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En la ley general de títulos y operaciones de crédito


Enviado por   •  22 de Mayo de 2012  •  Informe  •  481 Palabras (2 Páginas)  •  855 Visitas

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En la ley general de títulos y operaciones de crédito.

• Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona denominada suscriptora, de que pagará a una segunda persona llamada beneficiaria o tenedora, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré".

La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;

El pagaré, a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses en moneda nacional o su equivalente internacional. La suma se debe expresar en número(s) y en letras, como también el tipo de moneda en que se efectuará el pago. Si se paga en moneda extranjera, se debe indicar el tipo de cambio o equivalencia entre las monedas, que deberá tenerse en cuenta a su vencimiento. Este requisito es lo que lo distingue de los otros títulos de crédito.

REQUISITOS:

El pagare, al ser un instrumento de pago formal, debe poseer una serie de requisitos la cual le van a dar su validez como son: Debe decir que es un pagare: Se debe indicar que el instrumento es un "pagaré" o de otra forma deberá contener este término dentro del texto del documento, debe ser expresado en el idioma que se firme el convenio de pago. Debe contener la promesa de que se va a pagar una cantidad de dinero: El pagaré a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses en moneda nacional, dicho monto debe ser expresado en número y letra también el tipo de moneda en que se efectuará el pago. El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago: identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré. Puede ser a favor de una persona física o persona jurídica. La fecha y el lugar del pago: La fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El vencimiento del pagare debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe y debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago. Si el pagare no menciona la fecha de vencimiento, este será considerado como pagadero a la vista y si no indica el lugar de pago, se conciderara el domicilio del que lo suscribe. Fecha y lugar en que se subscriba el documento: El pagaré debe contener la fecha en que ha sido creado. Es imprescindible para su relación con la fecha de vencimiento y además para respetar los tiempos en que corresponde aplicar el sellado o timbrado correspondiente. Firma del suscriptor: No se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma, y no admite otro medio para sustituirla, sino la firma de otra persona, que suscriba.

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