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El comerciante.La persona que se dedica profesionalmente al comercio


Enviado por   •  3 de Abril de 2016  •  Tarea  •  1.376 Palabras (6 Páginas)  •  472 Visitas

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Tema 4 Comerciante

La persona que se dedica profesionalmente al  comercio

Quiere decir que se dedica al comercio

Este concepto se asocia con:

  • Empresa
  • Empresario
  • Firma mercantil (lo que utiliza para identificar su negocio)
  • Fondo de Comercio ( conjunto  de bienes del comerciante. Para su desarrollo mercantil)
  • Sociedad

Comerciante Individual: Persona natural que se dedica al comercio

Comerciante Social: Sociedad Mercantil

Empresa: es la reunión de trabajo o de capital para la realización de una actividad Comercial

Empresario es el dueño de la empresa si es un solo dueño natural

Empresario es el que soporta los riesgos de la empresa

(Empresario es un concepto más amplio  que el comerciante)

Definición legal de Comerciante (art 10)

  1. Capacidad para contratar
  2. Profesión
  3. Habitualidad
  4. Actos de Comercio

Artículo 10 Los bienes muebles o inmuebles, situados en Venezuela, se regirán por las leyes venezolanas, aunque sobre ellos tengan o pretendan derechos personas extranjeras.

 

Empresario:

  • Tienen la obligación de llevar contabilidad mercantil
  • Tienen la obligación de estar en el registro mercantil
  • Tiene la obligación de tener una firma mercantil
  • Presunción de mercantilidad

En respecto a definición legal existían una  serie de críticas

        Mármol Marquis: Está de más hablar de la habitualidad y la capacidad es decir que esto sobra        

Falta obrar en nombre propio y animo de rubro

        Pineda de León: le hace falta obrar en nombre propio y que la capacidad para contratar  puede o seria cambiado por la capacidad para comerciar

        Goldschmidt: se resume en dos aspectos

  1. No es necesario hablar de capacidad para contratar (él lo critica) (sobra) Art 413 Código de comercio
  2. Le faltan dos  elementos esenciales
  • Obrar en nombre propio
  • Finalidad lucrativa

  • Capacidad para Contratar

Según Goldschmidt

  • Menor emancipado
  • Menor emancipado Comerciante (ocurre en Venezuela cuando contrata matrimonio)

“Goldschmidt dice que siendo menor de edad no puede contratar y este si puede ejercer el comercio”

  • Menor cuyo beneficio se acuerda ser comerciante: siendo menor de edad por medio de un tribunal se da el beneficio a que ejerza el comercio (ejemplo de familia asiática que murió y el heredero fue el hijo)
  • Caso de personas que tienen capacidad para contratar pero no pueden ser comerciantes (caso del fallido no rehabilitado, este es cuando quiebra)
  • Obrar en nombre propio

  • Obrar en nombre propio (en un caso de esto es los de reproducción de la universidad, ellos hacen comercio pero el comercio es de la universidad, al igual que el cafetín de la universidad) el comerciante e el dueño no quienes son sus empleados.
  • Finalidad lucrativa: es el ánimo de lucro , especulación o mejor dicho animo de una ganancia

CONDICIONES PARA SER COMERCIANTE

  • Capacidad

  1. Comerciantes menores: Art11 y Art 13

Art 11 Menor emancipado comerciante 

Art 13 Menor cuyo beneficio se acuerde continuar comercio

  1. Voluntario:  menor después de los 16 años (en caso de matrimonio) mujeres a partir de los 14 y hombres a partir de los 16

Art 13 Cuando muere la familia y queda un niño este queda como comerciante si no está la madre o el padre se nombra un tutor (el tutor hace actos de comercio pero el comerciante es el niño)

  • Ejercicio de actos de comercio

Inhábiles: una persona sordo muda debido a su discapacidad necesita de la asistencia de un curador designado por un tribunal

Entredichos: persona que tiene defecto físico y no permite hacer nada ejemplo Síndrome de Down persona enferma o en estado de coma (necesita de la asistencia de un tutor también designado por un tribunal)

        Teoría de Borjas: dice que si pueden ejercer y contratar

        Teoría de Pisiani Pricci: dice que no puede y que no tiene capacidad para contratar

Artículo 15° Las personas inhábiles para comerciar, si su incapacidad no fuere notoria, o si la ocultaran con actos de falsedad, quedan obligadas por sus actos mercantiles, a menos que se  probare mala fe en el otro contratante.

Artículo 16° La mujer casada, mayor de edad, puede ejercer el comercio separadamente del   marido y obliga a la responsabilidad de sus actos sus bienes propios y los de la comunidad  conyugal cuya administración le corresponde. Podrá igualmente afectar a dicha responsabilidad los demás bienes comunes con el consentimiento expreso del marido.

  • Obrar en nombre propio
  • Profesionalidad
  • Habitualidad
  • Animo lucrativo

OBLIGACIONES PROFECIONALES DE LOS EMPRESARIOS

  • Publicidad Mercantil
  •  Firma Mercantil
  • Contabilidad Mercantil

Personas que coayundan en el Empresario:

Auxiliares del Empresario: son aquellos que ayudan o colaboran al empresario a ejercer su función

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