Estudio Dogmático Del Delito De Homicidio En Razón Con El Parentesco
Enviado por jesslop • 3 de Marzo de 2013 • 630 Palabras (3 Páginas) • 2.317 Visitas
a) Determinar los presupuestos: sujeto activo y sujeto pasivo (de la conducta y del delito), objeto material y objeto jurídico.
Sujeto activo.- Es el sujeto (delincuente o agente) es el que ejecuta una acción o conducta ilícita que es tipificada como delito. En este caso es el que comete el homicidio de un pariente, el cual priva de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, adoptante o adoptado, cónyuge, concubina o concubinario u otra relación de pareja permanente, con conocimiento de esa relación,
Sujeto pasivo.- Es la persona (victima u ofendido) que es la que sufre la conducta, es el pariente que es privado de la vida que en este caso puede ser ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, adoptante o adoptado, cónyuge, concubina o concubinario u otra relación de pareja permanente.
Objeto material.- Es en quien recae la conducta delictiva, la persona física que es en la que recae el daño, al que prive de la vida, la cual tiene una relación de parentesco con el sujeto activo.
Objeto jurídico.- Es el bien jurídicamente tutelado y protegido por la ley, que en el caso del homicidio, lo constituye la vida humana.
b) Señalar si el delito es de acción u omisión (simple o comisión por omisión).
El delito de homicidio en razón del parentesco, puede ser tanto de acción como de omisión.
Delito de acción.- Es cuando el sujeto activo por medio de sus acciones, movimientos corporales realiza el homicidio, de manera voluntaria y que es la que produce el resultado.
Delito de omisión.- Cuando el sujeto activo, siendo garante del bien jurídico protegido por la ley, se abstiene de realizar un acción correspondiente, para impedir que se concretice el resultado material, incumpliendo con su deber jurídico, por lo que es responsable por comisión por omisión.
c) Determinar si la acción u omisión es dolosa o culposa.
Puede ser de las dos formas:
1.- Es Dolosa.- Cuando conociendo los elementos objetivos del delito de Homicidio y teniendo conocimiento de la relación que existe entre éste y la víctima o previendo como posible el resultado típico, quiere o acepta su realización.
2.- Es culposa.- Cuando se produce el resultado típico (Homicidio), que no se previó siendo previsible o previó confiando en que no se produciría dicho resultado, en virtud a una violación de un deber de cuidado que objetivamente era necesario observar.
d) Destacar el verbo núcleo del tipo.
Privar: .- Acción de quitar algo o suprimir (La vida).
e) Mencionar el nexo causal y la atribuibilidad.
Es la conducta o acción que produce el resultado material (quitar la vida) y que es atribuible al sujeto pasivo. Es decir, que de no haber realizado
...