El Reclamo reajuste de haberes jubilatorios.
Enviado por fedeber • 21 de Abril de 2016 • Tarea • 622 Palabras (3 Páginas) • 105 Visitas
General Roca, de Abril de 2.016
Objeto: Solicita Reajuste y Actualizacion de Haberes.-
Sr, Director Ejecutivo de la A.N.Se.S.
S / D.-
................................, titular del expte ..........................., nro. de LC .................., con domicilio real en ......................., al Sr. Director de Anses expresa:
1) OBJETO: Solicitar reajuste y actualización de haberes del beneficio N° ............................. a tenor de las consideraciones de hecho y de derecho que seguidamente se exponen.-
2) HECHOS: Mi mandante percibe un haber de pasivo mal liquidado de $................- (Pesos ......................) puesto que el mismo es harto inferior al que legalmente corresponde, traduciéndose en una palmaria confiscación, lesiva de los derechos y garantías consagrados en los Art. 14 bis y 17 de la Constitución Nacional.-
Los hechos demuestran la existencia en la actualidad de una orden interna tendiente a la denegatoria sistemática de todo reclamo de reajuste de haberes, lo que importa una vía de hecho en los términos del Art. 9 de L.P.A., que conculca la adecuada tutela de los derechos provisionales impuesta a los organismos de la seguridad social.-
Se deja constancia que ante la responsabilidad que le cabe a los funcionarios de la A.N.Se.S por la demora habitual, intencional e injustificada con que suele tratarse este tipo de tramites, se establece la expresa interrupción de la prescripción para las acciones civiles, penales y/o administrativas que tales inconductas merezcan deducir.-
La A.N.Se.S al practicar el cómputo inicial del cálculo de haberes previsionales base, desconoce derechos adquiridos, normas constitucionales y la jurisprudencia vigente en la materia.-
El procedimiento consiste en utilizar coeficientes de actualización que no expresan ni minimamente la desvalorización de la moneda ni la incidencia inflacionaria sobre los aportes históricos del trabajador, hecho que es reconocido por la propia A.N.Se.S. y pretende rectificarlo con la aplicación de índices de corrección que carecen de todo sustento legal y constitucional, puesto importan la derogación por parte de unas resoluciones de una subsecretaria de normas constitucionales, como las insertas en el Art. 14 bis de la Constitución Nacional.
Este fenómeno no es un hecho aislado y se produce invariablemente sin importar el año que se tomo como parámetro de la decena comprometida en el cálculo en tratamiento. En resumen se configura un robo matemático por obra y gracia del juego de coeficientes absolutamente ineficientes e índices de corrección a todas vistas ilegales, como los califico en reiteradas oportunidades la justicia Federal de la Seguridad Social en numerosísimos fallos.-
Como bien lo ha dicho la C.S.J.N. en reiterados fallos, debe existir cierta proporcionalidad entre el Standard de vida de activo y el de pasivo, puesto si se integraron aportes al sistema su correcta actualización debe permitir al beneficiario previsional ostentar el mismo nivel de vida que presentaba cuando era trabajador, puesto el sueldo del activo es sustituto del salario previsional y a ambos se les reconoce carácter alimentario (doctrina caso Sánchez).-
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