sentencias Definitivas.
2. Sentencias previas (que pueden ser de instrucción o provisionales)
3. Sentencias en defecto.
4. Sentencias ordinarias.
5. Sentencias de expediente.
6. Sentencias declaratorias.
7. Sentencias constitutivas.
8. Sentencias condenatorias.
9. Sentencias absolutorias.
10. Sentencias en primera instancia.
11. Sentencias en única instancia.
12. Sentencia en última instancia.
• Sentencias Definitivas:
Son aquellas que ponen termino ya sea a una contestación ya sea a un incidente del procedimiento, quedando el juez desapoderado tanto de la cuestión incidental sometida en el curso de la instancia, como de la instancia misma. Recursos: estas son susceptibles de ser impugnadas ya sea por Apelación, Oposición, Revisión Civil o Casación.
• Sentencia Previa:
Es la pronunciada en el transcurso del proceso, antes de decidir sobre el fondo, y por medio de la cual ordena sea una medida de instrucción, sea una medida provisional. Ejemplo: la que ordena una información testimonial, la que pone en secuestro una cosa objeto de litigio. El objeto de esta sentencia es encaminar el proceso hacia la sentencia definitiva, es por esto que la misma es llamada de hacer o de establecer derecho. Estas se clasifican en: Sentencia de Instrucción y Sentencia Provisional.
A. Sentencia de Instrucción: Esta Sentencia comprende dos grupos: Las Sentencias Preparatorias y las Interlocutorias. La Preparatorias son aquellas que son dictadas para la substanciación de la causa, y para ponerla en estado de recibir fallo definitivo, mientras que las Interlocutorias son aquellas dictadas en el discurso de un pleito, antes de establecer derecho, ordenando la prueba, verificación o tramite de sustanciación que prejuzgue el fondo. Ambas se distinguen en que las Sentencias Preparatorias nunca prejuzgan el fondo, lo que quiere decir que el tribunal con la misma no deja entrever por cuales de las partes se decidirá, mientras que en las Preparatorias en tribunal ha aceptado un pedimento de fondo de una de las partes dejando entrever la decisicion ha tomar.
B. En cuanto a los recursos ha ser ejercidos contra dichas Sentencias vemos que las vías de Apelación, Revisión Civil, Casación, es posible contra las sentencias Interlocutorias aun antes de que intervenga Sentencia Definitiva, pero las Sentencias Preparatorias no pueden serlo separadamente sino junto con el fondo del proceso.
C. Sentencias Provisionales: Son aquellas que deciden sobre demandas provisionales, o sea, que tienden a obtener que el tribunal prescriba de modo inmediato una medida de carácter urgente. Ej. La pensión alimenticia que puede ser otorgada a la esposa demandante o demandada.
Recursos: Estas al igual que las Interlocutorias, son inmediatamente Apelables.
• Sentencias Contradictoria: Son contradictorias las Sentencias intervenidas en un procedimiento en que el demandado ha comparecido, y tanto el como el demandante han presentado conclusiones.
Recursos: Apelación, Revisión Civil, Oposición, Casación.
• Sentencias en Defecto: Son aquellas que comprueban la incomparecencia o la falta de conclusiones tanto del demandante como del demandado.
Recursos: Apelación y Oposición.
• Sentencias Ordinarias: Es la Sentencia propiamente dicha, o sea, es la decisión del juez respecto a una diferencia de intereses.
• Sentencias de Expediente: Es aquella que es pronunciada respecto a un proceso entre partes que han estado de acuerdo con respecto acerca del asunto sometido al tribunal. Esta mas que una Sentencia es un acto de administración judicial , ya que este es un contrato judicial.
• Sentencias Declarativa: Es la que comprueba la existencia de un derecho o de una situación jurídica. Ej. Reconocimiento de Escritura, Reconocimiento de Servidumbre, Declaración de Hipoteca. Etc.
• Sentencia Constitutiva: Es la que crea una situación jurídica ya sea modificando un estado de cosas ya sea sustituyéndolo por otro. Ej. Sentencias que admiten el divorcio.
• Sentencia Condenatoria: Es la que impone a la parte vencida en juicio el cumplimiento de una prestación ya sea positiva de hacer o de dar, ya sea negativa de no hacer, al ser esta una Sentencia Contradictoria esta es pasible de los recursos ya descritos en estos tipos de Sentencia.
• Sentencia Absolutoria: Es la que acoge la defensa del demandado, rechazando la demanda del demandante. Esta es un tipo de Sentencia Contradictoria.
• Sentencia en Primera Instancia: Es la que el tribunal de primer grado dicta a cargo de Apelación.
• Sentencia en Unica Instancia: Es la que se dicta cuando la ley ha suprimido el segundo grado de jurisdicción o cuando las partes han renunciado a la Apelación. Estas son susceptibles de los recursos extraordinarios de Revisión Civil y Casación.
• Sentencia en Última Instancia: Es cuando la sentencia es apelable y el recurso de apelación ha sido inter.
SANTO TOMAS DEFINIÓ LA LEY
Como: "Una ordenación de la razón, dirigida al bien común, promulgada por el que tiene el cuidado de la comunidad"
Su formación es una función especial de los organismos encargados de ejercicios de los poderes públicos. En este sentido Jurídico amplio, consideramos Ley toda norma que obliga, tanto la dictada por el poder Legislativo de un estado, como la emanada de cualquiera de sus otras Autoridades Legitimadas obrando dentro de la orbita que le asigna una función.
Para que una Ley tenga una fuerza de obligar una vez dictada por quien pueda hacerlo, es necesario que se lleve a conocimiento de aquellos a quienes ha de obligar. A esto se da el nombre de "Promulgación". Sin este requisito la Ley no tiene fuerza de obligar. Después de la promulgación nadie puede excusarse de cumplirla alegando su desconocimiento.
Costumbres
• DEFINICIÓN
1. "Regla
...