Empleo Publico En Costa Rica
Enviado por mileniuska • 22 de Enero de 2014 • 5.275 Palabras (22 Páginas) • 914 Visitas
ANTECEDENTES DEL EMPLEO PÚBLICO EN COSTA RICA
La promulgación de la Constitución Política en el año de 1949, marca el inicio de una nueva etapa en las regulaciones del empleo del sector público. En Costa Rica el surgimiento del empleo público se encuentra directamente relacionado con la concepción del Estado. Así durante el Estado Liberal, los servicios públicos eran muy limitados y el nombramiento de los servidores públicos se manejaba bajo el sistema estropeado.
El concepto de empleo moderno surge a través y en conjunto con el Estado de Bienestar derivado de la Guerra Civil de 1948. Constitucionalmente está en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política y fue desarrollada posteriormente con la promulgación del Estatuto del Servicio Civil. Dicho modelo propicia el desarrollo de una industria orientada al consumo nacional y regional, en deterioro de los grandes agros exportadores, lo cual va a fomentar el desarrollo de nuevos empleos en la zona urbana, que se concentran principalmente en el sector servicios, desde donde el Estado va a cumplir una importante labor como empleador. De acuerdo con Rodríguez, el Estado se convirtió no sólo en el principal empleador sino también en el sector más dinámico y moderno.
Dentro de sus logros destaca la incorporación de las mujeres en trabajos no manuales como educación y salud (Cf. 2007: 84). La concepción de empleo público desarrollada en los primeros años del Estado de Bienestar responde a un proyecto de Estado fuerte que se constituye a partir de la expropiación de monopolios privados (como la electricidad), la incursión en áreas no desarrolladas por la empresa privada (como la construcción de obra pública). Sin embargo, la progresiva incidencia del Estado en diferentes áreas de la vida social mediante las instituciones autónomas, ha obligado a crear algunos cuerpos jurídicos, lo cual ha llevado a que exista una proliferación de normas de empleo público. El Estatuto del Servicio Civil indica que la entrada del aspirante al régimen estatutario se realiza mediante pruebas de idoneidad, las cuales serán responsabilidad de un ente especializado al que se denomina la Dirección General del Servicio Civil. Desde esta concepción, la existencia del trabajo interino es una norma planteada en el Estatuto del Servicio Civil con el propósito de llenar la ausencia temporal de funcionarios propietarios o resolver una necesidad de servicio público, mientras se creaba la plaza. Nótese que en el caso de la educación, permite incluso la posibilidad de nombrar personal no calificado, con el fin de garantizar la progresiva apertura de colegios en zonas alejadas e ir introduciendo progresivamente la profesionalización del sector docente.
SISTEMA DE EMPLEO PUBLICO EN COSTA RICA
Primero es importante tener claro que se entiende por empleo público, este según la Fiscalía General de la República se puede definir como:
Conjunto de deberes, responsabilidades, funciones y competencias señaladas por la Constitución, la Ley o el Reglamento, atendidas por una persona natural y cuyo objeto es satisfacer las necesidades permanentes de la Administración en el cumplimiento de los fines del Estado.
LEY DE EMPLEO PÚBLICO EN COSTA RICA
A continuación se señalaran algunos artículos importantes contemplados en la Ley de Empleo Público en Costa Rica.
Relaciones entre la Administración Pública y sus servidores
1- La presente Ley es de orden público y junto con su Reglamento constituyen la regulación jurídica fundamental que rige las relaciones de empleo entre la Administración Pública y sus servidores, con el propósito de garantizar la eficiencia de la Administración.
Principios esenciales
Los principios esenciales que informan esta Ley en particular y el Régimen de Empleo Público en general son:
a) Satisfacción del interés público.
b) Estabilidad para los servidores nombrados sobre bases de igualdad, e idoneidad debidamente comprobada.
c) Concursabilidad periódica de las jefaturas.
d) Respeto a la autoridad jerárquica, es decir, respeto al principio de autoridad y respeto al principio de legalidad.
e) Respeto a las potestades de la Administración como patrono único estatal, para que de conformidad con las necesidades del servicio pueda determinar la reubicación de sus servidores tanto al interior como entre los órganos y entes públicos, con apego a los principios constitucionales y legales.
f) El servidor público deberá desempeñar sus funciones de modo que satisfagan primordialmente el interés público, de acuerdo con las disposiciones correspondientes de la Ley General de la Administración Pública.
g) El interés público prevalecerá sobre el interés de la Administración Pública cuando pueda estar en conflicto.
Requisitos Para ingresar al Régimen de Empleo Público:
a) Ser costarricense, salvo casos muy calificados por inopia de nacionales conforme lo determine el Reglamento a esta Ley.
b) Poseer aptitud moral, psíquica y física para el desempeño del cargo.
c) Rendir el juramento constitucional.
d) Satisfacer los requisitos que establece el manual descriptivo para el puesto designado
e) Demostrar idoneidad mediante las pruebas, exámenes, concursos u opiniones que correspondan.
f) Ser escogido de la nómina enviada por la oficina o unidad de personal competente.
g) No estar ligado por parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el tercer grado inclusive, con el jefe o subjefe de la oficina o unidad de personal, o con el jerarca del órgano o ente público en donde esté ubicada la plaza.
h) Aprobar satisfactoriamente el período de prueba.
i) Cumplir cualquier otro requisito que establezcan las leyes y los reglamentos.
Período de prueba
a) El servidor que esté en período de prueba, como condición de ingreso al régimen de Empleo Público, no gozará de la garantía de estabilidad que cubre a quienes están nombrados en propiedad.
b) El servidor que ocupe un puesto de propiedad dentro del Régimen de Empleo Público y sea nombrado en cualquier otro cargo dentro del mismo régimen, deberá cumplir con un período de prueba específico para el nuevo cargo pero mantendrá su estabilidad en el puesto anterior, incluyendo la localización geográfica, rango y remuneración.
c) Los períodos de prueba se fijarán de dos a tres meses, pero el de ingreso al
régimen será siempre de seis meses.
Derechos de los servidores
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