El país se divide administrativa y políticamente en 32 departamentos
Enviado por sebassebast • 17 de Abril de 2017 • Trabajo • 1.130 Palabras (5 Páginas) • 219 Visitas
- ¿Cuáles son las entidades territoriales?
Los departamentos son las unidades territoriales de primer nivel en Colombia. El país se divide administrativa y políticamente en 32 departamentos, los cuales son gobernados desde sus respectivas ciudades capitales.
- ¿Cuántos departamentos son y cuáles?
El país se divide administrativa y políticamente en 32 departamentos
- Diga cuáles son los departamentos y sus capitales
Antioquia, Medellín
Meta, Villavicencio
Sucre, Sincelejo
Vaupés, Mitú
Amazonas, Leticia
Cundinamarca, Bogotá
Bolívar, Cartagena
Santander norte, Cúcuta
Santander sur, B/nga
Vichada, Pto Carreño
Arauca, Arauca
Boyacá, Tunja
Huila, Neiva
Tolima, Ibagué
Putumayo, Mocoa
Nariño, Pasto
Caquetá, Florencia
Choco, Quibdó
Valle, Cali
Guaviare, San José
Risaralda, Pereira
Quindío, Armenia
Guajira, Riohacha
Cesar, Valledupar
Atlántico, Barranquilla
Magdalena, Santa Marta
Córdoba, Montería
Cauca, Popayán
Guainía, Pto Inírida
Caldas, Manizales
Casanare, Yopal
San Andrés y P., S. Andrés
- ¿Cuántos municipios tiene Colombia?
Colombia posee 1.122 municipios.
- ¿Cuántos y cuáles con los distritos que tiene Colombia?
- Bogotá, Distrito Capital.
- Barranquilla, Distrito Especial, Industrial y Portuario.
- Buenaventura, Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Eco-turístico.
- Cartagena de Indias, Distrito Turístico y Cultural.
- Santa Marta, Distrito Turístico, Cultural e Histórico.
- Riohacha, Distrito Especial, Turístico y Cultural.
- ¿Qué nombre recibe la corporación político administrativa de elección popular a nivel departamental y municipal?
Asamblea departamental y Concejo municipal
- ¿Qué nombre reciben las normas que elaboran la corporación político administrativa de elección popular a nivel departamental y municipal?
Concejo municipal: acuerdos municipales. Asamblea departamental: ordenanzas
- ¿Cuáles son los requisitos para ser diputado y concejal?
Para ser elegido diputado se requiere ser ciudadano en ejercicio, no haber sido condenado a pena privativa de la libertad, con excepción de los delitos políticos o culposos y haber residido en la respectiva circunscripción electoral durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la elección.
Para ser concejal es necesario ser ciudadano en ejercicio, haber nacido o ser residente en el municipio en cuestión o en el área metropolitana correspondiente, durante los 6 meses anteriores a la fecha de inscripción de la candidatura o durante mínimo tres años consecutivos en cualquier época.
- ¿Cuál es el periodo de gobernadores y concejales?
4 años
- ¿Qué sucede si fallece el gobernador o el alcalde faltando más de 18 meses para terminar su mandato?
A falta absoluta a más de dieciocho (18) meses de la terminación del período, se elegirá gobernador para el tiempo que reste.
- ¿Qué sucede si fallece el gobernador o el alcalde faltando menos de 18 meses para terminar su mandato?
Si son menos de dieciocho (18) meses, el presidente de la República designará un Gobernador para lo que reste del período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el gobernador elegido.
- Mencione con sus propias palabras 5 funciones principales del gobernador y el alcalde
Administración, representación legal, cumplir y hacer cumplir las leyes, dirigir, promover el desarrollo
- Usted como estudiante, ¿considera que en Colombia se les ha reconocido a los pueblos indígenas el derecho constitucional a tener su propio territorio?
Si, dado que la constitución política A través de la Ley 21 de 1991 en la que se aprobó el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes protege su religión, cultura, territorio y demás.
- Lea y comprenda muy bien el Artículo 292.
Artículo 292. Los diputados y concejales y sus parientes dentro del grado que señale la ley no podrán formar parte de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del respectivo departamento, distrito o municipio. No podrán ser designados funcionarios de la correspondiente entidad territorial los cónyuges o compañeros permanentes de los diputados y concejales, ni sus parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil.
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