Estructura de la comunidad internacional
Enviado por monikvg • 20 de Noviembre de 2015 • Ensayo • 1.177 Palabras (5 Páginas) • 338 Visitas
Estructura de la comunidad internacional
Antes de tocar como tal el tema de la estructura de la comunidad internacional, considero que es necesario hablar sobre el derecho internacional.
El derecho internacional se desenvolvió bajo el principio de la soberanía, lo que no facilitaba la creación de una sociedad internacional. Las tentativas hechas hasta entonces para regularizar las relaciones internaciones se caracterizaban por su empirismo y por su estrecha relación con la política. Pero luego se llegó a la conclusión de que el Derecho Internacional no debilita la soberanía de los estados, si no por el contrario las fortalece.
La existencia del derecho internacional se justifica por sí misma, ya que día a día se demuestra la necesidad de su aplicación para la superación en diferentes temas de carácter internacional. Cabe resaltar que finalmente este es su principal objetivo, el resolver conflictos internacionales y servir como garantía para los ciudadanos de los estados que se encuentren vinculados a los diferentes organismos encargados de mantener las relaciones y resolver problemas transnacionales.
Según lo señalado anteriormente coincido con la definición que muchos autores le han dado al Derecho internacional público como el conjunto de normas jurídicas que no solo regulan la relación entre los estados sino que también regulan las relaciones entre diferente sujetos como lo son los organismos internacionales.
También cabe resaltar que muchos autores prefieren definir al Derecho internacional simplemente como un ordenamiento jurídico que carácter internacional. Como todo ordenamiento jurídico, este, cuenta con unos caracteres, lo cuales sirven como pilares o rasgos fundamentales de dicho ordenamiento, entre estos encontramos el principio de Efectividad, Relativismo doctrinal, Radicalismo Judicial entre otros.
Ahora otro punto que me parece de gran importancia y trascendencia es la creación y aplicación de las reglas universales de derecho internacional, para tener en cuenta se llegó a la conclusión que para que pueda existir reglas universales se debía llegar a un acuerdo General, o bien dichas normas únicamente regirán para los países que bajo consentimiento aprobaron la creación de estas.
Después de plantear que para que una norma se pueda considerar Universal debía contar con un consentimiento general se podría creer que esto resulta casi imposible pero esto es tema superado, ya que podemos constatar que existen tratados generales en los cuales si se cuenta con la aprobación de los estados más representativos se puedo incluir a los demás estados interesados y se puede regir dicha norma de manera general o universal. La misma eficacia normativa se observa con relación a la costumbre internacional universal, tanto en lo que respecta a su formación como a su aplicación.
Luego de haber tocado puntos generales del Derecho Internacional Público quiero Resaltar un punto que según mi parecer es de gran importancia como lo son las fuentes de este, ya que entendemos como las fuentes como los actos o procedimientos jurídicos a los que el ordenamiento vincula la producción de reglas jurídicas.
Entre las fuentes encontramos convenciones y costumbre internacional, los principios generales del derecho reconocido por las naciones civilizadas, las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones.
Las fuentes del derecho internacional público se encuentran estipuladas en Art. 38 del Estatuto del CIJ, cabe aclarar que no existe ningún tipo de jerarquización con respecto a las fuentes, es decir que según el caso, el encargado se encuentra en la libre disposición de escoger que de manera resolver según lo crea conveniente. También me parece interesante y bien fundado que en dicho artículo no se limite al DIP con respecto a las vías de creación de procedimiento para generar Derechos y obligaciones para los estados que los consientan.
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