El trabajo de acuerdo al artículo 7 del Código Sustantivo del Trabajo y lo afirma también la Constitución Política de Colombia en el artículo 25
Enviado por piolin0214 • 23 de Noviembre de 2015 • Trabajo • 1.300 Palabras (6 Páginas) • 400 Visitas
INTRODUCCIÓN
El trabajo de acuerdo al artículo 7 del Código Sustantivo del Trabajo y lo afirma también la Constitución Política de Colombia en el artículo 25, es considerado como una obligación social además de ser un derecho, para aportar en el desarrollo del país el cual debe ser desempeñado por personas en condiciones y edad especifica.
En muchas ocasiones el trabajo no es reconocido de manera adecuada por eso es importante dar a conocer a que tenemos derecho como trabajadores y a que estamos obligados como ciudadanos.
Es evidente que la falta de empleo genera falta de dinero lo que ha llevado a la sociedad a entrar en diferentes conflictos como la delincuencia, grupos armados y hasta problemas familiares a causa de la escasez de recursos económicos.
Por lo tanto se debe tener en cuenta que así como el empleo es una obligación de los ciudadanos, el estado también debe contribuir en que se den garantías por el derecho al trabajo capacitando y ayudando con financiamiento para la creación de empresas que promuevan la oportunidad de nuevos empleos disminuyendo los trabajos informales y así sea mutua la cooperación para el desarrollo de nuestra sociedad.
APLICABILIDAD DEL CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
Para empezar a hablar de derechos laborales se debe tener conocimiento de los mismos y que se rigen por medio del código sustantivo del trabajo, cuyo objetivo principal como lo dice en el artículo 1 es que las relaciones que existen entre empleados y empleadores se den por medio de un trato justo y con equidad, dando a conocer tanto los derechos como deberes de las personas en calidad de contratados y contratantes en el país a excepción de los servidores públicos.
También debemos saber que de acuerdo al código sustantivo del trabajo, el trabajo se define como: Toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.[1]
El trabajo es un derecho fundamental para todos y debe ser garantizado por el Estado Colombiano y debe tener libertad de ejecución.
Para todo empresario es fundamental contar con el código sustantivo de trabajo, ya que en este encuentra las normas y leyes con las que se rige el país. Este código rige para todos los habitantes del territorio nacional, sin importar su nacionalidad.
Por ello siempre todo trabajo debe aceptarse bajo las condiciones de un contrato laboral cuya definición también es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración[2] dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.
Todo contrato laboral firmado por colombianos u extranjeros en el territorio nacional se rige por el código sustantivo del trabajo, a diferencia de un contrato de trabajo firmado en otro país, al cual se le debe respetar la ley de territorialidad. Se debe tener en cuenta el nacimiento jurídico del contrato de trabajo y su ejecución, para aplicar la correspondiente legislación.
La constitución en su artículo,[3]establece como deber de todos los residentes en Colombia, ya sean nacionales o extranjeros acatar las leyes, lo mismo que respetar y obedecer a las autoridades competentes.
Los servidores públicos y del estado no se rigen por el código sustantivo del trabajo, sino por estatutos especiales.
Para todo trabajador se debe tener libertad, protección e igualdad, como lo dice el ARTÍCULO 10. IGUALDAD DE LOS TRABAJADORES. Todos los trabajadores son iguales ante la ley, tienen la misma protección y garantías, y, en consecuencia, queda abolida toda distinción jurídica entre los trabajadores por razón del carácter intelectual o material de la labor, su forma o retribución, salvo las excepciones establecidas por la Ley.
La anterior es información básica que debe ser de pleno conocimiento por todos los ciudadanos ya que la mayoría de las veces se dan abusos de autoridad dentro de las empresas, acoso laboral, carga excesiva de trabajo o discriminación y las personas no hacen la respectiva denuncia debido a que no tienen idea de que lo pueden hacer o por miedo a represalias como despidos o que la situación se empeore.
Todos tenemos derecho a un trabajo digno, que cumpla con todos los aspectos de ley como un contrato laboral que se efectué mediante normas que sean aplicadas como salarios justos, prestaciones sociales pagos oportunos de nómina y de horas extras, además cumplir con los tiempos de labor establecidas.
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