Estado De Alarma
Enviado por damzaa • 29 de Septiembre de 2013 • 556 Palabras (3 Páginas) • 234 Visitas
ESTADO DE ALARMA
Es un régimen excepcional que se declara para asegurar el restablecimiento de la normalidad de los poderes en una sociedad democrática.
ESTADO DE EMERGENCIA
Es uno de los regímenes de excepción que puede dictar el gobierno de un país en situaciones excepcionales.
ORGANISMOS DE ATENCION PRIMARIA
Son los organismos de seguridad ciudadana cuya misión natural es la atención de emergencias, tal es el caso de Cuerpo de Bomberos , Cuerpo Policiales, Protección Civil entre otros.
ORGANISMOS DE ATENCION SECUNDARIA
Son las instituciones públicas o privadas que, en virtud de su especialidad o recurso, ante una emergencia pueden ser llamados a colaborar en la atención por los organismos de atención primaria.
MARCO DE ACCION DE PROTECCION CIVIL
El 15 de diciembre de 1999, la Nueva Constitución Bolivariana de Venezuela establece que el Ejecutivo Nacional organizará: “una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres” haciéndose este efectivo a partir del 2001 con el “Decreto con Fuerza de la Ley de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres”. Según esta ley: “Protección Civil es el conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la preparación, respuesta y rehabilitación de la población ante desastres”.
“La Organización de Protección Civil y Administración de Desastres, está especialmente dedicada a prestar la asistencia por parte del Estado y a coordinar la participación ciudadana, frente a situaciones de desastres” “La Organización de Protección Civil y Administración de Desastres”, tanto nacional, como en los niveles estadales y municipales, cada una de ellas y dentro del ámbito de su propia competencia territorial, están dedicadas a:
• Ejecutar la Política Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres
• A garantizar la coordinación de los esfuerzos interinstitucionales
• La dotación de recursos materiales y equipos
• El entrenamiento de personal de Protección Civil
• La realización de los programas educativos formales e informales, de preparación de la ciudadanía frente a desastres.
ESTA ORGANIZACIÓN ESTÁ CONFORMADA A NIVEL NACIONAL POR:
1. Un Comité Coordinador Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres que dicta la Política Nacional, y es presidido por el Ministro del Interior y Justicia, como Secretario Permanente el Director Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres y conformado por un representante de cada Ministerio, de los Gobernadores. de los Alcaldes, del Consejo Nacional de Policías. de las Organizaciones No Gubernamentales y el Coordinador Nacional de Bomberos.
2. La Dirección Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres. Adscrita al Ministerio del Interior
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