Escrito de administracion de herencia.
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SUCESION TESTAMENTARIA A BIENES DE LA
SRA. FRANCISCA MURGUIA PEÑA DE BLANCO
EXPEDIENTE : 917 / 2016
C.JUEZ CUARTO DE LO CIVIL
P R E S E N T E . –
FELIPE TORRE MURGUIA, JOSE LUIS TORRE MURGUIA y FRANCISCO GERARDO TORRE MURGUIA, Albaceas y Únicos Herederos, de la SUCESION TESTAMENTARIA A BIENES DE LA SRA. FRANCISCA MURGUIA PEÑA DE BLANCO, TAMBIEN CONOCIDA COMO FRANCISCA MURGUIA PEÑA, personalidad que se nos reconoce en autos del juicio al rubro anotado, por nuestro propio de derecho, ante Usted C. Juez, respetuosamente comparecemos para exponer:
Que con fundamento en lo establecido en el artículo 772 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California en vigor, y en virtud de estar todos los herederos de acuerdo con el Inventario y Avalúo de los bienes que conforman el acervo hereditario, venimos por medio del presente escrito a iniciar la Sección Tercera del presente juicio, manifestando a su Señoría que la Administración de esta sucesión, desde la fecha en que falleció la de cujus a la fecha, ha pagado las deudas mortuorias consistentes en los gastos médicos y de funeraria, así como los gastos necesarios para el pago de impuestos, predial, agua y luz, de los inmuebles que conforman la masa hereditaria, por lo que a la fecha no queda nada que repartir, de tal manera que, estando todos los herederos de acuerdo con la administración, convenimos que a partir de esta fecha se seguirán haciendo los gastos pertinentes a este juicio, así como los gastos necesarios para cubrir el pago de los servicios públicos, de mantenimiento e impuestos de los inmuebles que conforman el acervo hereditario, y el sobrante, si lo hubiere, será repartido en partes iguales, hasta la sentencia del presente juicio.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED C. JUEZ CUARTO DE LO CIVIL, atentamente pedimos se sirva:
PRIMERO.- Tenernos por presentada la rendición de Cuenta General de Administración de los bienes que conforman el acervo hereditario.
SEGUNDO.- En virtud de estar todos los herederos de acuerdo con lo manifestado en el presente escrito de Cuenta de Administración relativa a la presente sucesión testamentaria, solicitamos tenerla por aprobada y con fundamento en el artículo 769 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, al no haber impedimento de hecho alguno, se dé por terminada la tercera sección para dar inicio a la cuarta y última sección del juicio.
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