Ensayo CIENCIAS JURIDICAS Y HUMANISTICAS
Enviado por Francisco Contreras • 11 de Mayo de 2017 • Ensayo • 1.370 Palabras (6 Páginas) • 265 Visitas
FILOSOFIA DEL DERECHO
PRESENTADO A:
DR. HECTOR OSORIO
CAROLINA CRUZ ZUÑIGA
MARITZA LILIANA GUERRERO SANTAFE
JONATHAN HERRERA TASCON
UNIDAD CENTRAL DEL VALLE
CIENCIAS JURIDICAS Y HUMANISTICAS
DERECHO
TULUA-VALLE
2016
TALLER No 3
A. Defina la norma jurídica
R/ La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo cumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.
B. Cuál es la estructura de la norma jurídica
R/ La estructura de la norma jurídica cuenta con dos partes fundamentales, las cuales son: el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica. Se entiende por supuesto de hecho como la hipótesis de conducta que si produce provocara la consecuencia y esta consecuencia jurídica que tiene por causal la subsunción de una conducta humana en el supuesto hecho normativo.
C. Que se entiende de las siguientes frases: A. la norma jurídica es la unidad mínima que integra el ordenamiento jurídico, B. desde el punto de vista lógico, la norma jurídica es un juicio, C. la norma jurídica encara la conducta humana como un deber ser.
R/ A. Es la unidad mínima que integra el ordenamiento jurídico; es decir, es la regla o presento que forma parte del derecho objetivo. La norma ordena la conducta humana prescribiendo determinados comportamiento o señalando determinados defectos a los actos humanos. Las normas jurídicas, en cuanto son impuestas desde fuera del individuo sometido a ellas, son heterónomas. Toda vez que las normas o reglas jurídicas se refieren a la conducta de una persona en relación con otra u otras personas se dice que se caracterizan por su bilateralidad. Y en tanto la aplicación de las normas está garantizada por la actuación del Estado, se dice que aquellas se caracterizan también por su coercitividad.
B. Desde un punto de vista lógico, la norma jurídica es un juicio.
La estructura lógica de la norma jurídica corresponde a la de los juicios dados el supuesto jurídico, es decir, un hecho antecedente, señala otro hecho, no como algo que ocurrirá necesariamente si no como algo que debe ser.
Y eso, como es evidente, por la especial copula con que se construyen (deber ser).
C. Por eso, se dice que toda norma jurídica expresa un deber ser que, sintetizando en una formula mínima se suele anunciar así: ¨ si es A , debe ser B¨, o bien ¨dado A, debe ser B¨.
Quedamos, pues, en que las normas jurídicas encaran la conducta humana como un deber ser, o si se quieren en tanto que es libertad. Decimos esto último porque, como es sabido, el hombre – único ser natural y libre- tiene la facultad de auto determinarse en su conducta, y las normas encaran la conducta en esa dimensión ontológica de libertad, presuponiendo al indicar un deber ser, que esas conductas normadas pueden ser en la realidad, de una u otra manera.
D. Porque a los juiciosos del ¨deber ser¨ se les llaman imputativos o atributivos?
R/ A los juicios del deber ser también se los llama imputativos o atributivos porque en ellos se atribuyen o imputan una consecuencia a una condición y normativos, porque la funciona de las normas no es explicar ciertos hechos, como sucede por ejemplo, con las leyes naturales si no dirigir o encausar el obrar humano.
E. Porque Carlos Cossío afirma que la norma jurídica tiene una estructura disyuntiva?
R/ La norma jurídica tiene estructura disyuntiva (Cossío). Este autor critica a Kelsen, porque al desconocer valor ontológico a la norma secundaria, resulta que el deber jurídico y la facultad correlativa no tienen un lugar intrasistematico en la norma jurídica, con lo que se demuestra que el esquema kelseniano es incompleto.
F. Porque Eduardo García Máynez sostiene que toda norma jurídica es categórica e hipotética?
R/ García Máynez por su parte, sostiene que toda norma jurídica es categórica e hipotética, según el momento que se considere. Dice este autor: ¨aun cuando parezca paradójico, ante de la realización de los supuestos, toda norma es hipotética y cuando aquellos se producen, deviene categórica. Considerado en forma abstracta, el precepto que ordena a los hijos despertar a sus padres es hipotético, encierra un supuesto: el vínculo entre progenitor y descendiente; mas en relación con las personas que se hallan colocadas en las situación prevista por la norma, constituye un mandamiento incondicional.
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