Ensayo De La Ley 1437
Enviado por ninosossa • 10 de Noviembre de 2011 • 690 Palabras (3 Páginas) • 1.514 Visitas
V. LA FINALIDAD DE LAS LEYES DE PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
Como antes hemos señalado, y resulta en particular del contenido del
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
de Colombia, la enumeración de los principios del procedimiento
administrativo, e incluso, el desarrollo legal de su significado, puede
considerarse como un rasgo común de las leyes de procedimiento
administrativo en América Latina, poniendo en evidencia la motivación
general de estos cuerpos normativos, que no es otra que el establecimiento de
un régimen legal para, por una parte, guiar la acción de la Administración para
la producción de sus actos administrativos; y por la otra, garantizar los
derechos de los administrados frente a la Administración.
Dichas leyes son, así, el resultado del mencionado proceso de lucha
permanente que ha caracterizado el desarrollo de nuestra disciplina, dirigido
hacia la búsqueda del necesario balance entre los privilegios de la
Administración Pública como gestora del interés general, y los derechos de los
administrados. De allí precisamente que las leyes regulen el desarrollo de la
actividad de la Administración para obtener la adecuada satisfacción de los
intereses públicos, y además, busquen que los derechos de los administrados
estén debidamente garantizados. Se trata, en definitiva del principio de la
instrumentalidad que se resumía en los “Considerandos” del Decreto Ley 500
de Uruguay de 1991, al precisarse la motivación de todo su conjunto
normativo, y establecer que tiene por objeto regular la actuación de la
Administración:
“A fin de servir con objetividad los intereses generales con sometimiento pleno al
Derecho y para mejor tutelar los derechos e intereses legítimos de los administrados.”
De ello resulta que el procedimiento administrativo nunca puede
considerarse como un fin en sí mismo, sino como un instrumento o cauce para
alcanzar el fin perseguido por la Administración, y la garantía de los derechos
de los administrados como en relación con este último aspecto lo se establecía
en el Código colombiano de 1984 en el cual se exigía de los funcionarios que
en su actuación también debían tener en cuenta "la efectividad de los derechos
e intereses de los administrados" (art. 2).
La consecuencia del mencionado principio de la instrumentalidad es
entonces la proscripción de la utilización del procedimiento establecido en las
leyes, para la consecución de fines distintos a los previstos en ellas,
constituyendo lo contrario un vicio de ilegalidad de la actuación de la
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Administración por desviación de poder
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