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Escuela Derecho Positivo


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  680 Palabras (3 Páginas)  •  482 Visitas

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Escuela Positiva

ESCUELA POSITIVA DE LA CIENCIA CRIMINAL O POSITIVISMO

CRIMINOLÓGICO.

El origen de la Escuela Positiva de la ciencia criminal o Escuela Positiva arranca en el siglo

XIX en la obra El Hombre Delincuente

(mo delincuente) de Ezequiel Cesar Lombroso, como reacción hacia la Escuela Clásica (la

denominación de "clásica" lo puso Enrico Ferri en forma peyorativa para referirse a "lo

viejo", a "lo caduco", "lo antiguo").

En esta obra Lombroso formula la tesis del delincuente nato, naciendo así la Antropología

criminal. El IUS PUNIENDI pertenece al Estado a titulo de defensa social. Los positivistas

parten de la concepción determinista del hombre. Rechazaban el libre albedrío y la

responsabilidad moral. El hombre es responsable por el solo hecho de vivir en sociedad

(responsabilidad social o legal). El fundamento de la pena no se halla en la culpabilidad,

sino en la

temibilidad o peligrosidad. El delito no interesa por sí mismo, sino como síntoma de la

peligrosidad del delincuente (Concepción sintomática). El medio social determina la

comisión de delito, por lo tanto, el delincuente no es responsable de sus actos, el

responsable para que un hombre cometa de lito es el medio social. Por eso tampoco

acepta los tipos de delincuentes.

Utiliza el MÉTODO. Inductivo-experimental, que lo caracteriza. La Escuela Positiva, aplica

el método inductivo-experimental al estudio del delito y del delincuente. Uno de sus

representantes como Enrico Ferri hace uso de este método inductivo—experimental en el

estudio del delito y del delincuente y dio un impulso a la Sociología criminal. Otro de sus

representantes como Rafael Garofalo dedujo las consecuencias de las nuevas ideas para el

Derecho penal.

El DELITO

Es un hecho de la naturaleza y debe estudiarse como un ente real, actual y existente.

El DELINCUENTE

Es aquella persona que comete delitos por influencias del medio en que vive. Busca su

readaptación. A través de los Sustitutivos Penales. Los Sustitutivos Penales para Ferri son

las medidas de orden económico, político, administrativo, educativo, familiar, etc.,

distintas de la pena que debe adoptar el Estado, actuando sobre las causas

de delincuencia para hacerlas disminuir.

Actualmente se define a los sustitutivos penales como medios de prevención social, se

basan sobre el mismo fundamento que la Política criminal y constituyen uno de sus

medios de acción. Sustituye el concepto de PENA por el de sanción.

La sanción es indeterminada y proporcional al delito (no se debe castigar conforme a lo

que dicen los Códigos, sino que tiene que haber Sustitutivos Penales),

...

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