Estudio Dogmático Del Delito De Violación
Enviado por abssba • 16 de Octubre de 2013 • 1.625 Palabras (7 Páginas) • 2.154 Visitas
ESTUDIO DOGMATICO DEL DELITO DE VIOLACION
Clasificación del delito
a) En Función de su gravedad
La violación es considerada como un delito, debido a que su sanción va a estar a cargo de la autoridad judicial y no en una autoridad administrativa como las faltas.
b) En orden a la conducta del agente
El ilícito de la violación es eminentemente de acción, porque en su ejecución, necesariamente deben efectuarse movimientos corpóreos o materiales.
c) Por el resultado
Es un delito material, porque en su realización se produce un resultado material, el cual es la cópula obtenida mediante violencia física o moral.
d) Por el daño que causan
La violación es de lesión debido a que causa un menoscabo al bien jurídico tutelado, el cual es la libertad sexual que posee todo individuo.
e) Por su duración
Es de realización instantánea, en el mismo momento de su ejecución se consuma el acto delictivo: se comete mediante la realización de una sola acción única, o bien, de una compuesta por diversos actos que entrelazados producen el resultado, atendiéndose esencialmente a la unidad de la acción.
f) Por el elemento interno
Es un ilícito doloso, porque el agente tiene la plena voluntad de realizarlo; es decir, al efectuarse la cópula por medio de la violencia física o moral, es evidente que desea el resultado del hecho.
g) En función a su estructura
Es simple, porque en su contenido, únicamente tutela un bien jurídicamente tutelado, el cual es la libertad sexual.
h) En función al numero de actos
Es unisubsistente, debido a que se ejecuta en un solo acto, al realizar la cópula por medio de la violencia física o moral.
i) En relación al numero de sujetos
Es unisubjetivo, porque el texto legal así nos lo expone al mencionar las palabras: “Al que…”, con lo cual entendemos que basta la participación de un solo sujeto para que se colme el tipo penal.
j) Por su forma de persecución
Es de oficio, por lo cual la autoridad tienen la obligación de perseguirlo aun en contra de la voluntad del ofendido, no opera el perdón del ofendido.
k) En función de su materia
Es un delito de relevancia en materia común, debido a que será sancionado en la jurisdicción del estado en donde se cometa.
Imputabilidad e Inimputabilidad
Imputabilidad
a) Mayores de edad
Son imputables los mayores de edad, con plena capacidad mental.
Inimputabilidad
a) Incapacidad
La incapacidad se presenta en aquellas personas menores de edad, las cuales no pueden discernir entre el bien o el mal, es decir, no saben cual será el resultado de sus acciones.
b) Falta de salud mental
Es cuando el agente del delito sufre algún trastorno permanente en su psique, por lo cual se le considera como incapaz de realizar una acción con voluntad.
c) Trastorno mental transitorio
Este se presentara en el delito de violación, cuando es cometido por un sujeto con alguna enfermedad psicológica eventual, que le impida actuar con voluntad. Esto es, cuando el sujeto actúa ilícitamente, pero bajo una situación extraordinaria de enfermedad mental, por la cual no es capaz de saber el alcanz3e de sus actos, guiándose por los impulsos o instintos.
La conducta y su ausencia
a) Clasificación
Es un acto antijurídico de acción, por que el agente efectúa conductas exteriores encaminadas a la producción de un resultado, modificando el mundo exterior, al violentar a una persona en su libertad sexual, obligándola a realizar el coito.
b) Sujetos
Sujeto activo. Puede ser del sexo masculino o femenino, ha de tener madurez fisiológica necesaria para el coito.
Sujeto pasivo. Puede ser del sexo masculino o femenino, es indiferente si ha alcanzado o no la madurez sexual, pero ha de sr fisiológicamente apto para la cópula, no existiendo limitaciones para el acceso carnal por la boca.
Objetos del delito
a) Objeto jurídico. Es el bien jurídico tutelado por la norma penal: la libertad sexual.
b) Objeto material. Es el sujeto pasivo, ya que en su cuerpo se realiza el fin del delito.
Tipicidad y Atipicidad
a) Tipo penal
Se impondrán de ocho a quince años de prisión al que, por medio de la violencia física o moral tenga cópula con persona, cualquiera que sea su sexo.
Para los efectos de éste capítulo, se entiende por cópula, la introducción, total o parcial con o sin eyaculación del miembro viril en el cuerpo de la víctima de cualquier sexo, sea por vía vaginal, oral o anal.
Cuando el autor del delito tuviere derechos de tutela, patria potestad o a heredar bienes por sucesión legítima respecto de la víctima, además de la sanción señalada en el primer párrafo, perderá estos derechos.
La violación del padrastro al hijastro y la ejecutada por éste a su padrastro, la del amasio al hijo de su amasia, la del tutor a su pupilo, la efectuada entre ascendientes o descendientes naturales o adoptivos o entre hermanos, será sancionada de nueve a dieciocho años. En estos supuestos, se perderán los derechos de la patria potestad o tutela cuando la ejerciere sobre la víctima.
Se equipara a la violación, la introducción por vía vaginal o anal con fines eróticos sexuales de cualquier objeto o instrumento distinto del miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere
...